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Noticias

Eliminar prisión preventiva oficiosa de la constitución fortalecerá el debido proceso y los DDHH

por Foro Juridico
7, febrero, 2019
1454
3
3 minutos de lectura

Rubén Francisco Pérez Sánchez, Coordinador General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos de la CNDH, aseguró que el uso excesivo de la privación de la libertad, provoca la violación de derechos fundamentales, contraviniendo al derecho internacional de los derechos humanos y al principio pro persona.

Durante su participación en las Audiencias Públicas sobre Prisión Preventiva Oficiosa, convocadas por la Cámara de Diputados, subrayó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) no está en contra de la prisión preventiva justificada, cuando se aplica, como lo exige la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de manera excepcional, bajo criterios de necesidad, proporcionalidad y de legalidad; sino de la prisión preventiva oficiosa, que transgrede diversos derechos humanos como la libertad personal, de tránsito, al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia y contraviene al derecho internacional de los derechos humanos.

  • [Te puede interesar: CIDH pide a México no contrariar los estándares internacionales en materia de prisión preventiva]

Para la CNDH, la prisión preventiva debe ser el último recurso para contrarrestar los riesgos procesales a que alude la Constitución Política, por lo que no se justifica ampliar el catálogo de delitos graves que la ameriten.

De acuerdo con Pérez Sánchez, el aumento de las hipótesis de la prisión preventiva oficiosa no es la solución a los problemas que México enfrenta en los ámbitos de seguridad y justicia, sobre todo por no revestir como lo exige la Corte Interamericana de Derechos Humanos carácter excepcional, sino al contrario, debilita la apuesta de nuestro país por el Sistema de Justicia Penal Acusatorio sin que se haya permitido que el mismo se implemente, opere y consolide plenamente.

Lo que se requiere, es reforzar las medidas de formación y capacitación de las y los operadores del Sistema, ya que los resultados que se obtengan dependen fundamentalmente, de la calidad y profesionalismo con que actúen, así como el garantizar la implementación y operación de las Fiscalías autónomas, con recursos y capacidades pertinentes y suficientes.

  • [Te puede interesar: La reforma al artículo 19 violaría la presunción de inocencia y saturaría cárceles]

Los problemas de inseguridad y falta de acceso a la justicia requieren soluciones integrales, que propicien el respeto y vigencia de los derechos de todas las personas, al igual que el cumplimiento y aplicación de la ley.

Temas:
  • Cámara de Diputados
  • CNDH
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos
  • Prisión preventiva oficiosa
  • Rubén Francisco Pérez Sánchez

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