Por: Zulima González.
La crisis económica ocasionada por la pandemia del COVID-19 ha provocado que muchas empresas pierdan liquidez e incluso se encuentren al borde de quiebra. Lo anterior, ciertamente tendrá como consecuencia que muchas de estas empresas elijan el concurso mercantil como mecanismo para reestructurar sus deudas o tramitar su bancarrota. Sin embargo, ante la falta de tribunales especializados en materia concursal, especialmente en la Ciudad de México, Nuevo León y Jalisco, las empresas podrán enfrentarse a una impartición deficiente de justicia.
Así es, pues los juzgados de distrito ante los cuales actualmente se tramitan los concursos mercantiles ya se encuentran saturados, lo cual no es ninguna novedad, pues conocen de asuntos en materia de amparo, civil, mercantil e incluso laboral, haciendo imposible diligenciar de manera eficiente varios procedimientos de la magnitud y especialización que representan los concursos mercantiles.
De acuerdo con las estadísticas publicadas por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM) en su último Informe Semestral De Labores, correspondiente al periodo transcurrido del 16 de mayo al 30 de noviembre de 2019, desde el año 2000, en el cual se publicó la Ley de Concursos Mercantiles vigente, en la Ciudad de México se han radicado 304 concursos mercantiles, que representan el 40% en la incidencia histórica nacional. Después de la Ciudad de México, las entidades con mayor número de asuntos radicados son Jalisco con 95 (12%) y Nuevo León con 83 (10%). Consecuentemente, es altamente probable que los Juzgados de Distrito que actualmente conocen de concursos mercantiles en estos estados, reciban próximamente una oleada de nuevos asuntos, en virtud de las dificultades económicas y financieras que enfrentan las empresas.
Si bien el número de concursos mercantiles en México no es tan alto como en otros países, lo cierto es que resulta indispensable la creación de los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil para garantizar el acceso a una justicia eficaz a todas esas empresas y/o acreedores que deseen acudir al concurso mercantil para resolver un problema de insolvencia. Así, el Consejo de la Judicatura Federal deberá dar cumplimiento al Decreto publicado el 10 de enero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones en materia financiera y se expidió la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, mejor conocido como la “Reforma Financiera”.
Uno de los principales objetivos de la Reforma Financiera fue promover que el sector financiero contribuya en mayor medida al crecimiento económico, para lo cual se buscó ampliar el otorgamiento de crédito a través de las instituciones financieras privadas, mediante diversos elementos y herramientas, entre los cuales se encuentra el mejoramiento del régimen de concursos mercantiles. En ese sentido se añadieron y reformaron diversos preceptos de la Ley de Concursos y se adicionó el artículo 53 bis al Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señalando que los jueces de distrito mercantiles federales serán los competentes para conocer todas las controversias en materia concursal, ordenándose al Consejo de la Judicatura Federal tomar las medidas necesarias para lograr el efectivo cumplimiento de dicho decreto de reforma en un término de 6 meses siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
A la fecha, el Consejo de la Judicatura Federal, en cumplimiento a lo dispuesto en la Reforma Financiera de 2014, únicamente ha creado un Juzgado de Distrito en Materia Mercantil, el cual tiene su residencia en Toluca, Estado de México. De tal suerte, es indispensable la creación de los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil, al menos en los estados en los cuales se tramitan el mayor número de concursos mercantiles, a efecto de evitar la saturación de su sistema judicial, así como para brindar a las partes una atención especializada en materia de insolvencia, lo cual se traducirá en una justicia completa.
A propósito de lo anterior, el Instituto de Especialistas de Concursos Mercantiles, a través de su Director General, Edgar Manuel Bonilla, ha recomendado la creación de Juzgados Regionales Especializados de Concursos Mercantiles, ante la necesidad de contar con juzgadores con los conocimientos que la materia requiere. Asimismo, en la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el Título Décimo Quinto “Régimen Concursal de Emergencia” a la Ley de Concursos Mercantiles, presentada el 26 de abril de 2020, por la Senadora Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, se propone que el Consejo de la Judicatura Federal designe a los juzgados de distrito con experiencia en concursos mercantiles como los especializados en concursos bajo el capítulo de emergencia que se plantea añadir a la Ley Concursal, a fin de que sean estos los que preferentemente se hagan cargo de dichos procedimientos.
Lo expuesto es de especial relevancia ante las circunstancias actuales, ya que aún superada la crisis de salud ocasionada por el COVID-19, tendremos que lidiar con la “pandemia” de insolvencias que se avecinan.


