El gobierno de la Ciudad de México publicó en su Gaceta Oficial la adición al artículo 23 Bis de la Ley para Prevenir y eliminar la Discriminación en la Ciudad de México para otorgar derechos a padres solteros.
De esa forma, “los entes públicos, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras medidas positivas a favor de la igualdad de oportunidades para los hombres padres solos:
- Dar atención, asistencia, información, educación y asesoría en la salud, de forma completa, actualizada, personalizada y libre de estereotipos, prejuicios o estigmas. Cuando sean padres solos de niñas, niños y adolescentes, también serán objeto de dichos beneficios.
- Dar atención preferente en materia de vivienda y en la asignación de propiedades inmuebles en los programas de desarrollo social, a padres solos de niñas, niños y adolescentes, fomentando programas que les faciliten la inscripción de inmuebles en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Implementar programas de apoyo económico a padres solos de niñas, niños y adolescentes, que habiten en la ciudad de México, tanto a ellos como a las niñas, niños y adolescentes a su cargo.
- Implementar los lineamientos, acciones, medidas y mecanismos que contiene la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México, para eliminar todas las formas de discriminación hacia los padres solos de niñas, niños y adolescentes.
- Otorgar apoyos y capacitación en el empleo, y para la atención de sus hijas e hijos.
- Otorgar a los padres solos de niñas, niños y adolescentes, el acceso a todos los programas y beneficios sociales que se otorgan a las mujeres que se encuentran en esa misma condición.
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Las autoridades contarán con un plazo de 30 días hábiles para armonizar el contenido reglamentario de la Ley para Prevenir y eliminar la Discriminación de la CDMX.


