Marco A. Ríos
Luego de un polémico proceso y de un amplio debate en el Pleno del Senado sobre su idoneidad, fue designado Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el Embajador de México en Washington, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza, para sustituir al recién fallecido Ministro Sergio Valls Hernández.
En una ceremonia solemne en el salón de plenos Luis María Aguilar Morales, el Presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), le impuso la Toga Magisterial al nuevo Ministro y le entregó la credencial y distintivo correspondientes, dándole la bienvenida al máximo tribunal del país la Ministra Olga María Sánchez Cordero, quien afirmó que el Tribunal Constitucional de México le daba la más cordial bienvenida. La SCJN, afirmó la Ministra, “es una institución que tiene hoy un papel fundamental en nuestra democracia, que es un elemento consustancial a ésta, precisamente porque es la encargada de defenderla”, destacando que la Corte es protagonista de la historia, representativa de los momentos históricos que le ha tocado vivir, y que hoy responde a un modelo plural de Estado, no homogéneo. “Lo recibe una Corte que se inserta en un modelo global, en el que, sus pares, en la mayoría de estados democráticos, dialogan y deciden en torno a los Derechos Humanos (DH) de todas las personas, tratando de hacer de este enfoque el objetivo prioritario de su quehacer”.
Una vez investido, el Ministro Eduardo Medina Mora Icaza, aseveró que es un honor formar parte de una Suprema Corte que ha logrado constituirse como uno de los mejores referentes de diseño y construcción institucional. La cual, gracias a las reformas de 2011 en materia de Derechos Humanos (DH) y amparo, cuenta con las herramientas, la capacidad y la obligación de extender esta solidez a todos los niveles de la impartición de justicia. “Esta es la única respuesta posible a la aspiración ciudadana. El reto para la Corte es mantener y ser la guía en un orden jurídico que se integra de distintas fuentes del derecho, que deben ser operadas de conformidad con nuevos parámetros de constitucionalidad y principios interpretativos como el pro persona, la no discriminación y la no regresividad”, indicó.
El reto para la Corte es
mantener y ser la guía en
un orden jurídico que se
integra de distintas fuentes
del derecho.
Consideró que esta tarea sólo tendrá un impacto significativo en la vida de las personas cuando consolidemos un correcto ejercicio del control difuso de convencionalidad en todos los niveles de impartición de justicia. Medina Mora Icaza enfatizó que hay 3 elementos que se constituyen como precondición de la evolución de una sociedad hacia el bienestar y la seguridad ciudadana: Estado fuerte, Estado de Derecho y rendición de cuentas. De ellos, en el que más pueden incidir los Ministros es en el segundo. De esta forma, refirió que los mexicanos necesitamos tener la confianza de que nuestros DH serán siempre indefectiblemente respetados y protegidos en toda interacción con cualquier autoridad; que las disputas y las promesas recíprocas serán resueltas de manera pacífica mediante mecanismos institucionales, ante autoridades jurisdiccionales que actúan bajo reglas predecibles y transparentes.
Al reconocer la experiencia de sus compañeros como un cuerpo colegiado, Medina Mora justificó su designación al advertir que el Constituyente determinó que es necesario contar con diversidad de criterios, perspectivas y experiencias para enriquecer la tarea interpretativa de la Corte. “Es en este sentido que aspiro a sumar mis capacidades y criterio al Máximo Tribunal de la Nación. En mi trayectoria profesional he acumulado experiencias, que me parecen agregan una perspectiva valiosa. Tengo, estoy cierto, mucho que aportar y, sobre todo, mucho que aprender de cada uno de ustedes, de este cuerpo colegiado”, refirió.
Cómo parte de los documentos entregados al Senado para su valoración a fin de contar con los votos necesarios para ser Ministro de la SCJN, Medina Mora presentó un documento denominado Retos de la Justicia Constitucional, en donde enumera las oportunidades y riesgos del futuro jurídico en México basados en 4 principios rectores: nuevas fuentes del derecho, nuevos medios de control jurisdiccional, la reconfiguración del federalismo mexicano y del principio de división de poderes, así como del principio de progresividad.
La justicia constitucional, advierte, deberá enfrentarlos con base en 3 estrategias: en primer lugar, fortalecer la consistencia en el respeto a los precedentes judiciales; en segundo lugar, reconfigurar los estándares judiciales para evaluar la constitucionalidad de la actuación gubernamental y; en tercer lugar, generar jurisprudencia con base en la premisa de la constante construcción del Estado de Derecho. La primera, propone Medina Mora, consiste en fortalecer la vinculación de los precedentes judiciales; en casos en donde la esencia de la controversia sea la misma, los tribunales deben estar a lo decidido. Esto dará a la ciudadanía certidumbre en el ejercicio de sus DH. Así contribuye a la construcción del estado de derecho dando mayor certidumbre y predictibilidad a las resoluciones judiciales.
Estamos frente a un nuevo
modelo de distribución
y balance del poder de la
República y un nuevo modelo
de control constitucional para
vigilar la actuación de todas
las autoridades y otros actores.
