Las instituciones públicas incurren de forma recurrente a la simulación para contratar a un trabajador para no otorgar las prestaciones que marca la Ley.
La práctica de los órganos de Gobierno de no brindar seguridad social es contraria a la Ley, pues discriminan al empelado.
Sin embargo, de acuerdo a la Ley Federal de Trabajo, para tener un trabajo digno, es necesario tener derechos a la seguridad social.
Muchas ocasiones, al firmar un contrato, se da la denominación de “Prestadores de Servicios Profesionales por obra y tiempo determinado” y no el de “Trabajador”.
No obstante, el artículo 123 de la Constitución refiere que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.


