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Imparte la JLCEA-DF Justicia Laboral Pronta y Expedita
Entrevistas / Noticias

Imparte la JLCEA-DF Justicia Laboral Pronta y Expedita: Margarita Rojas

por Janet Huerta Estefan
31, julio, 2015
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13 minutos de lectura

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA-DF) es el Tribunal responsable de la justicia laboral del Distrito Federal y es quizá una de las instituciones en la materia con más carga de trabajo en la República mexicana, dada la cantidad de demandas que reciben -casi 10 mil en lo que va del primer semestre del 2015-, afirma su Presidenta, Margarita Darlene Rojas Olvera, en una entrevista que concedió a Foro Jurídico, asegurando que en todo momento realizan acciones para proporcionar una justicia efectiva a cada una de las partes que acude a reclamar justicia laboral.

A 89 años de su creación, comenta Darlen Rojas, la JLCA-DF se ha consolidado como uno de los organismos laborales referentes en el país, por la cantidad de ciudadanos que atiende día con día y por la visión innovadora y transparente que ha implementado en beneficio de los usuarios. Una muestra de ello, es la certificación otorgada por el INFO-DF en el 2014, en materia de Ética Pública, Ley Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por haber capacitado al 100% del personal que actualmente integra la Junta Local.

La oralidad, explica, es una parte fundamental en el proceso de conciliación de las demandas laborales, de ahí que han instrumentado esfuerzos para cumplir con este mandato constitucional. La JLCA ha dado pasos importantes para brindar a los ciudadanos un mejor servicio y atención, que permita una igualdad en todos los sentidos, comenta, y en esta dirección recientemente abrieron las Juntas Especiales 19 y 20, que conocen de conflictos laborales que se generan con personas consideradas como vulnerables. Compartimos con nuestros lectores, la parte sustancial de la entrevista.

Las circunstancias políticas, sociales,
poblacionales y jurídicas han sido más
avasallantes que los esfuerzos realizados
para cumplir con nuestra labor de impartir
justicia pronta y expedita.

¿Qué es la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal?

Es un Tribunal Laboral dotado de autonomía, el cual se rige bajo los principios de oralidad, legalidad, imparcialidad, excelencia, honestidad y máxima transparencia. Conoce de los conflictos laborales entre trabajadores y patrones, que se originen de las relaciones de trabajo de jurisdicción local en el Distrito Federal (DF), resolviendo dichas controversias de forma equitativa, justa y expedita. La conciliación, tramitación y resolución de los conflictos laborales de carácter individual y colectivo se encuentran a su cargo, así como, el registro de sindicatos, directivas y reformas estatutarias. Otra de sus funciones es recibir en depósito los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo, avisos y tramitación de los procedimientos de huelga, entre los más importantes.

¿Cómo está estructurada la JLCA-DF?

La Junta Local tiene una integración colegiada en la que intervienen 3 personas: un representante de los trabajadores, un representante del Gobierno y uno de los patrones: estos últimos son designados por las diferentes ramas de la industria. De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de su Reglamento Interior, la JLCA-DF, se integra por órganos y áreas jurídicas y administrativas, las cuales son: El Pleno, que es el órgano supremo de la Junta, una Presidencia Titular, representación legal ante toda clase de autoridad, una Coordinación de Asuntos Jurídicos e Información, que es el área responsable de la asesoría jurídica a la presidencia y las diversas áreas de la Junta, la Dirección General de Administración, área encargada de la administración de los recursos humanos, financieros, materiales, servicios generales e informática. Tenemos también una Oficina de Información Pública, enfocada de atender todo lo relacionado con la transparencia y la Unidad Jurídica de Peritos, especializada en atender las solicitudes de peritajes de forma oportuna.

Otras áreas importantes de la Junta son: la Secretaría de Auxiliar del Servicio Público de Conciliación, que tiene como objetivo intentar avenir a las partes en los conflicto a través de la conciliación; la Secretaría General de Asuntos Individuales, que tiene a su cargo todas las Juntas Especiales (que a la fecha son 20); la Secretaría Auxiliar de Amparos; la Unidad Jurídica de Convenios Fuera de Juicio, Exhortos y Paraprocesales y la Oficialía de Partes de Asuntos Individuales. Esta Secretaría se encarga de organizar, vigilar y evaluar el desarrollo oportuno y resolución eficiente de los procedimientos de carácter individual que se lleven en las Juntas Especiales. En cuanto a los asuntos colectivos, existe la Secretaría General de Asuntos Colectivos, que tiene a su cargo la Secretaría Auxiliar de Huelgas, la Secretaría Auxiliar de Contratos Colectivos, la Secretaría Auxiliar de Conflictos Colectivos, la Secretaría Auxiliar de Registro y Actualización Sindical y la Oficialía de Partes de Asuntos Colectivos. Esta Secretaría General se encarga de cuidar, organizar, vigilar evaluar y resolver los procedimientos de carácter colectivo derivados de las diversas áreas bajo su mando. Como cualquier dependencia pública, contamos con una Contraloría que es responsable de la planeación, programación, organización y ejecución del sistema de fiscalización y evaluación de toda la Junta. Finalmente, existen 4 salas de Juicios Orales, en donde es posible darle seguimiento a las controversias laborales de una forma sencilla, moderna y pronta.

