La tecnología ha transformado radicalmente la forma en que se realiza el comercio de bienes y servicios en el ámbito mundial. Esta revolución, encabezada no sólo por el Internet sino por la proliferación de dispositivos electrónicos móviles, impactó de manera significativa al sector de los servicios financieros, abriendo el mercado a nuevos competidores que hoy permiten una mayor inclusión financiera al dar acceso en sus plataformas a los usuarios a servicios financieros sin necesidad de tener una institución financiera tradicional como intermediario.
A este conjunto de empresas, que usan la tecnología para ofrecer servicios financieros, se les conoce como Instituciones de Tecnología Financiera (Fintech) y sin duda es uno de los sectores más disruptivos e impulsores de cambios sociales, poniendo en jáque a las rígidas instituciones bancarias al mismo tiempo que abre las puertas de la inclusión financiera.
El Contexto
A pesar de que el término Fintech parecería muy nuevo, la tecnología ha sido aplicada al sector desde hace más de 6 décadas. Desde la entrada de los cajeros automáticos, las tarjetas de crédito y terminales punto de venta, hasta la banca en línea, las instituciones bancarias han venido desarrollado infraestructura tecnológica interna, para brindar servicio al cliente que les permita ser más eficientes y llegar a más personas. Sin embargo, tradicionalmente eran sólo ellos quienes tenían acceso a estas herramientas.
Hoy en día, las grandes tendencias digitales como el Internet, la economía colaborativa, la reducción de costos de la tecnología y sobre todo la entrada de nuevas tecnologías que fomentan la des centralización de sistemas como la tecnología de cadena de bloques (Blockchain por su nombre en inglés), le han quitado el monopolio a las instituciones tradicionales y empezando a cambiar poco a poco las reglas del juego financiero en el mundo.
El Escenario Fintech en México
El Fintech Radar México de 2017, realizado por Finnovista, identifica 238 startups (nuevas empresas) FinTech en el país, distribuidas en 11 segmentos diferentes, las cuales representan un crecimiento del 50% desde la última publicación de 2016, cuando apenas se tenían registradas 158. Es así que de acuerdo con el informe publicado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Finnovista en el segundo trimestre de este año, la cifra posiciona a México como el ecosistema Fintech más grande de América Latina, incluso por delante de Brasil, quien cuenta con 230.
La explicación a este fenómeno en el caso de nuestro país, se debe en primer lugar a la alta penetración de Internet y los dispositivos móviles inteligentes; de acuerdo con el 4º Informe Estadístico 2016 elaborado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el número de suscripciones de telefonía móvil en nuestro país llegó a 111.7 millones, mientras que el número de suscripciones de banda ancha móvil fue de 74.5 millones. Otras condiciones que hacen de nuestro país emergente uno de los terrenos más fértiles para el desarrollo de estas empresas es el fuerte ecosistema de emprendimiento y de comercio electrónico, la baja penetración de la bancarización y una oferta de crédito al consumo poco sofisticada.
En el reporte se informa que durante el último año el crecimiento económico de México fue impulsado casi exclusivamente por el consumo privado apoyado por la baja inflación, las remesas de trabajadores y la expansión del crédito. Lo anterior acentúa el papel de las Fintech en el desarrollo de la economía mexicana al representar alternativas más eficientes y menos costosas que los métodos tradicionales de crédito y envío de remesas.
Con 238 FinTech startups, México es el ecosistema FinTech más grande de América Latina.
Política Nacional de Inclusión Financiera
En junio del 2016, el Gobierno Federal publicó su Política Nacional de Inclusión (PNIF) Financiera con el objetivo de proporcionar el acceso y uso de servicios financieros formales bajo una regulación apropiada que garantice esquemas de protección al consumidor y promueva la educación financiera para mejorar las capacidades de todos los segmentos de la población.
Bajo el principio de inclusión financiera se busca acercar los servicios financieros a personas y sectores que todavía no son atendidos ya sea por la desconfianza o por el costo que implica atenderlos; así también promover una mayor educación financiera y asesoría sobre estas nuevas alternativas, pero sobre todo proveer de herramientas para aumentar el uso de este tipo de nuevos servicios.
