La Cámara de Diputados modificó la Ley Nacional de Ejecución Penal para aumentar las condiciones de limitación del goce de la libertad condicionada y anticipada, así como sustitución de penas en los delitos de feminicidio y violación.
Esta reforma precisa que los delitos de feminicidio y violación serán excluidos de la posibilidad de gozar de libertad condicionada y sustitución de la pena en casos de las personas sentenciadas por estas conductas.
En la fundamentación del dictamen, la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, integrante de la Comisión de Justicia, estimó que la violencia de género es de los principales problemas, en todos sus niveles y durante las últimas décadas.
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Por tal razón, consideró pertinente aumentar las condiciones de delimitación de goce de la libertad condicionada y anticipada en los mencionados ilícitos.
La violación, añadió Moreno Medina, se ha incrementado notoriamente; según datos oficiales, de 2015 a 2019 se registraron 65 mil 603 denuncias por violación simple o equiparada. En los últimos cuatro años la cifra aumentó en más del 20 por ciento.
El dictamen que reforma los artículos 137, 141 y 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, avalado con 375 votos a favor y uno en contra, fue enviado al Senado para efectos constitucionales.


