La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Seguridad Interior al declararla inconstitucional y decretó la invalidez de su contenido.
Por mayoría de nueve votos contra, el Pleno de la Corte resolvió que el Congreso de la Unión no está facultado para legislar en materia de seguridad interior y también concluyó que este concepto no se puede considerar una derivación o una rama de la seguridad nacional.
En la sesión de este jueves se pronunciaron por la invalidez José Fernando Franco González Salas, Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena y el propio Presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales.
Luna Ramos, quien no votó porque se retiró antes de terminar la sesión, dijo que el Congreso sí tiene facultades para legislar en la materia, pero hubo violaciones en el proceso legislativo.
Aguilar señaló que la presencia de las Fuerzas Armadas en las calles no debe normalizarse.
“Debería emitirse una nueva norma completa y totalmente estructurada, que sea congruente”, dijo.
Franco destacó que esta norma genera una violación al derecho a la seguridad jurídica y al principio de legalidad.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien elaboró el proyecto de sentencia, consideró que esta ley es necesaria porque el contexto de seguridad la exige y no coincide con la invalidez total a la que se refirió la mayoría.


