La reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) se concretó el pasado mes de marzo y para sus efectos se expidieron dos leyes secundarias: la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial; y se reformaron cinco leyes más: Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Ley Federal de Defensoría Pública, Ley de Amparo, Ley Reglamentaria de las fracciones 1ª y 2ª del Artículo 105 Constitucional y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Como parte de la reglamentación secundaria de esta reforma de gran calado –como la han calificado sus abanderados–, el pasado 15 de abril el Pleno del Senado de la República votó y aprobó la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF), en el dictamen se incluyó, de última hora, la adición de un artículo Décimo Tercero transitorio que amplía dos años el mandato del actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y de los actuales consejeros del CJF. La propuesta fue del senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), cuyo argumento es la perfecta implementación de la citada reforma y que ha causado un análisis profundo del mismo y sus efectos constitucionales.
“Desde su sorpresiva presentación en la Cámara de origen, la adición causó revuelo nacional e internacional. Voces de analistas políticos, destacados juristas, Colegios y Barras de Abogados e instancias internacionales como la CIDH, advertían una flagrante violación a la Constitución Política de México, así como a la independencia judicial y a la separación de poderes”.
Por su relevancia, reproducimos el texto íntegro en el que el senador Bolaños-Cacho Cué fundamenta la adición del artículo en cuestión: “si queremos transformar al Poder Judicial de la Federación y cumplir así los anhelos de justicia del pueblo de México debemos asegurarnos de que el órgano administrativo encargado de su instrumentación cuente con el tiempo y la continuidad necesarios para efectuar los cambios profundos que la Constitución y las presentes leyes imponen y, por ello, se sugiere a esta Soberanía adicionar un artículo transitorio por el cual se prorroguen por dos años los cargos de quienes integran el Consejo de la Judicatura.”
“Este transitorio es indispensable para la correcta y adecuada instrumentación de la reforma al Poder Judicial de la Federación que se conforma tanto por la Constitución como por las leyes reglamentarias y orgánicas a que se refiere el presente decreto. Ampliar por dos años el periodo de ejercicio de los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal dotará de coherencia a la implementación de las reformas, le dará una dirección cierta y permitirá concretarla. La fase legislativa es solo la primera etapa de la renovación judicial que planteamos. La fase complementaria es la de su implementación efectiva por parte del Poder Judicial, lo que exige contar con el tiempo necesario para aterrizar la visión del Constituyente de una justicia renovada y de calidad para todas las personas”.
En correspondencia, el cuestionado artículo Décimo Tercero transitorio de la ley Orgánica del PJF establece que: “DÉCIMO TERCERO. Con el fin de implementar la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación de 11 de marzo de 2021 y las leyes reglamentarias a las que se refiere el presente Decreto, la persona que a su entrada en vigor ocupe la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal durará en ese encargo hasta el 30 de noviembre de 2024. Asimismo, el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de diciembre de 2016 concluirá su encargo el 30 de noviembre de 2023; el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 24 de febrero de 2019 concluirá sus funciones el 23 de febrero de 2026; el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Ejecutivo Federal el 18 de noviembre de 2019 concluirá el 17 de noviembre de 2026; las Consejeras de la Judicatura Federal designadas por el Senado de la República el 20 de noviembre de 2019 concluirán su encargo el 19 de noviembre de 2026; y el Consejero de la Judicatura Federal designado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de diciembre de 2019 durará en funciones hasta el 30 de noviembre de 2026”.
Una vez aprobado en el Senado, la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados en donde culminó el proceso legislativo con su controversial aprobación, a pesar del llamado de una gran cantidad de juristas, especialistas, académicos y analistas políticos, de todo el país, demostrando que dicho artículo transitorio es contrario al texto de los artículos 97 y 100 de la Carta Magna.
Desde su sorpresiva presentación en la Cámara de origen, la adición causó revuelo nacional e internacional. Voces de analistas políticos, destacados juristas, Colegios y Barras de Abogados e instancias internacionales como la CIDH, advertían una flagrante violación a la Constitución Política de México, así como a la independencia judicial y a la separación de poderes. Se pedía inclusive, que los diputados realizaran una discusión reflexiva en parlamento abierto y no aprobaran dicho artículo en fast track, aunque de nada sirvió.
