2026, 04, 18
  • Noticias
  • La Revista
  • Columnistas
Foro Jurídico

  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
    • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      por Foro Juridico
      4 junio, 2021
    • El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      por Foro Juridico
      28 mayo, 2021
    • Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      por Foro Juridico
      21 mayo, 2021
    • El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      por Foro Juridico
      14 mayo, 2021
  • Premio Foro Jurídico
Foro Jurídico
Foro Jurídico
Corrupción Política en la Jornada Electoral
En la opinión

En la Mira: Corrupción Política en la Jornada Electoral

por José Fernández de Ceballos
2, julio, 2015
746
0
6 minutos de lectura

Para nuestra incipiente e inacabada democracia, la pasada jornada electoral fue de contrastes. Por un lado es de celebrarse lo ocurrido en lo relativo al establecimiento de prácticamente la totalidad de las casillas electorales, la participación de los ciudadanos y de las autoridades electorales en la composición de las mismas, así como en el ejercicio del derecho al voto y el respeto del mismo. Por otro lado, es de reprobarse los casos que se han señalado de compra de votos y acarreos, pero lo más lamentable resulta de la actuación de algunos grupos que pretendían impedir la celebración de los comicios en estados como Guerrero, Oaxaca etc., así como la actuación de ciertas autoridades y de algunos partidos políticos. En concreto y como actos de corrupción política, me referiré a la suspensión provisional de la aplicación de la reforma educativa y al proselitismo realizado por el Partido Verde el día de la jornada electoral.

La Suspensión de la Implementación de la Reforma Educativa

El 29 de mayo, casi una semana previa de realizarse los comicios, la Secretaría de Educación Pública (SEP), anunció que “por motivo de nuevos elementos a considerar” -sin especificar cuáles-, se suspendería de manera indefinida la evaluación obligatoria de los maestros para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia de sus empleos. No se habían celebrado aún las elecciones. El lunes 8 de julio, una vez que pasaron las elecciones, el Secretario de Emilio Chuayffet Chemor anunció que “Suspender no significa otra cosa más que detener o diferir una acción u obra. De ninguna manera quiere decir cancelar”.

El 1 de julio, antes de anunciarse la retractación de la medida “suspensiva” por parte de la SEP, Sergio Sarmiento comentó, “La información disponible sugiere que la orden llegó desde la Secretaría de Gobernación de Miguel Ángel Osorio Chong. El presidente Enrique Peña Nieto debe haberla aprobado. El propio secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet, no ha dado la cara ante un acto que equivale a derogar una reforma educativa para la cual se enmendó la Constitución y que se ha promovido como uno de los grandes logros del actual régimen”. Si esto fuera cierto -lo cual es de suponerse dada la forma en la que se estructura el Poder Ejecutivo-, hablaríamos que tales conductas pudieran constituir un posible delito de Coalición de Servidores Públicos previsto y sancionado en el artículo 216 del Código Penal Federal, el cual dispone:

“Cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga. Al que cometa el delito de coalición de servidores públicos se le impondrán de 2 años a 7 años de prisión y multa de 30 a 300 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal (DF), en el momento de la comisión del delito, y destitución e inhabilitación de 2 a 7 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.

En cualquier caso, más allá de lo hipotético de considerar si el titular del Ejecutivo Federal y diversos Secretarios de Estados estuvieron coligados para impedir la ejecución de una ley, hay que precisar que debido al desistimiento de la conducta, actualmente no existiría delito que perseguir. Lo grave de la actuación referida, radica no en lo ilegal –insisto, por el desistimiento-, sino en el abuso del ordenamiento jurídico, por parte de los detentadores del poder público. Acto corrupto que se traduce en la deslegitimación de las instituciones y de los titulares de las mismas.

Ahora bien, en muchas ocasiones hemos visto como los “maestros” que integran algunas secciones de la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación (CNTE) han tomado por asalto el Distrito Federal (DF), y diversas Entidades Federativas, bloqueando calles, comercios, realizando actos vandálicos y agrediendo a las autoridades y a la ciudadanía en aras de su “libertad de expresión”. Los mexicanos que observamos con repudio tal situación, enmarcada con la completa inactividad de quien gobierna por restablecer el orden y la seguridad que debieran prevalecer, manifestamos nuestro hartazgo y reprobación cuando ese grupo orilló al Gobierno Federal a suspender la reforma educativa, es decir, se orilló al Gobierno Federal a ignorar y no aplicar el orden jurídico.

Ante tal medida, algunos analistas señalaron que se trataba de una estrategia política para permitir que los comicios electorales se realizaran pacíficamente y sin contratiempos, pero además, influiría en la decisión de voto dentro de los miembros del CNTE decantándose por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), que había permitido la suspensión de la evaluación de los maestros. Desde luego que una actuación en tal sentido, no se trata de una estrategia política, por lo menos legítima. El orden jurídico no puede ni debe ser utilizado como moneda de cambio en una negociación y menos con fines electoreros. Ahora bien, si lo que se pretendía era celebrar unas elecciones en paz, este papel se le atribuye a las instituciones de Seguridad Pública.

El Proselitismo del Partido Verde el Día de la Jornada Electoral Otra actuación deleznable ocurrida en junio, es la referente a los actos proselitistas realizados por el Partido Verde. Éste, valiéndose de una empresa encargada de manejarle las redes sociales, pagó a personas de la farándula y futbolistas, para que, a título personal, tuitearan a su favor justo el día de las elecciones. Desde luego, hicieron el proselitismo y recibieron una compensación económica que según han informado diversos medios oscila entre los 140 mil y los 200 mil pesos.

La Ley General en Materia de Delitos Electorales, señala en la fracción lll del artículo 7:

Articulo 7. “Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:

III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo”.

Una conducta como la descrita, desde luego que no es constitutiva de delito, ya que el proselitismo no se realizó en el interior de las casillas o en el lugar en que se encontraran formados los votantes. Sin embargo, este actuar es ilegítimo, y como tal, pierde confianza al partido que lo realizó.

Conclusión

En política la no ilegalidad de una acción, no implica la legitimidad de la misma. Cuando hablamos de corrupción nos encontramos en presencia de un fenómeno multifacético, mismo que por su complejidad, en muchos casos no alcanza para ser sancionado por las leyes penales, sin embargo, esas actuaciones constituyen actos corruptos que deslegitiman a las personas e instituciones que los comenten, en detrimento –lamentablemente de la democracia.

Temas:
  • delitos electorales
  • Derecho electoral
  • elecciones 2015
  • Reforma Educativa

Artículos recientes

  • ¿Términos y condiciones? (Cuarta parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Tercera parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Segunda parte)
  • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021
  • Prisión preventiva, presunción de inocencia y voto

La Revista en línea

Suscríbase al Newsletter

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad

Input your search keywords and press Enter.
Foro Jurídico
  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
  • Premio Foro Jurídico

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad