Javier Soní
Socio de Creel Abogados
Será difícil negociar un contrato de intermediación automatizada de alta frecuencia con criptomonedas si no se tienen los conocimientos más básicos en materia de tecnologías de la información o incluso de criptografía.
Javier Soní, socio de Creel Abogados, apunta que el anteproyecto de la Ley de Tecnología Financiera (Fintech), establece principios rectores para el sector, tales como la innovación e inclusión financiera, la protección al consumidor y la promoción de la competencia, pero también aborda temas como la preservación de la estabilidad financiera y la prevención de lavado de dinero. Asimismo, se establecen requisitos de divulgación de riesgos, información y protección de inversionistas y consumidores, identificación de clientes, prevención de riesgos operativos y operaciones que generen riesgo sistémico, seguridad de información, entre otros elementos.
El diseño de esta nueva Ley representa una oportunidad histórica para modificar la forma en que nos relacionamos unos con otros y con los servicios financieros; con base en estas nuevas tecnologías, por ejemplo, sería posible bancarizar a muchas poblaciones que actualmente no tienen ningún tipo de acceso a créditos u otros medios de fondeo, y hacer mucho más barato, por ejemplo, el envío de remesas a nuestro país.
Las plataformas de fondeo colectivo, de pagos electrónicos y de activos virtuales ya están operando activamente en México. Ante ello, las autoridades pueden tomar tres posturas:
- La mala: prohibirlas o sobre-regularlas al grado de inhibir el crecimiento del sector y que nos quedemos en la prehistoria financiera;
- La buena: regularlas inteligentemente para darle seguridad jurídica tanto a las plataformas, a los consumidores y a los inversionistas, sin olvidar, desde luego, la estabilidad del sistema financiero y la prevención de actos ilícitos; y
- La fea: no regularlas y dejar que la ley del Viejo Oeste sea quien dicte las condiciones en las que el ecosistema evolucionará.
«Los abogados tendremos que adaptarnos para dejar atrás el analfabetismo informático.»
Profesionalización de los Abogados
La adopción de las nuevas tecnologías viene aparejada de todo un nuevo lenguaje y argot que tanto el abogado como los demás operadores jurídicos tendrán que conocer y dominar. En este sentido, de acuerdo con el socio de Creel Abogados, de la misma forma que hoy cualquier abogado corporativo que no es capaz de interpretar estados financieros o no entiende los conceptos básicos del argot de los negocios, resulta de poca utilidad para un cliente que se dedica a realizar operaciones financieras, los abogados que pretendan asesorar a clientes del ecosistema Fintech sin tener al menos una base mínima de conocimientos en materia de informática, de nada servirán a sus clientes al “mandar todas las partes relevantes del contrato a un anexo”. Este nuevo sistema abrirá, señala Soní, una gran ventana de oportunidad para los abogados que decidan especializarse en operaciones digitales. “Será difícil negociar un contrato de intermediación automatizada de alta frecuencia con criptomonedas si no se tienen los conocimientos más básicos en materia de tecnologías de la información o incluso de criptografía.”
Habrá una nueva generación de abogados dispuestos a adaptarse y hacerse de los conocimientos necesarios para entender las necesidades de las plataformas Fintech para poder así asesorarlas adecuadamente. A esto se suma una tarea de actualización para las autoridades que las regulen, quienes deberán constantemente renovar sus conocimientos para regular eficientemente los nuevos modelos conforme a los cuales se prestarán servicios financieros. “Los abogados tendremos que adaptarnos para dejar atrás el analfabetismo informático. Por el momento, la literatura existente está escrita desde una perspectiva técnica que presupone que el lector tiene un acercamiento previo a la programación; alguien tiene que darse a la tarea de ser multidisciplinario y traducir ese lenguaje técnico al lenguaje jurídico.”
Análisis de la Ley Fintech
Lo bueno
- Establece bases para la divulgación de riesgos e información, así como protección de inversionistas y consumidores.
- Busca prevenir riesgos operativos y operaciones que generen riesgo sistémico.
- Establece las bases para que las entidades financieras compartan información a través de interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas (APIs).
- Las plataformas mutan rápido, es necesaria la remisión a disposiciones secundarias.
Lo Malo
- Habrá que esperar las disposiciones secundarias para saber si los capitales mínimos y otros requisitos aplicables a las plataformas se traducirán en barreras de entrada al ecosistema Fintech.
- Queda pendiente regular la materia fiscal para que pueda existir un verdadero ecosistema Fintech.
- Algunas de las interrogantes que se deberán responder:
- ¿Se dará el mismo tratamiento a la venta de acciones a través de plataformas de crowdfunding al aplicable a las realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores?
- ¿Se generará una ganancia cambiaria al realizarse operaciones con criptomonedas?
- ¿La venta de una acción a través de una plataforma de fondeo colectivo tendrá el mismo tratamiento aplicable a la venta de acciones a través de una bolsa de valores?