El trámite legislativo previsto para adiciones, según dispone el artículo 200 del reglamento del Senado de la República, debe ser objeto del debate y votación en lo particular, explicó para Foro Jurídico el Dr. Eduardo Castellanos Hernández, especialista en Derecho Constitucional y Electoral. Sin embargo, la exposición de la reserva duró menos de minuto y medio en tribuna dando la amplia ventaja al partido mayoritario (Morena) y sus aliados, que incluyó al PRI y al PVEM, a votar a favor del dictamen que contenía el transitorio en cuestión.
“La postura del CJF fue dejar claro que el artículo transitorio ՙno solo fue elaborado por el equipo redactor de las propuestas originales, sino que tampoco fue solicitado por el Poder Judicial Federal՚.”
Del debate legislativo, refirió el Dr. Castellanos, solo rescato la afirmación del coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, quien afirmó, palabras más palabras menos, que los senadores que ahora están en la oposición habían hecho exactamente lo mismo, seguramente se refería a la ampliación del periodo de varios de los actuales magistrados integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF, señaló el jurista.
En efecto, justo después de la aprobación, al ver la reacción adversa de los partidos de oposición, el senador Monreal dijo, “El PRI y el PAN decidieron desde la época posrevolucionaria asaltar al Poder Judicial Federal. Todo está inscrito en lo electoral, hay campaña y esto representa votos, esa es la verdad. Cómo pueden decirse sorprendidos quienes votaron a favor. No se llamen a sorprendidos, no se llamen asaltados. Los llamo a la cordura, los llamo a la calma, los llamo a la prudencia, no todo es tiempo electorero, no todo es tiempo de campaña política”.
Con el avance del dictamen en el Senado, la postura del Consejo de la Judicatura Federal fue dejar claro que el artículo transitorio “no solo no fue elaborado por el equipo redactor de las propuestas originales, sino tampoco fue solicitado por el Poder Judicial Federal”. Asimismo, comunicó que esperarían a que el trámite legislativo concluyera para poder pronunciarse y concluyó reiterando que “nuestra única prioridad es que sean aprobadas las leyes reglamentarias de la reforma constitucional al Poder Judicial Federal, que consoliden su autonomía e independencia”.
No obstante, la ola de argumentos jurídicos en contra de lo dispuesto en el transitorio no se hizo esperar, con miras a que la Cámara revisora pudiera “corregir la plana”. Como ya se dijo, Colegios de Abogados, destacados juristas, analistas políticos y organismos internacionales pidieron a los diputados no aprobar el dictamen en esos términos. Incluso la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) pidieron a los diputados corregir “una evidente transgresión constitucional”.
De igual forma, la Barra Mexicana Colegio de Abogados dirigió una misiva a la presidenta de la Cámara de Diputados, Dulce María Sauri Riancho, solicitó a la Cámara de Diputados, dentro del ejercicio soberano de sus atribuciones constitucionales, rechazar tal adición, atendiendo a los argumentos y consideraciones constitucionales, haciendo prevalecer ante todo la Constitución que deben guardar y hacer guardar.
Contraviene la Constitución
El Décimo Tercero transitorio de la Ley Orgánica del PJF viola directa y flagrantemente los artículos 97, 100 y el 133 de la Constitución Federal. Explicado en su comunicado la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas (ANDD), dicha reforma es inconstitucional al violar flagrantemente el artículo 97 de la Constitución General de la República, que dispone: “cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”, así como del artículo 100 que establece: “los Consejeros durarán cinco años en su cargo, serán sustituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período”.
También, va en contra de la Supremacía Constitucional establecida en el artículo 133: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas”.
La ANDD manifestó que ampliar el mandato del presidente de la SCJN y de los consejeros del CJF es igualmente violatoria de los principios de división de poderes, seguridad jurídica, independencia del Poder Judicial e irretroactividad en la aplicación de las leyes. Asimismo, afecta directamente la legitimidad y credibilidad de la Suprema Corte como Tribunal Constitucional y del Consejo de la Judicatura, como órgano de administración y disciplina de los integrantes del Poder Judicial Federal.
