La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación brindó el derecho a un matrimonio homosexual de varones, registrar como suyo aun niño concebido por maternidad subrogada.
El Ministro José Ramón Cossío Díaz resolvió dar el amparo para que el menor sea registrado como hijo de la pareja garantizando el derecho del menor a tener una identidad y su inscripción al Registro Civil
Además de garantizar el derecho de los quejosos a una vida privada y procrear mediante técnicas de reproducción asistida, así como el de la madre subrogada a su vida privada.
Con este amparo se reconoce el derecho de ser padre o madre a toda persona sin distinción y a las parejas del mismo sexo a tener acceso a los avances en materia de reproducción asistida para convertirse en padres o madres.
La Primera Sala argumentó que “se permite el establecimiento de la filiación jurídica incluso ante la falta de vínculo biológico, pero a la vez se señalan acciones para que, en caso de que surja una controversia derivada de la no correspondencia de la filiación biológica con la jurídica, los tribunales puedan conocerla, ponderar los intereses y principios en conflicto y resolver qué exige el interés superior del menor”
Antecedentes
El Registro Civil de Yucatán negó el registro del menor a los padres argumentando que la legislación en la materia no lo preveía, por lo que los afectados promovieron el amparo.
El Juez de Distrito determinó que no se podía establecer si se habían respetado las garantías mínimas en la práctica del vientre subrogado y que no era posible acreditar la concepción del menor por esa vía.


