Con la aprobación en el Senado de la primera de las propuestas de Justicia Cotidiana del Presidente Enrique Peña Nieto, nuestro país dio un gran paso para lograr una real y pronta justicia laboral que convenga, tanto a patrones, como a trabajadores y sobre todo, para combatir los elevados índices de corrupción que existen en esta materia. Sin duda es éste el sector de la justicia donde más se acumulan opacidad, rezago y corrupción.
Con una mayoría de 98 votos, los senadores aprobaron el pasado mes de octubre una reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución General de la República, poniendo fin a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la federal y todas las locales, que serán sustituidas por verdaderos tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación y de las 32 entidades federativas.
Los nuevos centros de justicia laboral contarán con facultades para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de gestión. Se contará hasta con un año de plazo para que inicien estos tribunales. En el ámbito federal, su titular será propuesto por el Ejecutivo Federal mediante una terna al Senado para que éste lo designe, previa comparecencia de las personas propuestas.
Sin duda éste constituye un gran avance para remediar muchos de los problemas que enfrenta la justicia laboral en todo el país, pero habrá que esperar algunos meses más, debido al gran reto que representa el anunciado recorte presupuestal del próximo año 2017, que generará muchos despidos. La gran apuesta que tendrán que hacer los nuevos tribunales laborales, será dirimir las controversias mediante acuerdos conciliatorios entre las partes, en concordancia con las nuevas reglas del sistema de justicia oral, que prioriza la mediación y la conciliación, para evitar la saturación del sistema procesal mexicano.
Otro avance de esta reforma es poner fin a los sindicatos “piratas” al otorgar un mayor empoderamiento a las decisiones de la mayoría de los trabajadores para decidir sobre contratos colectivos o huelgas, garantizando el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, cambio que lleva especial dedicatoria para aquellos líderes “charros” que se han perpetuado en las dirigencias sindicales. De esta manera, los empleadores contarán con una norma constitucional que evite emplazamientos frívolos de falsas organizaciones sindicales y los trabajadores podrán impedir la firma de contratos colectivos que vulneren los derechos de los trabajadores.
Esperemos que éste sea el punto de partida para la verdadera reforma laboral que se está esperando desde hace más de una década y se terminen los “parches” legislativos recurrentes en la materia, poniendo fin a esas cuevas de burocratismo y corrupción que son las juntas de conciliación y arbitraje, para que existan procesos justos y expeditos, que den seguridad jurídica y que beneficien a todas las partes involucradas en los temas laborales.