Para cubrir la segunda, comenta que los jueces constitucionales deberán preguntarse y definir cuál es el alcance de sus atribuciones frente a los nuevos actores institucionales y sus funciones. Esto a su vez deberá generar nuevos y variados estándares de revisión judicial, en los que será necesario definir los parámetros para que la justicia garantice la constitucionalidad en el actuar institucional. Ningún acto de gobierno puede estar fuera de la Constitución. Es trabajo de la justicia constitucional delinear cuáles son los límites para la autoridad dentro de los parámetros constitucionales establecidos.
Para atender la tercera estrategia, es necesario partir de una reflexión: todo tribunal constitucional tiene ejes sobre los cuales genera jurisprudencia. Para la justicia constitucional mexicana, este eje es la constante construcción del Estado de Derecho. Cuyo concepto presupone que la justicia no se limita a garantizar la certidumbre y predictibilidad de la aplicación e interpretación de las normas jurídicas, sino que además debe configurar procesos y contenidos sustantivos mínimos que garanticen la igualdad y la libertad.
La justicia constitucional ha reconocido como parámetros materiales de este Estado de Derecho a la libertad de expresión, la participación en los procesos democráticos, la no discriminación y un mínimo vital material básico que garantice la subsistencia de las personas. El desarrollo de una jurisprudencia sobre la igualdad y la libertad, tal y como se ha hecho hasta la fecha, es de suma importancia para generar un Estado en el cual el principio básico de igualdad ante la ley se concrete en una realidad de igualdad sustancial, donde las personas tengan las mismas oportunidades y a su vez puedan participar en la vida democrática de México. Ningún tema tan relevante como la justicia constitucional y la construcción del Estado de Derecho en México puede ser resuelto por un sólo actor. La justicia es trabajo de todos: los órdenes de gobierno y los diversos poderes, en conjunto con una sociedad civil participativa.
Crucial el Trabajo de la Corte como Guía de Tribunales Nacionales
Durante su comparecencia ante el Senado, Eduardo Medina Mora señaló que la labor de la Corte para guiar a los demás tribunales del país, será crucial en los próximos años porque juega un papel central en establecer la guía para la impartición de justicia en los niveles de ámbitos más relevantes para los ciudadanos. Su responsabilidad, es indicar el camino para replantear los parámetros de efectividad en los procesos judiciales.
Estos parámetros permiten reforzar el marco institucional, garantizando que las decisiones judiciales en todos los niveles y ámbitos resuelvan el fondo de los asuntos. También congruencia en la aplicación uniforme de los preceptos constitucionales, generando mecanismos para asegurar la comprensión y la corriente inclusión de todas las decisiones judiciales de principios generales, con el pro persona, la discriminación y la no regresividad. Desde su artículo 1°, nuestra Constitución, advierte Medina Mora, establece que la razón de ser del Estado es la protección y la garantía de los DH, por lo que al centro del quehacer nacional deben situarse las personas, las instituciones al servicio de ellas.
Por ello, es necesario ser muy claros los retos del control de convencionalidad, que deriva en un control difuso frente a las atribuciones exclusivas de la Corte como Tribunal Constitucional. “Estamos frente a un nuevo modelo de distribución y balance del poder a la República y un nuevo modelo de control constitucional para vigilar la actuación de todas las autoridades y otros actores, desde parámetros más amplios en materia de protección de DH”.
Como es parte de la democracia, comenta que al Poder Judicial le corresponde interpretar las trascendentes reformas de la Constitución recientemente promulgadas y las leyes que las instrumentan, así como las que continúa impulsando el poder de reforma. Para que produzcan con eficacia los bienes públicos, se requiere que la Suprema Corte emita criterios jurisdiccionales que orienten y conduzcan el quehacer de los operadores jurídicos ordenativos y de los operadores institucionales y de políticas públicas. De ahí que el papel de máximo tribunal es medular, no sólo porque en su actuar debe reflejar apego a los principios constitucionales, sino porque es el árbitro que determina donde está el fiel de la balanza. Con ello se generan condiciones de certidumbre que permiten que autoridades y ciudadanos se asuman plenamente como corresponsables de actuar con apego a la ley.
La Corte requiere una
diversidad que enriquezca
su capacidad interpretativa,
que se beneficie del criterio
de quien ha concebido
el entramado jurídico
y organizacional de las
instituciones.
Considera Medina Mora que el juzgador actual debe conocer el derecho internacional y las diversas formas de su internalización en el derecho interno. Para cumplir con el deber de buscar siempre la norma de fuente nacional o internacional que mejor proteja a la persona en el ejercicio de sus DH. “De ahí también la importancia de que un juzgador de la Corte sea capaz de interpretar y actualizar el significado de la norma constitucional. Es precisamente la capacidad que determina si se cumple con la aspiración de elevar a la Carta Magna convirtiéndola en la brújula que orienta a todo el actuar institucional partir fundacionales o si se le utiliza como un instrumento legalista del ejercicio del poder”. La SCJN en su continuo proceso de construcción institucional precisa de la comprensión jurídica de la economía, la correcta valoración de la superposición de intereses y de las implicaciones reales, tangibles y estratégicas sobre el desarrollo y la equidad de los temas económicos en juego. “Es indispensable para reducir los incentivos al conflicto; aumentar la transparencia y predictibilidad y generar mayor certidumbre jurídica para facilitar el desarrollo económico”.
El Ministro Medina Mora fue adscrito de inmediato a la Segunda Sala, ocupando el lugar que ahí tenía Sergio Valls Hernández.