Uno de los ejes para lograr esto, de acuerdo a la PNIF es el “Uso de innovaciones tecnológicas para la inclusión financiera” que tiene como elemento esencial la necesidad de establecer los “mecanismos de coordinación entre autoridades, gremios de los sectores financiero y emprendedor de aplicaciones tecnológicas financieras (Fintech) para fomentar el desarrollo de soluciones de inclusión financiera, viables y seguras para el mercado mexicano” así como la “promoción de mecanismos que reduzcan el uso de efectivo, tales como banca móvil, cartera electrónica, remesas digitales, entre otros; así como la entrada de nuevos modelos de negocio como el blockchain, considerando medidas de regulación y supervisión que fortalezcan la seguridad informática en su adopción.”
Es con base en esta Política que el Estado hoy pone atención a la evolución de las empresas que se desarrollan en este sector, que según expertos de la consultora internacional Price Waterhouse Cooper, pueden pronto llegar a robar hasta el 24% de los ingresos del mercado tradicional.
La Ley Fintech
Es importante resaltar que este tipo de plataformas tecnológicas han fructificado en armonía con la legislación que le es aplicable actualmente a las entidades financieras reguladas y supervisadas. Sin embargo, como aseguran los expertos, es necesario reconocer que el surgimiento de las Fintech trae consigo innovación y modelos de negocio que no son equiparables con los servicios financieros tradicionales por lo que deben de ser reguladas de forma específica.
Ante una realidad digital y dando prioridad al fomento de la economía digital, las autoridades hacendarías y financieras se dieron a la tarea de comenzar el debate sobre la elaboración de una Ley que regulara estas empresas para dar certeza jurídica al sector así como a los consumidores así como para poder contar con un marco normativo cuando estas plataformas sean usadas con fines delictivos como lo puede ser el fraude, robo de identidad o lavado de dinero.
En virtud de lo anterior, nace el anteproyecto de iniciativa para la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) la cual tiene como objeto regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) (empresas Fintech como también se les conoce) y el establecimiento de las condiciones para que las entidades financieras puedan desarrollar innovaciones tecnológicas en espacios regulatorios seguros. Con esto se busca poner a México a la vanguardia en la materia e incrementar el nivel de inclusión financiera en todo el país, así como mejorar las condiciones de competencia en el sistema financiero mexicano.
Esta propuesta lleva más de un año “en el horno”, periodo que ha permitido el intercambio puntos de vista de autoridades, necesidades del sector y opiniones de expertos jurídicos que permitan contar con una norma que sea suficientemente flexible como para no asfixiar los emprendimientos y fomentar un sector competitivo pero que regule lo suficiente para mitigar los riesgos y dar seguridad a los usuarios.
Por eso, la norma establece los principios para que las diferentes autoridades financieras; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Banco de México (Banxico) y Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), emitan una regulación secundaria que permita una mayor a adaptabilidad de las normas al dinamismo del sector.
A pesar de que se especulaba que la Ley FinTech sería presentada en el mes de septiembre por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, seguimos en espera y sólo podemos hablar del anteproyecto que fue dado a conocer por la Asociación Fintech de México con el permiso de las autoridades. Dicho documento se basa en los principios de inclusión e innovación financiera, protección al consumidor, preservación de la estabilidad financiera, promoción de la sana competencia y prevención de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.
Lorenza Martínez Trigueros, Directora General de Sistemas de Pagos y Servicios Corporativos del Banco de México, advierte que uno de los valores de la Ley es brindar una regulación mucho más “ligera” a las nuevas figuras que ofrecerán servicios financieros y que por los riesgos al que estarán sujetas no requieren una norma tan compleja y pesada como la de los bancos. “Muchas veces se ve la regulación como una manera de restringir. Un caso, comenta, es el financiamiento colectivo o crowdfunding, un modelo que no existe en nuestra regulación actual, de ahí el hacer esta actividad de una manera segura, con toda la certidumbre jurídica.”
Protección al Consumidor
Entre los objetivos de la Ley, se encuentra la protección al consumidor, para lo cual establece mecanismos de defensa y verificación de estándares mínimos y otorga facultades de regulación y supervisión a las autoridades financieras. Se establecen los lineamientos para la protección de datos personales y la obligación de completa divulgación a clientes e inversionistas del modelo de operación y factores de riesgo que podrían representar las ITF. La supervisión se someterá a las facultades de la CONDUSEF, por lo que se emitirá regulación secundaria relacionada con la formalización de las relaciones jurídicas y la solución de controversias. Al respecto se modifica la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y se incluye a las ITF como entidades financieras en términos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
Javier Soní, socio del despacho Creel Abogados, quien representó al sector Fintech en algunas de las mesas de trabajo sobre la iniciativa, comenta que la ley es consistente en materia de lavado de dinero y protección del consumidor, ya que se establecen muchas salvaguardas en ese sentido. Contiene, señala, varias disposiciones para darle información a los inversionistas; por ejemplo, en crowdfunding, piden a las plataformas, informar con claridad cuáles son los riesgos de los proyectos, así como los protocolos para el resguardo de seguridad, prevención de fraudes, identificación de clientes y prevención de lavado de dinero. “Puedes ver muchas disposiciones con la finalidad de proteger a los inversionistas. Creo que la ley tiene muy presente que no quieren que este tipo de plataformas se presten para que apuesten a ciegas en productos que no conocen o no tienen información suficiente.”
