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Internacional

CIDH pide a México no contrariar los estándares internacionales en materia de prisión preventiva

por Foro Juridico
9, enero, 2019
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3 minutos de lectura

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de un comunicado, expresó su preocupación por las reformas constitucionales que buscan ampliar el catálogo de delitos para la aplicación de prisión preventiva.

Por considerarlas contrarias a los principios que rigen la utilización de la prisión preventiva, convirtiéndola en una pena anticipada, y viola el derecho a la libertad protegido por la Convención Americana.

[Te puede interesar: Amplían Catálogo de Delitos Graves]

La Relatora para México, Esmeralda Arosemena de Troitiño, se pronunció: “Reconocemos los desafíos y obstáculos que enfrenta el Estado mexicano para garantizar la seguridad ciudadana. De acuerdo a las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado, dichos desafíos deben enfrentarse mediante acciones eficaces que se ajusten a los instrumentos internacionales, en particular a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”,

Añadió, “No existe evidencia empírica que demuestre que las políticas que se sustentan en mayores restricciones al derecho a la libertad personal, tengan una incidencia real en la disminución de la criminalidad y la violencia”, añadió.

Los legisladores argumentan que es una exigencia ciudadana, sin embargo, la CIDH reitera que constituye una interferencia ilegítima del legislador en las facultades de valoración que competen a la autoridad judicial.

[Te puede interesar: Ampliar catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa es peligroso: ONU]

La Cámara de Diputados discutirá, en el próximo periodo extraordinario, el proyecto de decreto para reformar el artículo 19 Constitucional y ampliar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva.

La CIDH enfatiza, “A fin de que el régimen de prisión preventiva resulte compatible con los estándares internacionales en la materia, su aplicación debe partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia, tener en cuenta su naturaleza excepcional, y regirse por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad”.

De esa forma, la prisión preventiva sólo debe tener un carácter procesal, en todo caso evitar la fuga o el impedimento en las investigaciones. Así, la Comisión recordó que la ONU hizo el mismo llamado, asimismo, la CNDH y reiteran el rechazo a la iniciativa de reformar el artículo 19 y llama al Congreso a no aprobar el proyecto que reformaría dicho artículo.

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Antecedente

El Senado aprobó el proyecto el pasado 6 de diciembre, con 91 votos a favor y 18 en contra. la aplicación automática de la prisión preventiva, destacan el abuso sexual contra menores, la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, robo de transporte en cualquiera de sus modalidades, uso de programas sociales con fines electorales, así como delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y en materia de corrupción. 

[Te puede interesar: Senado amplia delitos de prisión preventiva oficiosa]

 

Temas:
  • CIDH
  • CNDH
  • Derecho Penal
  • Derechos Humanos
  • ONU
  • Prisión preventiva
  • Sistema penal acusatorio

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