Los padres trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguros Social (IMSS), tendrán el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijas e hijos a las guarderías del Instituto.
El Pleno del Senado de la República aprobó, con 105 votos a favor, las reformas a la Ley del Seguro Social para que todas las personas trabajadoras aseguradas tengan derecho a los servicios de guardería para sus hijas e hijos, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos en esta Ley
Hasta ahora, señala la propuesta, el servicio de guardería era restrictivo, ya que excluía como beneficios de la seguridad social a los varones, siendo que el cuidado de las hijas e hijos es responsabilidad exclusiva de las mujeres. Además, afirma que los trabajadores asegurados, padre y madre, deben gozar de los mismos derechos que les brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería.
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La actual Ley del Seguro Social presupone que en el hogar del trabajador asegurado exclusivamente la madre de sus hijos tiene el deber de dedicarse de tiempo completo a su cuidado, apunta el documento.
No existe justificación objetiva para un trato diferenciado entre ambos sexos, aseveran los legisladores. La reforma favorecerá la corresponsabilidad en el cuidado de los menores, fomenta la posibilidad de que la mujer comparta su tiempo en otras actividades productivas y atiende a las necesidades de los menores en su sano desarrollo.
El IMSS deberá ejercer las atribuciones y obligaciones derivadas del presente Decreto de manera que, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, se realice una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.
El proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo, y 205, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.


