El día de ayer, las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, avalaron el cambio realizado por la Cámara de Diputados a una minuta que establece, en la legislación secundaria, la figura de prisión preventiva oficiosa para los delitos considerados graves, entre ellos, el uso de programas sociales con fines electorales.
La Cámara de Diputados aprobó, casi en su totalidad, el proyecto enviado por el Senado de la República, salvo una disposición: el cuarto párrafo del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, relacionado con las armas réplica.
Dicho párrafo establecía que se considerarían violentos, “los delitos que utilicen objetos que tengan la apariencia, forma o configuración de un arma de fuego o explosivos funcionales, o no, y que sirvan para amagar o intimidar a la víctima”.
En ese sentido, los diputados estimaron que esta disposición se extralimita, pues “al legislar más allá de lo ordenado por el decreto y que, al describir una hipótesis de naturaleza sustantiva, lo adecuado sería plasmarla en el Código Penal Federal u otro cuerpo de leyes”.
Por esa razón, las senadoras y senadores coincidieron en que aplicar prisión preventiva oficiosa a los delitos cometidos con armas réplica, implicaría la creación de un tipo penal que no fue incorporado por el Constituyente Permanente en el artículo 19 de la Constitución Federal.
La senadora Lucía Trasviña Waldenrath (Morena) aclaró que el Ministerio Público sólo podrá solicitar la prisión preventiva oficiosa, cuando otras medidas cautelares no sean suficientes.
No obstante, integrantes de las Comisiones anunciaron su voto en contra por considerar que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos humanos. Y es una salida falsa al problema de la inseguridad en el país y deja al juzgador criterios de amplio espectro para su aplicación.
Senadores del PAN, PRI, PRD y MC, integrantes de las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, aseguran que esta figura jurídica debería aplicarse de manera excepcional y como último recurso, pues afecta el principio de presunción de inocencia.
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