Regulación de Instituciones de Tecnología Financiera
Las ITF serán entidades autorizadas, reguladas y supervisadas por las autoridades financieras. Para operar, la Ley Fintech establece que requerirán de una autorización ante la CNBV, la cual se hará previa revisión de la información y documentación que se menciona en la ley y previo acuerdo del Comité Interinstitucional que estará integrado por 3 autoridades financieras clave: la SHCP, la CNBV y el Banxico.
La Ley que regula las ITF reconocerá 3 tipos de instituciones: las de financiamiento colectivo, las de fondos de pago electrónico y las de administración de activos virtuales.
Instituciones de Financiamiento Colectivo: Crowdfunding
Las Instituciones de Financiamiento Colectivo, conocidas como crowdfunding, por su nombre en inglés, son aquellas plataformas que ponen en contacto directo a personas interesadas en participar en esquemas de deuda, de capital y de copropiedad o regalías. Éstas brindan acceso a nuevas fuentes de financiamiento a segmentos de la población que normalmente no son atendidos por las entidades financieras tradicionales, regulándose 3 formas:
- Instituciones de Financiamiento colectivo de deuda: Aquellas en donde la plataforma pone en contacto directo a inversionistas con solicitantes que requieren de financiamiento, quienes, posteriormente, retornarán los recursos, generalmente, con el pago de un interés.
- Instituciones de financiamiento colectivo de capital: Aquellas que facilitan que los inversionistas aporten recursos, a través de la plataforma para obtener participaciones en el capital social de personas morales solicitantes que se promuevan por este medio para posteriormente ser partícipes de las utilidades de dichas personas morales.
- Instituciones de financiamiento colectivo de copropiedad o regalías: Aquellas en donde los inversionistas aportan recursos a un proyecto obteniendo una participación en un bien o derecho (figura que ya ha sido regulada a nivel internacional en países como Estados Unidos, Canadá, China, España, Italia, Francia, Reino Unido y Nueva Zelanda).
Instituciones de Fondos de Pago Electrónico: E-wallets
La Ley contiene la regulación de las instituciones de fondos de pago electrónico. Al respecto, Perú, Paraguay, Brasil, Colombia, Uruguay, Kenia y la Unión Europea, entre otras jurisdicciones, han regulado esta práctica, definiéndolos en términos similares, como el valor monetario representado por un crédito exigible a su emisor, almacenado en un soporte electrónico o digital, cuyo valor es constante, denominado en la misma moneda y equivalente a los fondos recibidos por el emisor contra su entrega.
Las Fintech realizarán servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico (e-money por su nombre en inglés). Para eso, se define como fondos de pago electrónico al valor monetario emitido a la par contra la recepción de moneda de curso legal, que servirá para hacer pagos y transferencias. Algunas de las plataformas más usadas para este tipo de pagos son Pay Pal, Sr. Pago, Saldo, entre otras.
Instituciones de Administración de Activos Virtuales
Las empresas Fintech a través de esta modalidad, cuentan con la capacidad de operar con activos virtuales que son representaciones de un valor digital verificable, que no se encuentran emitidos ni respaldados por ningún banco central o entidad financiera, es decir, que no tienen curso legal, y a pesar de eso, generan unidades para su intercambio debido a su aceptación por el público.
