En un comunicado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, informó que los contribuyentes que realizan actividades vulnerables deberán registrarse en el Sistema del Portal de Lavado de Dinero.
Ya publicadas en el diario Oficial de la Federación, el SAT invita a los contribuyentes a regularizarse bajo los Programas de auto Regularización, para actividades vulnerables, que entrarán en vigor a los 45 días hábiles siguientes a su publicación.
En estas disposiciones se establecen la forma, términos y procedimientos que deben observar para auto regularizarse, los contribuyentes que realicen actividades vulnerables y que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el periodo del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.
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Según lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se considera ‘actividad vulnerable’ al lavado de dinero a los trabajadores independientes (freelance) que operen divisas digitales, comercialización de vehículos, apuestas y concursos o sorteos; desarrollo inmobiliario, comercialización de arte, joyas; recepción de donativos, fintech y entidades financieras independientes; notarios y corredores públicos.
El SAT hace un llamado tanto a los contribuyentes como a los contadores a registrarse para evitar sanciones.


