Test de Conde para Evaluar los Derechos de una Obra Hecha por Inteligencia Artificial
El Test de Conde sirve para determinar quién tiene los derechos sobre una obra creada por inteligencia artificial. Todos sabemos que cuando un pintor usa un pincel para pintar un cuadro, el titular de los derechos de autor es el pintor y no el pincel, ¿cierto? Esto es por una cosa que yo llamo el “principio de neutralidad tecnojurídica”. En pocas palabras, las herramientas no gozan de derechos ni son sujetas de obligaciones. La persona que las utiliza es quien suele ser el sujeto sobre quien recaen las consecuencias legales.
Sin embargo, hay una excepción a esta regla: las máquinas autónomas, es decir, aquellos programas de cómputo que toman decisiones en un ambiente de incertidumbre, sin intervención humana. Entonces, ¿quién tiene los derechos de la obra que fue realizada por una máquina autónoma?
Para resolver esa pregunta, me he dado a la tarea de desarrollar una pequeña guía para aplicar la Ley Federal del Derecho de Autor a las obras realizadas por tecnologías autónomas.
Términos y Condiciones. Lo primero es determinar si existen términos y condiciones que regulen la relación del usuario de un software con el administrador del mismo. Si existen términos y condiciones que definan quién es el titular de los derechos de autor, los derechos corresponden a la persona que se designe en ellos.
Por regla general, los derechos corresponden al autor. Sin embargo, el autor puede transferir sus derechos patrimoniales u otorgar licencias de uso exclusivas o no exclusivas. Recuerda que los términos y condiciones son contratos a través de los cuales se pueden otorgar licencias o transferencias de derechos patrimoniales.
Si no existen términos y condiciones, o si los términos y condiciones no regulan los derechos de autor, entonces aplica el siguiente criterio.
Criterio de aplicación. Mencionamos que el autor es quien tiene los morales y patrimoniales. Entonces, el truco está en determinar quién es el autor cuando se usa tecnología autónoma. Tenemos dos opciones claras: el autor puede ser el usuario o el administrador, para determinarlo se deben considerar dos situaciones: la primera es determinar cuál es el nivel de autonomía del software, es decir, cuáles son las funciones que el programa de cómputo realiza sin intervención humana y en qué grado se involucra al usuario en la toma de decisiones; entre menos autonomía exhiba el software, es más probable que el usuario sea considerado el autor.
“El autor puede ser el usuario o el administrador. Para encontrar la respuesta correcta, se deben considerar dos situaciones: la primera es determinar cuál es el nivel de autonomía del software, la segunda consiste en determinar qué tanto participa el software en el proceso de creación de la obra.”
La segunda situación consiste en determinar qué tanto participa el software en el proceso de creación de la obra. Por proceso de creación de la obra me refiero a la toma de decisiones sobre las ideas que se deben de fijar en un soporte material y la forma en la que deben de presentarse o reflejarse.
Por ejemplo, un software decide temas de composición o presentación de una fotografía, tiene una mayor participación en el proceso de creación de la obra que un software que sólo agrega filtros para corregir los colores o la luz en una imagen. Entre menos participación tenga el software, es más probable que el usuario sea considerado el autor.
Notas Finales
Recuerda que no hay una sola respuesta para todo. La aplicación del Derecho depende mucho de los datos o situaciones específicas, pero puedes utilizar este criterio cuando tengas que decidir cómo aplicar la Ley Federal del Derecho de Autor a obras realizadas por máquinas autónomas.