En años recientes, el uso de activos virtuales, en especial las criptomonedas, encabezadas por el Bitcoin, se ha incrementado, así como su aceptación y valor, por lo que la regulación de instituciones en las que se intermedia con estos activos se ha vuelto cada vez más pertinente. Además, se propone que las personas que ofrezcan en territorio nacional la compra y venta de activos virtuales, queden sujetas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Las personas que ofrezcan en territorio nacional la compra y venta de activos virtuales o criptomonedas, quedarán sujetas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Otras Instituciones FinTech
Considerando que la velocidad con que ocurren los avances tecnológicos no permite ajustar con la adecuada oportunidad los supuestos de las normas jurídicas y que muchas de las empresas que desarrollan esquemas o medios innovadores son de reciente creación, el anteproyecto contempla, además de las ITF, la regulación de “Empresas Innovadoreas”. Para operarlas, se deberá contar con una autorización temporal otorgada por la Comisión Supervisora competente a la materia de innovación, con el propósito de probar sus modelos de negocio basados en tecnología en actividades financieras. Con ello, se busca que las sociedades que operen bajo esta dinámica, otorguen sus servicios a un número reducido de clientes y por un tiempo limitado, que permita experimentar y desarrollar su innovación en el mercado real de forma controlada y supervisada por las autoridades.
Esta regulación ya opera en varios países, entre ellos el Reino Unido y Singapur, pioneros en crear una figura conocida en inglés como Regulatory Sandbox. Adicionalmente, la Iniciativa contempla la posibilidad de otorgar autorizaciones temporales a las entidades financieras para llevar a cabo actividades contempladas en su objeto social a través de Modelos Novedosos cuando sean necesarias excepciones a las disposiciones de carácter general que les sean aplicables.
En la experiencia internacional existen un conjunto de reglas y especificaciones que permiten que las aplicaciones tecnológicas puedan comunicarse entre ellas, denominadas APIs (por sus siglas en inglés, Application Programming Interface o Interfaces de Programación de Aplicaciones). El proyecto de ley propone que las entidades financieras y las ITF cuenten con esta herramienta de manera abierta, permitiendo la interconectividad de los servicios financieros digitales siempre y cuando exista un previo consentimiento de los usuarios, mencionando específicamente que esto no sería una violación al secreto financiero. Pero, para utilizar los datos que se compartan a través de las APIs se deberá cumplir con las disposiciones de carácter general que emita la autoridad competente.
Para poder contar con una visión más amplia y plural de este debate, en Foro Jurídico entrevistamos a autoridades, empresarios FinTech y expertos jurídicos que nos dieron su punto de vista sobre el sector así como del anteproyecto de la Ley.
El Anteproyecto de la Ley de Tecnología Financiera propone reformar adiciona y deroga las siguientes normas :
- Ley de Instituciones de Crédito
- Ley del Mercado de Valores
- Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
- Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia
- Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
- Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
- Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia
Responsables del crecimiento del fenómeno Fintech
- La alta penetración de Internet y los dispositivos móviles inteligentes
- Un fuerte ecosistema de emprendimiento y de comercio electrónico
- Una baja penetración de la bancarización
- Una oferta de crédito al consumo poco sofisticada.
Principales Segmentos Fintech en México*:
85% de las startups Fintech se encuentran en 6 segmentos financieros:
- Préstamos 23%
- Pagos y Remesas: 22%
- Gestión de Finanzas Empresariales: 15%
- Gestión de las Finanzas Personales: 10%
- Crowdfunding: 9%
- Seguros: 6%
*Finnovista
Las Fintech*
El término Fintech deriva de las palabras finance technology, se utiliza para denominar a las empresas que ofrecen productos y servicios financieros, haciendo uso de tecnologías de la información y comunicación, como páginas de internet, redes sociales y aplicaciones para celulares. De esta manera prometen que sus servicios sean menos costosos y más eficientes que los que ofrecen la banca tradicional. Actualmente operan alrededor de 158 Fintech en el país.
¿Qué servicios ofrecen?
Estas empresas financieras operan como intermediarios en transferencias de dinero, préstamos, compras y venta de títulos financieros, así como asesoramiento financiero. Las áreas en las que se desenvuelven son:
- Pagos y remesas.
- Préstamos.
- Gestión de finanzas empresariales.
- Gestión de finanzas personales.
- Crowdfunding (financiamiento de proyectos).
- Gestión de inversiones.
- Seguros.
- Educación financiera y ahorro.
- Soluciones de scoring, identidad y fraude.
- Trading y mercados.
¿Por qué las Fintech son atractivas?
Estas entidades resultan atractivas principalmente para personas jóvenes, ya que la mayoría de ellas están vinculadas a tecnologías relacionadas con dispositivos móviles, y generalmente, no hay necesidad de ir a una sucursal para llevar a cabo algún trámite; por lo que son innovadoras y flexibles al público.
*CONDUSEF
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