2026, 05, 26
  • Noticias
  • La Revista
  • Columnistas
Foro Jurídico

  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
    • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      por Foro Juridico
      4 junio, 2021
    • El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      por Foro Juridico
      28 mayo, 2021
    • Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      por Foro Juridico
      21 mayo, 2021
    • El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      por Foro Juridico
      14 mayo, 2021
  • Premio Foro Jurídico
Foro Jurídico
Foro Jurídico
portal foro jurídico justicia administrativa
Instituciones Jurídicas

La Buena Administración como Derecho Fundamental en la Constitución Política de CDMX

por Foro Juridico
15, febrero, 2019
1534
0
3 minutos de lectura

El magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, maestro Arturo González Jiménez, dictó la conferencia magistral titulada “La Buena Administración como Derecho Fundamental en la Constitución Política de la Ciudad de México”.

El magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (TJACDMX), maestro Arturo González Jiménez, afirmó toda la ciudadanía, sin ninguna distinción, tiene derecho a exigir a las autoridades de la ciudad una buena administración, porque es un derecho que se encuentra consagrado en dos ordenamientos: la “Constitución Política de la Ciudad de México” y en la recién promulgada “Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México”.

Al dictar la conferencia magistral “La Buena Administración como Derecho Fundamental en la Constitución Política de la Ciudad de México”, el magistrado añadió que los ciudadanos de la gran ciudad tienen derecho a exigir y demandar buenos servicios públicos y que éstos cumplan con sus expectativas de vida, porque se trata de un derecho humano.

En el auditorio “Benito Juárez” y con la presencia de funcionarios del TJACDMX, González Jiménez subrayó que el derecho social a una buena administración ya está vinculado a los aspectos del buen gobierno. Lo que significa, dijo, uno de los capítulos más sobresalientes de la vida pública del país y la ciudad.

En otro orden de ideas, el también maestro universitario dijo que en cualquier institución gubernamental, las personas tienen derecho a que los funcionarios traten sus asuntos de forma imparcial y equitativa y dentro de un plazo razonable que convenga a sus intereses.

Igual toda persona tiene derecho a ser escuchada antes de que se decida cualquier tema, en contra de sus intereses, una medida individual que le afecte desfavorablemente. Así, como conocer en su totalidad el expediente que le afecte sus intereses particulares legítimos, siempre conservando el aspecto confidencial y el secreto profesional.

Todos los justiciables tienen derecho a la reparación, por parte del gobierno, de los daños causados por sus instituciones o sus diversos funcionarios, siempre en el ejercicio de sus funciones.

A continuación el Artículo 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México, que se refiere a el tema de una “Ciudad Democrática”.

A.- Derecho a la buena administración pública

Toda persona tiene  derecho a una buena administración pública, de carácter receptivo, eficaz y eficiente, así como a recibir los servicios públicos de conformidad con los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

2. Las autoridades administrativas deberán garantizar la audiencia previa de los gobernados frente a toda resolución que constituya un acto privativo de autoridad. En dichos supuestos, deberán resolver de manera imparcial y equitativa, dentro de un plazo razonable y de conformidad con las formalidades esenciales del procedimiento.

3. En los supuestos a que se refiere el numeral anterior, se garantizará el acceso al expediente correspondiente, con respeto a la confidencialidad, reserva y protección de datos personales.

4. La ley determinará los casos en los que deba emitirse una carta de derechos de los usuarios y obligaciones de los prestadores de servicios públicos. Las autoridades conformarán un sistema de índices de calidad de los servicios públicos basado en criterios técnicos y acorde a los principios señalados en el primer numeral de este apartado.

Temas:
  • justicia administrativa

Artículos recientes

  • ¿Términos y condiciones? (Cuarta parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Tercera parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Segunda parte)
  • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021
  • Prisión preventiva, presunción de inocencia y voto

La Revista en línea

Suscríbase al Newsletter

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad

Input your search keywords and press Enter.
Foro Jurídico
  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
  • Premio Foro Jurídico

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad