En nuestra labor jurídica se ha vuelto indispensable el estudio de las resoluciones de los tribunales, máxime en estos tiempos en que la judicatura constitucional cuenta con un peso relevante en la definición del rumbo de nuestro país. Las grandes decisiones políticas se judicializan, nos guste o no.
Estudiar las sentencias es conocer al tribunal, pero también a sus integrantes de forma personal, no en el sentido que narra Calamandrei de aquel abogado que tenía anotado en una libreta el domicilio, pecados y virtudes de los jueces, sino en cuanto a su mente, esto es, su forma de razonar, sus opiniones sobre el derecho, etc.
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Pensando en esta labor, presento en breve apunte un modelo para el análisis de sentencias, que pretende ser útil lo mismo para quien litiga que para quienes nos dedicamos a la labor académica. Este modelo busca encontrar la postura de quien juzga respecto de su labor y del derecho; la selección de los métodos de interpretación y argumentos, así como la congruencia de estos con la postura identificada; la aplicación adecuada de los métodos seleccionados y, desde luego, las peculiaridades de cada caso
Lo anterior puede desarrollarse siguiendo estas preguntas:
- ¿Qué visión del derecho y la función jurisdiccional tiene quien dicta la resolución?
- ¿A qué corriente del derecho se adscribe, ya sea de manera explícita o implícita?
- ¿Qué métodos de interpretación se encuentran en la sentencia?
- ¿Qué métodos de argumentación se encuentran en la sentencia?
- ¿Son congruentes los métodos identificados con la corriente del derecho detectada?
- ¿De qué manera se debe construir la interpretación y la argumentación seleccionada por el juez/la jueza?
- ¿Se elaboran correctamente la interpretación y la argumentación realizadas?
Estas preguntas pueden llevarnos a identificar un órgano jurisdiccional o juzgador/a que actúa en congruencia con su postura sobre el derecho en la elección de los métodos de interpretación y argumentación, y que elabora con corrección sus razonamientos pues sigue las reglas que deben de regirlos.
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También puede ser que nos permitan encontrar sentencias que revelen una incongruencia entre la visión del derecho o de la función tribunicia respecto de los métodos elegidos, o errores en la construcción de los argumentos en razón de no realizarlos tal como debe hacerse.
Cabe la posibilidad de realizar ajustes a este apunte; en todo caso la identificación de la matriz epistemológica de quien juzga, la adecuada selección de los métodos de lectura del Derecho y de razonamiento de las decisiones, así como la pericia técnica en su uso, nos permite un mejor aprovechamiento (y evaluación) de la labor jurisdiccional.