¿Cuál sería la diferencia con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo?

La JLCA-DF es un Tribunal Laboral que opera de forma imparcial, es decir, no representa a ninguna de las partes, por eso, está facultada para conocer y resolver los conflictos de trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones en la capital del país. Por su parte, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo es un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo del Distrito Federal y tiene la misión de proteger únicamente los derechos de los trabajadores ante las autoridades laborales, a través de asesoría y/o representación, lo que podría originar, que dicha defensa en favor de los trabajadores se vea exteriorizada en la JLCA-DF, al momento en que se presente una demanda laboral. A pesar de que ambos órganos fomenten la conciliación entre los trabajadores y los patrones, poseen diferentes facultades. La JLCA-DF está dotada de autonomía y coercibilidad para hacer cumplir las resoluciones emitidas por los Presidentes de la Juntas Especiales, a diferencia de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, que carece de coercibilidad para realizar los acuerdos que se suscriban entre las partes y que se hayan dado dentro de sus instalaciones; además, la Procuraduría funge como representante de los trabajadores cuando es necesario acudir a la JLCA-DF para iniciar un juicio laboral.

Junta local de conciliación y arbitraje

Del total de las demandas
que recibe la JLCA-DF el
36% se resuelven por la vía
de la conciliación.

¿Cómo se ha adecuado la JLCA-DF a los nuevos escenarios laborales de México?

A 89 años de su creación, la JLCA-DF se ha consolidado como uno de los organismos laborales referentes de nuestro país, por la cantidad de ciudadanos que atiende día con día; también, por la visión innovadora y transparente en beneficio de los usuarios. Una muestra de ello es la certificación otorgada por el INFO-DF en el año 2014, en materia de Ética Pública, Ley Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por haber capacitado al 100% del personal que actualmente integra la Junta Local. Con la publicación del Reglamento Interior de

la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día primero de octubre de 2013, se incorporó la figura de la Visitaduría, como un órgano auxiliar de la Presidencia que verifica el funcionamiento de las Juntas Especiales, las Secretarías Auxiliares, Unidades Jurídicas y demás áreas jurídicas que integran la Junta Local. Por lo que se tiene la certeza del óptimo funcionamiento y desarrollo de las Juntas Especiales.

Es importante destacar que en esta administración se ha implementado el servicio que brinda la Secretaría Auxiliar del Servicio Público de Conciliadores, ya que del total de las demandas que se reciben, en promedio el 36% de ellas se resuelven por la vía de la conciliación. Entre sus principales bondades resuelve los conflictos entre las partes de manera más oportuna y efectiva ya que la conclusión por esta vía, en el caso de los asuntos individuales, implica la liquidación de las prestaciones demandadas por el trabajador, en un ambiente de negociación menos adverso y en un periodo más corto. Aunado a ello, con la finalidad de agilizar la substanciación de los procedimientos laborales, se crearon las Juntas Especiales 19 y 20, a través de las cuales se materializó un nuevo modelo de Junta Especial en el que se han instrumentado con los más recientes avances tecnológicos; lo que agiliza la tramitación de los juicios de una manera pronta y con mayor calidad, ya que conocen los conflictos que se generan en las personas consideradas como vulnerables; es decir, mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con discapacidad, menores, madres solteras, población lésbico, gay, bisexual, transexual, travesti, transgénero e intersexual.

Se enfatiza la eliminación del uso de la barandilla para las audiencias, al haber sido sustituida por espacios cómodos acondicionados con sillas para las partes del juicio, además se cuenta con el OFIREC para digitalizar de manera inmediata lo acordado, lo que permite su consulta por las partes en el sitio web de este órgano jurisdiccional al término de las audiencias. Con la finalidad de hacer accesible los servicios que otorga la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, se cuenta con un módulo en el que las y los trabajadores y el público en general que acude a la Junta, pueda solicitar asesoría gratuita y asistencia legal, por parte del personal de la Procuraduría.

¿Cuál es el número de casos atendidos y resueltos?

En lo que va del año 2015 hasta el mes de abril, la JLCA-DF, registró el ingreso de 11 mil 184 demandas laborales; en el mismo periodo se han concluido 7 mil 443 controversias, por lo que se ve reflejado un equilibrio entre las demandas que ingresan a este Tribunal y las que finalizan. Actualmente tenemos en trámite 98 mil 760 demandas de asuntos individuales, las cuales han sido ingresadas desde el año 1985 a la fecha, y que en algunos casos no se ha realizado su conclusión por falta de interés de los promoventes, ya que inician la demanda, pero no le dan continuidad.

¿Cómo han ajustado sus funciones ante el procedimiento oral y cuáles han sido los resultados?

