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Editorial

Matrimonio Tradicional vs Matrimonio Igualitario

por Foro Jurídico
30, septiembre, 2016
2040
0
4 minutos de lectura

El tema de la unión en matrimonio de personas del mismo sexo ha generado un amplio debate, no sólo en México, sino en el ámbito internacional. La figura tradicional de una familia heterosexual, comenzó a modificar su estructura ante el reconocimiento de derechos y garantías de las comunidades lésbico gay en todo el mundo.
Marchas a favor y en contra realizadas en todo el país exacerban los ánimos de los muchos que defienden el matrimonio tradicional, incluso, los priistas en el Congreso de la Unión enviaron a la “congeladora” la iniciativa del Presidente Enrique Peña Nieto que busca incorporar a la Constitución el matrimonio igualitario, sobre todo por la vigorosa presión que está realizando sobre el tema la poderosa Iglesia Católica.

Alentada silenciosamente desde el Vaticano. Ante las posiciones radicales es necesario conocer lo que sucede más allá de nuestras fronteras. Si tomamos como ejemplo lo que sucede en la Unión Europea, la cual se ha distinguido por el avance en materia de igualdad y respeto a los Derechos Humanos (DDHH) encontramos  que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, declaró que el matrimonio de personas del mismo sexo no es un derecho. Sin embargo, el tribunal europeo aseveró que los “Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales y gozan de un margen de apreciación  para decidir acerca de la naturaleza exacta del estatuto otorgado por otros modos de reconocimiento jurídico”.

Lo que da carta abierta para legislar como mejor convenga. Tampoco existe una apertura total sobre este tema en el resto del mundo, ya que no todas las naciones aprueban dicha institución social.  De los 193 miembros de onu, únicamente 17 países reconocen plenamente el matrimonio entre personas del mismo sexo y apenas en la mitad en  esos países se han despenalizado las conductas homosexuales. De tal forma que el matrimonio igualitario, o mejor dicho, entre personas del mismo sexo, no es una tendencia legislativa tan preocupante en el ámbito internacional, como intentan hacer creer en México quienes defienden esta forma de unión. Habría que remitirse, en primera instancia, a la definición de la palabra matrimonio en el diccionario de la Real Academia Española que lo identifica como: “La unión de hombre  y mujer concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.” Esto deja muy claro que no es solamente a la iglesia católica a quien le interesa defender los matrimonios tradicionales, sino a amplios sectores de la sociedad mexicana en todo el país. No hay que olvidar que la unión libre y legal de personas del mismo sexo es un asunto de minorías y nadie está en contra de que se respeten absolutamente todos sus dh y civiles, y que de ninguna manera se está discriminando las preferencias sexuales con la concepción del matrimonio tradicional.

Entre quienes defienden el matrimonio lésbico gay, ha sido recurrente el argumento de que éste ya fue reconocido por la Suprema Corte mexicana en una jurisprudencia  emitida por la Primera  ala en el 2015, sin embargo, en estricto sentido  lo que se argumenta es que dicha figura no es inconstitucional por no estar establecido en la Ley Suprema el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer cuya finalidad es la procreación.

Adicionalmente, en una reciente declaración el progresista ministro de la Primera Sala de la Corte José Ramón Cossio Díaz (que participó en la elaboración de la citada jurisprudencia), afirmó  que, “la posición de la SCJN a favor de los matrimonios igualitarios, no está escrita en piedra”.

Para poner fin a este polémico asunto, que amenaza con la confrontación entre unos minoritarios grupos de la comunidad que los apoyan -también minoritarios-, con los defensores del matrimonio tradicional, y con sumar abiertamente a la Iglesia Católica en este delicado debate, una posible solución jurídica podría ser, siguiendo con un principio de Derecho Natural, y con la tendencia de la mayoría de los países del mundo arriba comentada, a elevar a rango constitucional la definición del matrimonio como la unión entre hombre y mujer con fines de procreación y para establecer un proyecto de vida en común, elevando a este nivel también todos los derechos de las uniones de las personas del mismo sexo. Así, la urgente tarea de quienes defienden el matrimonio tradicional, es enviar a los legisladores un proyecto de reforma constitucional, que contenga estas líneas, y que se pongan a trabajar en ésta y en la iniciativa enviada por EPN, siguiendo la tendencia mundial en la materia.

Temas:
  • Constitución el matrimonio igualitario
  • matrimonio igualitario
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

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