Juez resolvió a favor de Derecho Colectivo al conceder la primera suspensión definitiva contra los acuerdos en materia energética de la Secretaría de Energía (Sener) y del Centro de Nacional de Control de Energía.
En el fallo del primer juzgado especializado en materia económica y telecomunicaciones se detalla que:
“La apariencia del buen derecho, desde la perspectiva del derecho fundamental de libre concurrencia y competencia económica, parece servir también a la protección de un interés social, pues al establecerse barreras de entrada al mercado eléctrico mayorista, éste no podrá servirse de los beneficios de la libre concurrencia y competencia económica, pues podría generarse una barrera de entrada a las centrales generadoras de energía limpia, y un fortalecimiento anticompetitivo de las centrales convencionales, que ya tienen determinada posición en el mercado o que, a diferencia de las eólicas o fotovoltaicas, sí podrán entrar en operaciones o permanecer en el mercado durante la vigencia de los actos reclamados, al menos con mayor facilidad”.
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Aunque es la primera suspensión definitiva, se suma a algunos juicios de amparo que han ganado suspensiones provisionales contra uno o ambos acuerdos.