“La ANDD manifestó que ampliar el mandato del presidente de la SCJN y de los consejeros del CJF es igualmente violatoria de los principios de división de poderes, seguridad jurídica, independencia del Poder Judicial e irretroactividad en la aplicación de las leyes.”
El presidente de la ANDD, Elías Huerta Psihas, subrayó que pretender reformar una norma constitucional con un artículo transitorio en una norma secundaria, es a todas luces una contravención a la Carta Magna. En ese sentido, el Doctor en Derecho Marco Antonio Zeind, Director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la UNAM, comentó que “sabemos todos que no puede estar un transitorio de una norma secundaria por encima de un artículo constitucional y la supremacía constitucional, precisamente, versa en ello”.
De igual forma, el investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el reconocido constitucionalista Diego Valadés Ríos, expresó su preocupación en diferentes medios pues “se están tomando decisiones de manera precipitada, poco reflexionada y sin tener en cuenta un referente fundamental que es la Constitución”. También calificó de irresponsable la iniciativa del senador del PVEM y desechó “que tenga ese segundo propósito de generar un espacio para otra hipotética prórroga de mandato en otros niveles del poder público mexicano”, una preocupación que ha estado rondando en lo que va del sexenio y se reavivó a raíz de esta decisión legislativa.
Entre las reacciones internacionales destacaron las de Human Rights Watch (HRW) y la CIDH. En un mensaje a través de su cuenta de twitter, José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de HRW señaló que, al extender el mandato al actual presidente de la SCJN, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) tendría mayoría de 4 de los 7 miembros del Consejo de la Judicatura, además de la mayoría en el Congreso con lo que podría aprobar el retiro forzoso de jueces.
“José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de HRW señaló que, al extender el mandato al actual presidente de la SCJN, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) tendría mayoría de 4 de los 7 miembros del Consejo de la Judicatura, además de la mayoría en el Congreso con lo que podría aprobar el retiro forzoso de jueces.”
En la misma red social, la Corte Interamericana de Derechos Humanos llamó al gobierno de México a “garantizar que la duración de los mandatos de cargos directivos de la SCJN y la CJF se ajusten a los plazos constitucionales establecidos en resguardo de su independencia conforme a los estándares interamericanos”.
Acción de Inconstitucionalidad
Días después de concluido el proceso legislativo, las bancadas del PAN, PRI, MC y PRD anunciaron que promoverían de forma conjunta una acción de inconstitucionalidad en contra del citado artículo décimo tercero transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que amplía por dos años la presidencia de la SCJN, y de los integrantes del CJF. “La aprobación en el Congreso de la Unión del artículo décimo tercero transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación no solo contraviene los artículos 94 y 97 de la Constitución Política, sino que, adicionalmente, compromete la independencia del Poder Judicial”, señalan en un comunicado las fracciones parlamentarias, “convencidas de que las y los ministros de la SCJN compartirán nuestra convicción de hacer valer la Constitución de la República y proteger la división de poderes, el Estado de derecho y la democracia”, concluyeron.
Aunque su aprobación en la Cámara de Diputados era evidente porque el presidente mostró su apoyo, en consecuencia, la coalición parlamentaria que lo apoya votaría, como sucedió, a favor del dictamen sin cambios, opinó el Dr. Castellanos, el asunto llegará al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ese supuesto, Arturo Zaldívar tendrá que excusarse de participar en el debate quedando la decisión en 10 ministros y ministras, de los cuales 3 han sido propuestos por el actual presidente de la República y se requieren 8 votos en esta materia, explicó el profesor.
“No se necesita de gran ciencia para suponer que el Décimo Tercero transitorio va a ser declarado constitucional”, predice el también investigador. Sin embargo, coincide con el Dr. Huerta y el Dr. Zeind en que, de ser declarada constitucional, se deberán agotar todas las instancias, incluso las internacionales, aunque por criterios de oportunidad y temporalidad para cuando haya un fallo, lo más probable es que ya no exista materia para un juicio.
