Para Ripley resultó la denuncia que hizo a los medios el vocero de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) al señalar que la Secretaría de la Función Pública (SFP) –dependencia encargada de fiscalizar a los servidores públicos federales–, se resistió a ser revisada respecto de su actuación en la Cuenta Pública 2019. Inclusive, señalaron en su comunicado que la ASF impidió a los auditores el acceso a sus instalaciones y archivos, mostrando absoluta resistencia y negándose los funcionarios requeridos a comparecer ante la ASF.
La posición adoptada por la SFP en esta revisión es contraria e incongruente con la aplicación de principios de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción y, sobre todo, al combate a la impunidad que la propia dependencia federal tiene entre sus facultades y que es uno de los ejes centrales del Gobierno de la 4T.
Habría que recordarle a Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, Titular de la SFP, que el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la ASF es el órgano máximo del Estado Mexicano para revisar el ejercicio y gasto de los recursos que autoriza anualmente para el gasto público la Cámara de Diputados a través de Presupuesto de Egresos de la Federación, y que, en el ejercicio de sus funciones, todos los entes públicos que ejercen recursos federales tienen la obligación de proporcionar la información y los documentos que se le requiera.
El propio artículo 79 de manera expresa establece que la Auditoría Superior podría en cualquier momento solicitar información de ejercicios de la cuenta pública que decida revisar, y que es obligación de los entes auditados entregarla sin reserva, previendo que en el caso de no hacerlo, los servidores públicos correspondientes serán acreedores a las sanciones que establezca la ley.
El ejercicio de la democracia implica la necesidad de contrapesos a los poderes públicos, en este caso al Poder Ejecutivo Federal, del que no depende el Auditor Superior de la Federación, quien es nombrado y regulado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, única autoridad ante la que tiene responsabilidad política y administrativa.


