El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México cuenta con ilustre historia. Mediante la Ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación, del Distrito y Territorios, expedida por el presidente Interino Juan Álvarez, con cuyo nombre se designa al edificio sito en la calle de Niños Héroes #132, el 23 de Noviembre de 1855 se erigió el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
A causa de la intervención Francesa, el Presidente Benito Juárez, por decreto del 24 de enero de 1862, cerró temporalmente el Tribunal. El 3 de marzo de 1863, el Congreso de la Unión decretó su reapertura[1], dando fin al periodo más oscuro de la justicia capitalina. Solamente la invasión de un enemigo extranjero, hizo al Tribunal Superior de Justicia cerrar sus puertas. Ni siquiera dos guerras mundiales lo lograron. Recientemente, debido a los terremotos que en 1985 y 2017 azotaron nuestra ciudad, el Tribunal dejó de brindar sus servicios apenas unos pocos días, y rápidamente retomó labores. Hoy, el Tribunal parece encogerse frente a los retos que enfrenta.
En 2020, el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México autorizó la suspensión de labores y de términos procesales en el Poder Judicial a partir del día 18 de marzo y reanudando labores el día 3 de agosto de 2020. Ante tal hecho, el Magistrado Presidente reconoció en su informe de labores, que:
“Si bien la suspensión de labores se autorizó en un primer momento del 18 de marzo al 20 de abril, teniendo en cuenta el comportamiento de los contagios entre la población, se ampliaron los términos de ésta mediante los acuerdos 03-15/2020, V-19/2020, 25- 17/2020, 03-19/2020 y 03-22/2020, al 5 de mayo, 31 de mayo, 15 de junio, 1° de julio y finalmente al 2 de agosto de 2020, respectivamente, por lo que en total se suspendieron las actividades del Poder Judicial durante 79 días hábiles, de acuerdo a su Calendario de Labores”.[2]
Foro Jurídico señaló que en la Ciudad de México, “desde el mes de marzo se paralizó la actividad jurisdiccional, tanto en el ámbito federal, como en todas las entidades federativas, con algunas excepciones como el Estado de México y Nuevo León, que previamente se habían ido adaptando a la era digital con nuevas herramientas tecnológicas, como la firma electrónica, los videojuicios y las diligencias judiciales a distancia, por citar las más importantes”. [3]
Parece que las autoridades judiciales locales no aprendieron la lección. En 4 de Diciembre de 2021, el Consejo de la Judicatura ordenó un nuevo cierre del Tribunal, autorizando la suspensión de labores hasta (quizá) el 15 de febrero de 2021. En tal virtud, las labores se reanudarán (probablemente) el día 16 de febrero de 2021, salvo pronunciamiento que emita el H. Consejo. [4]
Parece fácil pretender, justificar ante litigantes y postulantes, el cierre del Tribunal Superior de Justicia, pretextando razones sanitarias. Sin embargo, quien lo hace, no resulta exitoso.
El Estado constituye una unidad, dividida orgánicamente para su funcionamiento en tres poderes, pero es una unidad al fin y al cabo. El ejecutivo local ha autorizado, desde el principio de la pandemia, la apertura de diversos giros denominados “esenciales”. Por tanto, implícitamente reconoce que por encima de la salud, se encuentran las actividades esenciales. ¡No hay nada más esencial que la impartición de justicia! Sin embargo, primero abrieron restaurantes y centros comerciales, que el Tribunal Superior de Justicia. Ello es absurdo.
Por ello resulta inadmisible la suspensión de labores en el Poder Judicial de la Ciudad de México, excusándose en la pandemia. Muchos mexicanos encontraron la forma de brindar servicios durante esta crisis, nuestros jueces no lo hicieron. Muchos mostraron más compromiso con sus empresas, que nuestras autoridades con el justiciable. Al Poder Judicial de la Ciudad de México le ha faltado imaginación o voluntad para encontrar la forma para regresar al trabajo. Asemejan un automóvil detenido, esperando que cambie el color del semáforo.
El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, presumió la instauración de juicios en línea, divorcios incausados solicitados por ambas partes, y de jurisdicción voluntaria –dependencia económica y acreditación de concubinato[5]. Quien escribe los ha tachado de ilegales[6]. En todo caso, el esfuerzo fue insuficiente.
Los juicios ordinarios, ejecutivos, hipotecarios, de arrendamiento, embargos, ejecuciones, notificaciones, remates, adjudicaciones, audiencias y la cooperación procesal internacional, se encuentran completamente detenidas. No siendo estos procedimientos susceptibles de ser instaurados o continuados en línea, el Tribunal debe abrir sus puertas y ventilarlos. De no hacerlo, la historia señalará que nuestras actuales autoridades, por sus omisiones, han causado un daño irreparable a la población.
Hoy, el busto de Don Juan Álvarez, mira las puertas cerradas de un Tribunal impotente ante el Covid.
[1] Soberanes Fernández, José Luis. Enciclopedia Jurídica Mexicana, Tomo VI, p. 870.
[2] https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/Informe-de-Labores2020-web_compressed.pdf
[3] https://backup.forojuridico.mx/crisis-del-poder-judicial-frente-al-covid-19/
[4] https://backup.forojuridico.mx/el-ilegal-cierre-del-tribunal-superior-de-justicia-de-la-ciudad-de-mexico/
[5] https://backup.forojuridico.mx/expide-cjcdmx-lineamientos-para-juicios-en-linea-en-pjcdmx/
[6] https://backup.forojuridico.mx/ilegalidad-de-los-juicios-en-linea-en-la-ciudad-de-mexico/