El Dr. Zeind considera que esto no sucederá y que en caso de que la SCJN no declare inconstitucional ese transitorio, “como Estado deberemos replantearnos, no solamente la supremacía constitucional. En caso de que lamentablemente sucediera, sí hay mecanismos para hacer valer los derechos humanos, y en este caso, algunos derechos fundamentales de la Corte Interamericana [pero] Tanto la ejecución de una posible resolución en contra del Estado Mexicano como el tiempo que puede tardar dejaría prácticamente sin materia ese juicio”, explicó.
“El Dr. Zeind considera que esto no sucederá y que en caso de que la SCJN no declare inconstitucional ese transitorio, ՙcomo Estado deberemos replantearnos, no solamente la supremacía constitucional. En caso de que lamentablemente sucediera, sí hay mecanismos para hacer valer los derechos humanos, y en este caso, algunos derechos fundamentales de la Corte Interamericana՚.”
Por su parte, El Consejo General de la Abogacía Mexicana (CGAM) emitió un pronunciamiento en el que reiteran que el ordenamiento violenta los fundamentos del estado constitucional y democrático de derecho y establece un alarmante precedente en torno a la temporalidad, independencia y legalidad a las que debe sujetarse el ejercicio de los cargos públicos en nuestro sistema de gobierno, y muy particularmente, aquellos que son de especial trascendencia para el Estado mexicano, como es el caso de la presidencia de la SCJN y del CJF.
En su comunicado, los Colegios que forman parte del CGAM, hicieron un llamado a los ministros y ministras de la SCJN “para que, en su oportunidad, como guardianes de nuestra Ley Fundamental y del orden constitucional, declaren la inconstitucionalidad de este precepto normativo”. Además, le recordaron al ministro Arturo Zaldívar que con motivo de acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra del decreto que autorizaba las ampliaciones de los encargos de los integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se consideró que “[Lo] que al margen de las intenciones que haya podido tener el decreto, constituye una intromisión externa que se presta a suspicacias y en tal sentido genera una apariencia de falta de independencia. El proyecto expone con amplitud los precedentes tanto de este tribunal como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de independencia judicial, de los que deriva la exigencia de dotar de certidumbre a los procedimientos de designación y de proscribir la discrecionalidad de los órganos políticos en dichos procedimientos, lo que se logra mediante procesos de nombramiento objetivos, llevados a cabo conforme a normas preestablecidas no normas posteriores al perfeccionamiento del nombramiento. La independencia judicial exige que el Congreso no pueda desplegar su acción legislativa respecto de las condiciones de los nombramientos de titulares de un tribunal”.
La Política y el Marco Legal
El Derecho Constitucional es el derecho político por excelencia y por lo tanto son cuestiones eminentemente políticas. La política tiene un ámbito de discrecionalidad muy amplio y justamente la ley permite contener esa discrecionalidad para institucionalizarla y darle un cauce legal y cuando ese cause se rompe, ya hay un gobierno francamente anticonstitucional, enfatizó el Dr. Eduardo Castellanos. Cuando a sabiendas se incurre en la inconstitucionalidad de manera reiterada es que, para gobernar se ha escogido o se corre el riesgo de escoger el camino de la anticonstitucionalidad, insistió Castellanos. También existe el riesgo de que, como sucedió con el Tribunal Electoral, la conveniencia política prevalezca sobre la vara de la justicia y es lo preocupante, añadió.
En concordancia, Marco Antonio Zeind indicó que la parte más preocupante de todo es ver que como en las Cámaras se puede estar votando algo que a todas luces es inconstitucional y el camino nos lleva a la anticonstitucionalidad. Destacó la gravedad de que desde el poder legislativo se vulnere el Estado Democrático y Constitucional de Derecho, lo que debe encender algunas alarmas y empezar a analizar la ética de las y los legisladores.
“La política tiene un ámbito de discrecionalidad muy amplio y justamente la ley permite contener esa discrecionalidad para institucionalizarla y darle un cauce legal y cuando ese cause se rompe, ya hay un gobierno francamente anticonstitucional, enfatizó el Dr. Eduardo Castellanos.”
