La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reconoció la validez de la agravante de homicidio y lesiones cuando son cometidos contra miembros de las instituciones de seguridad ciudadana en ejecución de sus funciones o con motivo de ellas, contenida en el artículo 138 bis del Código Penal del Distrito Federal (ahora Ciudad de México).
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En sesión remota del Tribunal Pleno, consideró que dicho artículo no viola el principio de igualdad porque se justifica dar una protección especial a esos funcionarios, ya que éstos están en especial riesgo por las funciones que se les encargan a esas instituciones.
La CNDH promovió la acción de inconstitucionalidas 97/2019, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial de esa entidad de 1° de agosto de 2019.
La discusión de otros aspectos de este mismo asunto continuará en la próxima sesión del Pleno de la SCJN.