Se abrió la ventana de oportunidad idónea para dar paso a la oralidad en su expresión más fiel. Con este nuevo concepto, el trabajador, sin formulismos y la rigidez del modelo tradicional, de viva voz explica la causa que le llevó a iniciar un juicio y en consecuencia los procedimientos se substancian de forma sencilla, ágil y transparente, con la dinámica intervención de todas las partes, quienes son atendidos en las Juntas Especiales 19 y 20. Como responsable de la justicia laboral del Distrito Federal, este tribunal ha tenido resultados muy favorables en la implementación del procedimiento oral, ya que se consiguió enfatizar el cumplimiento de los principios de publicidad y transparencia previstos en nuestra ley rectora; esto a través de las videograbaciones en las audiencias y digitalización inmediata de los expedientes.

Por otro lado, se ven materializados también los principios de concentración y economía procesal, al promoverse los procedimientos dentro de los plazos establecidos por la ley; y finalmente el principio de inmediatez se colma en cada audiencia, al desarrollarse estas en presencia del Auxiliar, Secretario de Acuerdos y Representantes del Capital y Trabajo. Así las cosas, los tiempos de acción y tramitación se han reducido en aproximadamente 550%, se disminuyó en un 26% la espera para la celebración de la primera audiencia; ahora bien, respecto a la emisión del laudo y la duración total de los juicios se ha reducido en un 518% en comparación con el resto de las Juntas Especiales.

¿Qué son y cómo funcionan los Convenios en Línea?

Se trata de un mecanismo alternativo de solución de conflictos, que fue implementado con la finalidad de evitar el inicio de un procedimiento laboral. Mediante este procedimiento las partes firman de común acuerdo un acta que acredita, que la cantidad que se señaló como el pago total de las prestaciones en el convenio, se haga en una sola exhibición, ya sea en efectivo o cheque certificado, descartando con ello el supuesto incumplimiento de pago. El Convenio en Línea debe ser llenado conforme al formato que se encuentra en la página www.juntalocal.df.gob.mx, en el apartado de SERVICIOS, en la opción CONVENIO EN LÍNEA, en el que la persona puede elegir la fecha y hora en que desea registrarlo debidamente en la Unidad Jurídica de Convenios Fuera de Juicio, Exhortos y Paraprocesales de la Junta. Es indispensable proporcionar en el formato, un correo electrónico, ya que a través de éste, se notificará al peticionario en un lapso de 24 horas, la confirmación de que el convenio es procedente, previo análisis del mismo. El segundo paso es acudir a la Unidad Jurídica de Convenios Fuera de Juicio, Exhortos y Paraprocesales, en la fecha y hora que se propuso con 3 tantos del convenio aprobado por la Junta, a efecto de redactar el acta que acredite la conformidad de las partes, ya que ésta se registrará ante la Junta, para que tenga plena validez.

La clase trabajadora ha sido

por décadas la más sacrificada
en una falsa estrategia para
frenar la inflación
y se ha tornado el tema
del salario mínimo una
cuestión meramente
económica y política.

Margarita Darlene Rojas¿Cuáles son los principales retos que enfrenta la JLCA-DF?

Las circunstancias políticas, sociales, poblacionales y jurídicas han sido más avasallantes que los esfuerzos realizados para cumplir con nuestra labor de impartir justicia pronta y expedita. Si bien la evolución de nuestro tribunal se ha adaptado a los cambios legislativos y a las nuevas circunstancias sociales, también lo es que la demanda ha crecido exponencialmente en desproporción con el presupuesto asignado para cumplimentar sus importantes atribuciones.

Con la orientación predominante de tribunales sociales, las Juntas deben perfeccionarse como organismos especializados, permeados por la exigencia de la simplificación de trámites, la economía procesal y las bondades tan amplias de la conciliación y el arbitraje, sistemas privilegiados de heterocomposición de los conflictos. Es importante destacar que la obligación del Estado para impartir justicia debe ser verdaderamente considerada por nuestros legisladores al momento de emitir el presupuesto de egresos y en especial para este Tribunal Autónomo.

¿Cuál es su opinión sobre la Recuperación del Salario Mínimo?

Considero que existe un avance importante en el incremento del salario mínimo, sin embargo, todavía queda mucho trabajo por hacer para su adecuación e integración. Éstos deben de satisfacer las necesidades normales de una persona jefa de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos, atendiendo lo preceptuado en el artículo 90, segundo párrafo de la Ley Federal de Trabajo. Por otro lado, es obligación Constitucional que el Estado vele por el bienestar de sus gobernados, se requiere el ajuste salarial por una cuestión de equidad, justicia y de respeto a los Derechos Humanos laborales, ya que sirve de inclusión social, mejora las reglas de convivencia y genera un equilibrio en el pacto social. La clase trabajadora ha sido por décadas la más sacrificada en una falsa estrategia para frenar la inflación y se ha tornado el tema del salario mínimo una cuestión meramente económica y política, dejando de lado su importancia Constitucional con el impacto social que ello trae aparejado.

La obligación del Estado
para impartir justicia debe
ser considerada por los
legisladores al momento de
emitir el presupuesto
de egresos.

Margarita Carlene Rojas

Temas:
  • Ciudad de México
  • conciliación y arbitraje
  • derecho laboral

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