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foro jurídico expertos opinan del acuerdo para usar fuerzas armadas en tareas de seguridad pública
Artículo Secundario

Opinión de los expertos acerca del Acuerdo

por Foro Juridico
1, junio, 2020
627
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7 minutos de lectura

Con el propósito de profundizar en este polémico tema se reproduce una breve opinión de dos especialistas con criterios encontrados: Jorge Lumbreras Castro, Doctor en Ciencia Política y Maestro en Seguridad Nacional y el reconocido profesor en Derecho Constitucional, Elisur Arteaga Nava.

 

Jorge Lumbreras sostiene que el Decreto que dispone la participación de las Fuerzas Armadas en seguridad pública mediante la Guardia Nacional es completamente legal porque deriva de la reforma constitucional que creó en marzo de 2019 la Guardia Nacional, con el consenso de todas las fuerza políticas, que establece en el quinto transitorio exactamente lo mismo que el decreto en cuestión, es decir, que las Fuerzas Armadas participarían en apoyo de la Guardia Nacional en lo que se construye y se termina de perfeccionar su desempeño, como se ve del texto:

 

“Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implementación territorial, el presidente de la Republica podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”. De tal suerte que ese escenario ya estaba previsto.

 

Jorge Lumbreras sostiene que el Decreto que dispone la participación de las Fuerzas Armadas en seguridad pública mediante la Guardia Nacional es completamente legal porque deriva de la reforma constitucional que creó en marzo de 2019 la Guardia Nacional, con el consenso de todas las fuerzas políticas

 

Poco después se aprobaron la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional del Registro de Detenciones y la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. Es decir, que el Decreto no dice otra cosa más que lo que está en el citado transitorio. Es decir, esclarece en qué funciones específicas de la función de Seguridad Publica están participando los elementos de la Sedena y de la Semar, que ya están en la GN, y efectivamente, estas dependencias han enviado miles de elementos a la GN para fortalecerla. A la fecha han sido desplegados en el país más de 77,000 elementos –originalmente miembros de las fuerzas armadas–,
y se han establecido 160 coordinaciones territoriales que llegarán a ser 260, que serán apoyados por soldados y marinos en tareas de seguridad pública y con base en el Decreto cuestionado, regresarán a sus cuarteles en 5 años.

 

Quienes alegan la ilegalidad y el engaño del Acuerdo de participación directa de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública están equivocados, sostiene Lumbreras, porque hoy la GN es una institución civil, con nuevas capacidades, con cobertura nacional, con elementos capacitados, con capacidades de inteligencia, por ejemplo, en áreas de cibervigilancia, que atiende ciberdelitos y realiza investigación científica del delito. Lo que en realidad se hace con este Decreto, es formalizar y establecer puntualmente en que van a sumarse en estas tareas de la GN soldados y marinos que han sido capacitados para participar en labores de seguridad pública. Así que estamos frente a una disposición del titular del Ejecutivo Federal apegada a la ley, por lo que la llamada “militarización” es un mito y lo que en realidad se pretende es ir mejorando paulatinamente la seguridad pública de nuestro país.

 

Por su parte, en un artículo publicado en la revista Proceso,[1] el Dr. Elisur Arteaga Nava asegura que el Decreto es consecuencia de un engaño presidencial, ya que el Presidente está faltando a la promesa que le hizo al pueblo de México –para ganar votos– sobre que se oponía al uso de las Fuerzas Armadas para hacer frente a la delincuencia, ofreciendo que como jefe supremo las regresaría a sus cuarteles cuando asumiera la presidencia.

 

A pesar de esta promesa, con su mayoría legislativa promovió la reforma Constitucional publicada el 26 de marzo de 2019 que crea la Guardia Nacional, con la cual prácticamente inició la militarización del país, incumpliendo de inmediato con el mandato de ser una institución civil, con mando civil, ya que nombró como su primer Comandante al General de Brigada en activo (Luis Rodríguez Bucio), dándole la vuelta a la ley con la argucia de que estaba presentando su licencia de retiro, integrándose en principio con miembros de las policías militar y naval.

 

A un año de su creación, con el Acuerdo del 11 de mayo, el presidente está prácticamente desapareciendo a la GN como institución netamente civil (así prevista para ser un contrapeso del Ejército y un freno a sus excesos), en virtud de que autoriza la participación directa de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y desconoce los objetivos que llevaron a incorporar la Guardia a la Carta Magna, está cambiando su naturaleza y desvirtuando su función. No han sido capaces de hacerla realidad; tampoco les alcanzó la inteligencia para fortalecer a las policías federales y locales.

 

Pero no todo está perdido, afirma Arteaga Nava, “si se lee con cuidado el artículo quinto antes transcrito, todo indica que el decreto publicado el lunes 11 de mayo no tiene fundamento ni razón de ser. La acción del presidente está condicionada a que la Guardia Nacional desarrolle su estructura, capacidades e implementación territorial”.

 

La ley que regula la organización, estructura y funcionamiento de la GN ya entró en vigor. Reiteradamente se nos ha dicho que los miembros de la Guardia Nacional habían recibido la capacitación y el adiestramiento que los ponían en condiciones de cumplir con sus funciones. Además, la GN esta implementada y sus elementos cubren todo el territorio nacional. En virtud de lo anterior, no se presentan los supuestos que pudieran llevar al Presidente de la República a disponer el uso de las Fuerzas Armadas para dar seguridad a la población. Y lo que en realidad sucede es que se está instaurando un Estado militarizado y atentatorio de las libertades de los mexicanos.

 

“Por su parte, en un artículo publicado en la revista Proceso, el Dr. Elisur Arteaga Nava asegura que el Decreto es consecuencia de un engaño presidencial, ya que el Presidente está faltando a la promesa que le hizo al pueblo de México –para ganar votos– sobre que se oponía al uso de las Fuerzas Armadas para hacer frente a la delincuencia, ofreciendo que como jefe supremo las regresaría a sus cuarteles cuando asumiera la presidencia.”

 

Por lo tanto, en contra del decreto presidencial proceden el juicio de amparo y la controversia constitucional. El agravio o concepto de invalidez es que no se presentan las circunstancias que, de conformidad con el artículo quinto transitorio, se requieren para llamar a las Fuerzas Armadas en auxilio de la Guardia Nacional. Al no darse las circunstancias previstas, debe prevalecer el artículo 129 constitucional, según el cual: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

 

En el caso, para que exista un estado de guerra, no es suficiente la afirmación del Presidente de la República; se requiere la intervención del Congreso de la Unión (arts. 73, frac. XII, y 89, frac. VIII). Esto no ha sucedido. Debemos presumir que estamos en tiempo de paz. El concepto de invalidez se reforzaría a través de innovar el sentido garantista del artículo 21 constitucional, que confía al Ministerio Publico y a la policía que depende de él, la investigación de los delitos y la persecución de sus autores. Debe entenderse que esa atribución la tienen confiada éstos en forma privativa o exclusiva, lo que significa que otros órganos o entes, como lo es el Ejército, están excluidos de ejercerla.

 

[1] Elisur Arteaga Nava. “El engaño presidencial”. Proceso. Disponible en: https://www.proceso.com.mx/630779/el-engano-presidente

Temas:
  • AMLO
  • Fuerzas Armadas
  • Guardia Nacional
  • Seguridad Pública.

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