La nueva Ley Electoral fue aprobada por el Congreso de San Luis Potosí y entrará en vigor a partir del proceso electoral 2020-2021, periodo en que se elegirán gobernador, diputados locales y ayuntamientos.
La nueva Ley Electoral incluye conceptos y procesos de aplicación relacionados con la paridad de género, el lenguaje incluyente y la violencia política de género, lo que permitirá garantizar los derechos de mujeres y hombres dentro y fuera de los procesos comiciales.
También incluye el tema de discapacidad visual donde se establece que quienes padezcan de esta discapacidad tendrán disponibles plantillas en Braille en las boletas electorales para identificar las urnas; además, habrá mamparas especiales que se podrán adaptar a la altura de las personas en sillas de ruedas y/o de talla baja.
En cuanto al término de alianza, dos o más partidos podrán presentar candidaturas comunes, sin la obligación de registrarla como una coalición. Además, permanece el requisito para los partidos de obtener al menos 3% de la votación válida emitida para aspirar a curules de representación proporcional.
La nueva Ley Electoral también incluye medidas cautelares y de reparación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, donde establece un proceso sancionador especial.
Dentro de los artículos transitorios, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana tiene la obligación de elaborar lineamientos con acciones afirmativas en favor de los grupos y comunidades indígenas y de las personas discapacitadas de la entidad, derivado de la imposibilidad de organizar las consultas correspondientes debido a la contingencia sanitaria del Covid-19.
El documento de la nueva Ley Electoral determina fechas y plazos para registro, realización de precampañas y campañas electorales y el desarrollo de los trabajos por parte de los organismos electorales para la realización y resultados de la jornada electoral.


