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Ciudad de México
Artículo Secundario

Rumbo a la Constitución de la Ciudad de México

por Foro Jurídico
30, marzo, 2016
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6 minutos de lectura

Dra. Macarita Elizondo Gasperín

Catedrática del posgrado en UNAM, ex consejera electoral del IFE.

La experiencia dicta que los ciudadanos no somos indiferentes a los temas electorales y democráticos, entonces ¿por qué no hay un mayor número de aspirantes ciudadanos a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México?

Ante todo, establecer como necesidad inminente la promulgación de una Constitución local para la Ciudad de México, ha quedado como premisa cierta de la realidad que legalmente enfrenta la capital del país. No obstante su importancia, pareciera que existe cierto grado de apatía, pues al día del cierre de registro de intención (24:00 horas del día 01 de marzo de 2016), el Instituto Nacional Electoral (INE) informaba que únicamente 38 candidatos independientes habrían presentado su manifestación (fuente Reforma), a pesar de que existen 60 lugares de elección popular que habrán de ser disputados, lo que abre la puerta a una oferta mayor para los candidatos de los partidos políticos.

La experiencia dicta que los ciudadanos no somos indiferentes a los temas electorales y democráticos, entonces la pregunta obligada es ¿por qué no hay un mayor número de aspirantes ciudadanos a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México? Una primera idea, es que posiblemente no se conozca la importancia que representa que la capital del país se encuentre en vías de transformación hacia una entidad autónoma e independiente.

El proceso no ha sido corto, desde la Constitución de 1917 en que se instituyó como Distrito Federal, hasta nuestros días, ha sido objeto de cambios constitucionales, legales, orgánicos y estatutarios de diversa índole como son:

1928.- Reforma Constitucional que lo instituye como Departamento del Distrito Federal, propiciando la promulgación de su correspondiente Ley Orgánica.

1941.- Promulgación de la Segunda Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

1970.- Promulgación de la Tercera Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

1978.- Promulgación de la Cuarta y Última Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

1993.- Reforma Constitucional que crea al Distrito Federal y le dota de una Asamblea Legislativa con facultades autónomas.

1994.- Promulgación del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

1996.- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en materia electoral, creando los primeros Consejos Ciudadanos.

INE

2014.- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en materia político-electoral.

2016.- Reforma Constitucional que crea a la Ciudad de México.

Durante todo este proceso evolutivo, se advirtieron distintos temas ajenos a lo electoral. Asuntos como la complejidad en la planeación y priorización de atención a los problemas de la ciudad y la consecuente determinación del gasto público; polarización en el ejercicio de los recursos, endeudamiento financiero, falta de autonomía jurídica y legislativa plena. A esto se suma, una carencia de eficacia en la determinación de facultades territoriales en las aún delegaciones políticas, encarecimiento y desabasto de servicios urbanos, incremento en los índices delictivos vinculados con la zona conurbada, entre otros, son temas que convergen y necesitan respuesta en la nueva conformación de la ciudad más poblada del país.

macarita2

El calendario electoral que arrancó en el mes de marzo, se conforma de la siguiente manera:

  • 1º de Marzo: Fecha límite para manifestar intención de aspirar a candidato independiente.
  • 27 de Marzo: Fecha límite para que los órganos internos de los partidos políticos aprueben sus listas de candidatos.
  • 5 de abril: Fecha límite para recabar apoyo ciudadano para aspirantes a candidatos independientes (73 mil 792 firmas de apoyo) y para presentar la solicitud de registro de los mismos.
  • 10 de abril: Fecha límite para presentar la solicitud de registro de candidatos de partidos políticos nacionales.
  • 7 de abril: Registro de Candidatos.
  • 8 de abril al 1º de Junio: Campañas electorales.
  • 5 de junio: Jornada electoral.
  • Asignación de diputados constituyentes: 23 de agosto, una vez resueltas las impugnaciones de los resultados electorales.

Seguramente veremos desfilar en las redes sociales y los espacios públicos, a personas que quizá desconozcamos, ajenos a la vida política del país, pero con clara intención de ser parte de la historia de la Ciudad. Claro es que existen diversos factores que habrán de definir la suerte de los innovados candidatos independientes, desde la generación de portales electrónicos que permitan recibir manifestaciones de apoyo, hasta el uso de videos promocionales en ciberespacios públicos haciendo mención de prematuras propuestas e ideas generalizadas; lo que deberá ser observado en definitiva, pues ello podría convertirse eventualmente en actos anticipados de campaña. ¡Vaya tarea a cargo de las autoridades electorales! Las que deberán estar al pendiente de garantizar una contienda equitativa y justa, por tratarse nada más y nada menos de la integración de los hacedores de la Constitución Política local.

Un tema que saltará a la vista, es la distribución que se realice por el INE de los recursos destinados al financiamiento para gastos de campaña, y es que se asignó un presupuesto total de $101,498,771.40 pesos de los cuales, cada partido político nacional (9 en total) habrá de recibir $10´149,877.14 pesos, mientras que la misma cantidad, habrá de dividirse entre el número de candidatos independientes que logren obtener su registro, limitados a recibir, no más del 20% de lo que reciba un partido político nacional, es decir, no más de $2´029,975.43 pesos, supuesto que ocurriría si únicamente logrará su registro un solo candidato independiente.

Claro que los partidos políticos habrán de registrar un mayor número de candidatos en relación a los que resulten independientes, y por ello es que se ha distribuido la prerrogativa de esa manera. Sin embargo, ¿será notoria la disparidad en los recursos?, ¿incidirán en los resultados las maquinarias político electorales con que siempre cuentan los partidos a lo largo de su historia y formación?, ¿resultará de esta elección una identificación entre ciudadanos y algún o algunos candidatos independientes?

No lo podemos anticipar, pero lo cierto es que la responsabilidad de los ciudadanos que integren al Constituyente de la Ciudad de México, debe trascender los límites de la política partidista; requiere de una amalgama de conocimientos que permitan sentar las bases para un ejercicio equilibrado del poder y las finanzas públicas, así como condiciones legales que contrarresten los factores reales que día a día presionan al sistema en la capital del país.

Necesario incorporar en la Constitución
de la CDMX una e-democracia para
contar con un gobierno moderno a la
altura de las exigencias tecnológicas
de la sociedad.

Para pensar: Resultaría interesante conocer, para empezar, si ya hay propuestas vinculadas con los Derechos Humanos de tercera y urgente cuarta generación; si alguien aspira a modificar la carrera judicial y la justicia administrativa; si se pretende dotar de autonomía de gestión y gobierno pleno a las aún denominadas delegaciones; o si existe alguna propuesta viable para dotar de identidad propia al medio ambiente. Si existen alternativas para combatir la corrupción, inclusive cuáles son las propuestas para mejorar la transparencia en la información y la rendición de cuentas; y si ya han pensado en una e-democracia y la transformación de las instituciones hacia un gobierno moderno, de avanzada, que esté a la altura de las exigencias tecnológicas de una cada vez más pujante sociedad de vanguardia.

Seguramente habrá profesionales del derecho asesorando y brindando ideas múltiples que permitan que la Ciudad de México se coloque en el puntero de temas trascendentales como estos los que hoy afectan diariamente su desarrollo y progreso.

La intensión de este espacio que hoy nos brinda Foro Jurídico es una ventana de oportunidad para hacer conciencia y forjar juntos el futuro que aspiramos como ciudadanos de la CDMX que sea el derrotero de las nuevas generaciones.

Temas:
  • CDMX
  • Constitución CDMX

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