Desde que se hizo pública la aprobación de la reforma y el transitorio en el Senado, tal como expresó anteriormente el Dr. Castellanos, AMLO en sus conferencias matutinas dio su aval a dicho artículo, lo que puso en marcha “a la aplanadora legislativa de Morena y sus aliados”, tal como se vio en sexenios pasados.
“No se nos va a volver a presentar una oportunidad así. Si no se amplía el periodo, quien llegue va a ser más de lo mismo. Más de lo anterior. Más de lo que significaba el antiguo régimen”. La ampliación del mandato de Zaldívar “es garantía de que esos cambios se van a llevar a la práctica, que se van a realizar, yo estoy de acuerdo”, y aseguró que el artículo transitorio no es inconstitucional.
Mientras que lo verdaderamente esperado llegó después de su aprobación en San Lázaro, en su pronunciamiento, el ministro Arturo Zaldívar destacó que estará “atento, primero a su publicación y después a cualquier acción legal que se llegara a presentar ante la SCJN, órgano que, en su caso, deberá analizar y resolver cualquier cuestión de constitucionalidad”.
Explicó que por respeto al proceso legislativo no emitió ningún pronunciamiento prematuro y afirmó que “ejercerá el cargo de Presidente de la SCJN y del CJF por el periodo para el cual fui electo por mis pares y estaré a la determinación de la SCJN respecto del precepto en cuestión”, aseveró que seguirá defendiendo la autonomía e independencia del Poder Judicial.
Respecto a la postura del ministro Zaldívar, el profesor Zeind expresó: “yo creo que con todos los criterios que ha establecido en su trabajo, nos queda claro que él no estaría de acuerdo con una ampliación del mandato como no estuvo de acuerdo en el momento de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF, en donde señaló claramente que la acción legislativa no podía operar para ese caso en aras de la defensa de la independencia judicial”.
Aunque la atención se centró en el Presidente de la Corte, no podemos perder de vista que también tiene un efecto fundamental y profundo el hecho de que haya una ampliación en el mandato de los consejeros y consejeras de la Judicatura Federal, lo cual implica una discriminación para todos y todas las aspirantes, y da un trato diferenciado a algunas personas. Es un parte aguas en la consolidación de nuestra democracia, debemos estar observando lo que sucede, concluyó.
Al cierre de esta edición, López Obrador aseveró que los ministros y ministras de la Corte que no estén de acuerdo con la ampliación de Zaldívar serían cómplices de la corrupción. Al responder una pregunta en su conferencia matutina del 26 de abril, expresó que “conscientes o inconscientemente, por el coraje que les produce la transformación que se está llevando a cabo en el país, pues apoyan al régimen de corrupción, porque en este caso lo que se aprobó fueron leyes para reformar al Poder Judicial y se consideró de que estas reformas se llevarían a cabo siempre y cuando el presidente de la Suprema Corte y el presidente a la vez –es la misma persona– del Consejo de la Judicatura fuese una gente honorable, íntegra, que no perteneciera a los mismos grupos de poder económico y político que llevaron a la ruina al país, a la decadencia, los que avalaron la corrupción”.
Agregó que “consideramos que el ministro Arturo Zaldívar es una gente íntegra que podría llevar a cabo en dos años esa reforma. Y él termina como ministro en el 24 y se tiene que ir, no es una reelección, porque también esto hay que aclararlo. Y ya hay el antecedente, los actuales magistrados del Tribunal Electoral recibieron al apoyo para que se ampliara el plazo”.
“Entonces, imagínense, se hacen reformas y el encargado de conducir el proceso de transformación del Poder Judicial es un personaje del partido conservador del antiguo régimen, caracterizado por el servilismo en favor de los grupos de intereses creados, sobre todo del poder económico, que nunca se preocupan por el pueblo y a favor de la corrupción. ¿Pues de qué sirve que se lleve a cabo una reforma así?, pues es letra muerta”, remató.
