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Educación

Juicio y proceso

por Dr. Luis Octavio Vado Grajales
3, agosto, 2020
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3 minutos de lectura

Eduardo B. Carlos fue un jurista de la época del llamado procesalismo científico. En su “Introducción al estudio del Derecho Procesal” afirma que entre los romanos se usaba la palabra “juicio” para referirse a lo que después, en la época medieval, se le empezó a llamar “proceso”.

Me parece que no es una distinción menor.

Solemos explicar al proceso como un conjunto de actos ordenados realizados por el órgano judicial, las partes y los terceros, que tienen por fin la resolución de un litigio. Dividimos al proceso en las etapas postulatoria, probatoria, preconclusiva y juicio.

Enseñamos en las aulas que equiparar “juicio” y “proceso” es un error, pues el primero es una etapa del segundo.

Me permito aventurar la idea de que hemos enfocado mal el asunto, que el tema no es la distinción entre los términos sino la manera de abordar el fenómeno. Es posible pensar que los romanos, al referirse a la idea de juicio, estuvieran priorizando la actividad propia de quien juzga, que consiste en apreciar los hechos tal como han sido probados y aplicar el derecho correspondiente para resolver el litigio planteado.

El juicio es, así, un acto mental. Una acción casi mágica en virtud de la cual se pretende restablecer el orden que ha sido alterado por una de las partes.

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Los juristas medievales, al enfocarse en la idea del proceso, tal vez se centraban en la serie de pasos que deben realizarse para llegar al juicio. Así lo relevante no era tanto la última etapa, la de la actividad cerebral; sino la correcta ejecución de los pasos anteriores, como en un rito que, si no se cumple al pie de la letra, no será grato para la divinidad.

Es cierto, el proceso romano antiguo tenía mucho de ritual, mis afirmaciones anteriores solo pretenden presentar un punto de vista. Lo que me interesa apuntar es que en la actualidad, en esta época en la que hemos puesto el foco en la argumentación, es posible que de nuevo el péndulo vuelva al inicio, y empecemos otra vez a priorizar la palabra “juicio” sobre la de “proceso”.

Esto no debería extrañarnos. En materia estrictamente de Teoría General del Proceso a veces parece que no nos hemos atrevido a ir más allá de donde llegó Couture (una idea de otro procesalista, Dante Barrios de Ángelis). Pero por contrapartida, los estudios sobre la argumentación judicial han crecido de forma innegable, y esta actividad tiene su momento estelar en esa etapa procesal llamada juicio.

Juicio, proceso. No son palabras sinónimas, más bien nos indican el punto en que ponemos nuestra atención; en el rito para juzgar o en el acto de juzgar.

Temas:
  • Derecho procesal
  • Teoría General del Proceso

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