Opinión del Ministro Arturo Zaldívar
En este contexto de críticas de todo tipo al inconstitucionalidad Artículo transitorio ya aprobado, el Ministro Arturo Zaldívar escribió en su columna en el diario Milenio, titulada “Un juez Constitucional”, que la reforma más importante desde la de 1994 “fue opacada por la inclusión de un artículo transitorio que prorroga por dos años la integración actual del Consejo de la Judicatura Federal, con el fin de implementarla”, reiterando que ese artículo no fue parte del proyecto elaborado por el Poder Judicial, mismo que “desató una ola de pronunciamientos que exigían de mi parte declaraciones condenatorias, deslindes inmediatos y confrontación […] Pero en una democracia constitucional los conflictos entre poderes se resuelven a través de los mecanismos que la propia constitución establece. Entrar en confrontación política, en el momento histórico que vivimos, limitaría mi capacidad para desempeñar la labor que me corresponde como cabeza del Poder Judicial […] satisfacer la sed de sangre de quienes ven en mí un instrumento de la política partidista haría un daño a la democracia y al Poder Judicial, que muchos no han dimensionado”.
Adelantó que fijar una postura “implicaría adelantar mi criterio sobre la constitucionalidad de una ley que muy probablemente deberá ser juzgada por la Suprema […] Si el orden constitucional ha sido subvertido, tenemos un Tribunal constitucional que desde hace un cuarto de siglo ha contribuido de manera decisiva a la construcción de nuestra institucionalidad. Tenemos un Tribunal constitucional autónomo e independiente que actuará con total imparcialidad, responsabilidad, diligencia y seriedad. Tenemos un Tribunal constitucional que hablará a través de un fallo que deberá ser respetado. De eso va la democracia. Y de mantener la imparcialidad para que los controles sean legítimos, de eso va ser juez constitucional”.
Frente a esta incuestionable afrenta a la Supremacía Constitucional, que la mayoría de los legisladores federales aprobaron incumpliendo con su obligación de “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan”, ahora solo queda esperar la resolución del Pleno de Ministros de la SCJN cuando resuelvan la Acción de Inconstitucionalidad que en breve presentarán los partidos de oposición, decisión que sin duda perfilará el rumbo de la política nacional, la relación entre los tres Poderes de la Unión, así como un legado de la 4T que podría dejar una gran huella en la historia de la incipiente democracia mexicana.
Por el bien de la Nación, de la democracia mexicana, de nuestro debilitado Estado de Derecho y de la autonomía e independencia del Poder Judicial, esperemos que los ministros de la SCJN voten en forma unánime declarando la inconstitucionalidad del multicitado Artículo transitorio de Ley Orgánica del PJF, de manera similar a como lo hicieron al rechazar la “Ley Bonilla”, que ampliaba el plazo del Gobernador de Baja California, Jaime Bonilla, contraviniendo expresamente un Artículo constitucional. Cabe recordar que Jaime Bonilla es un amigo muy cercano de AMLO, que fue el primer gobernador de Morena que impulsó el Presidente de la República y que igual se especulaba que el Ministro Arturo Zaldívar y los otros tres que propuso AMLO votarían en favor de Bonilla. Sin embargo, en un ejemplar ejercicio de autonomía judicial, congruencia y defensa de la Constitución, todos los ministros, encabezados por Arturo Zaldívar, enfática y vigorosamente votaron contra la “Ley Bonilla”, impidiendo que un ilegal y ficticio artículo de una ley secundaria estatal, violara la Constitución.
“Por el bien de la Nación, de la democracia mexicana, de nuestro debilitado Estado de Derecho y de la autonomía e independencia del Poder Judicial, esperemos que los ministros de la SCJN voten en forma unánime declarando la inconstitucionalidad del multicitado Artículo transitorio de Ley Orgánica del PJF.”
Ojalá que veamos este mismo escenario en el presente asunto y se debiliten las aspiraciones autoritarias y reeleccionistas de AMLO, fortaleciendo la independencia del Poder Judicial y la División de Poderes y que este tortuoso episodio de la “Ley Zaldívar”, quede en la historia de nuestro país como una “pesadilla anticonstitucional” superada y corregida por el guardián de la Constitución mexicana: la SCJN.