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foro jurídico propiedad intelectual y pueblos indígenas
Despachos Jurídicos

El conocimiento tradicional y las expresiones culturales deben ser considerados para proteger el acervo indígena

por Foro Juridico
30, octubre, 2019
939
0
5 minutos de lectura

El reciente uso de diseños con motivos indígenas por parte de prestigiosas marcas de moda hizo que recobrara relevancia el tema de la apropiación cultural de los pueblos indígenas. El gobierno actual, a través de propuestas de ley, busca regular y proteger el folclore y las tradiciones de dichas comunidades, un claro ejemplo es la propuesta Ley de Salvaguardia de los Conocimientos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.

La iniciativa propuesta por los diputados de Morena, Ricardo Monreal y Susana Harp, busca regular diversos derechos de Propiedad Intelectual como: las expresiones culturales, el conocimiento tradicional y la diversidad biológica. Sin embargo, no toma en cuenta las discusiones de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en torno al tema ni los esfuerzos, hasta ahora fallidos, para la implementación del Protocolo de Nagoya y del Convenio sobre Diversidad Biológica en leyes como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Además, busca aplicar su normativa de manera retroactiva, es decir, sin respetar el uso que otras personas hubieran hecho del conocimiento antes de la entrada en vigor del nuevo marco normativo, lo cual daría lugar a incertidumbre por potenciales sanciones por actividades pasadas .

El propósito de la iniciativa es crear un nuevo marco legal como vía para detonar la protección de las creaciones indígenas con la visión internacional de los derechos colectivos de los grupos étnicos, y de conceder al Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) las facultades necesarias para autorizar las solicitudes de uso del acervo artístico y cultural (en cualquier forma y con fines de lucro). Aunque su objeto es proteger a las comunidades indígenas tiene inconsistencias con relación a la Ley Federal de Derecho de Autor y a la Ley de la Propiedad Industrial, y ubica bajo los mismos supuestos a la expresión cultural, el conocimiento tradicional y la diversidad biológica, aun cuando la OMPI separó los términos para su estudio, al no ser de la misma naturaleza.

De acuerdo con la OMPI, las expresiones culturales son todas las formas en que la comunidad puede manifestarse, mediante diseños, bailables, música y otras formas de expresión artísticas, la cuales constituyen su identidad y patrimonio. En cambio, el conocimiento tradicional abarca todo el saber compartido y común de los miembros que pertenecen a una sociedad, pueblo o grupo, el cual permite preservar o aprovechar su entorno. Este último tiene más relación con técnicas tales como: formas de conservación de alimentos, herbolaria y medicina tradicional, pigmentos y cosméticos naturales, uso de microorganismos para procesos de fermentación, entre otros.

“Los esquemas y alcances legales para las expresiones culturales y el conocimiento tradicional son diferentes, por lo que no deben homologarse en una ley. La complejidad de los temas hace evidente que la falta de especialización en la normatividad vuelva la situación más compleja y poco viable”, afirmó Héctor Chagoya, socio de la firma de consultoría legal y de negocios BC&B.

Sin embargo, el reto que comparten ambos tipos de conocimiento es el social, ya que con el actual panorama legal no hay manera de dar regalías a las comunidades indígenas de forma transparente debido a la falta de organización de las mismas. De igual manera, existen regiones que trascienden la frontera de una sola comunidad, municipio o inclusive estado, lo que da lugar a incosistencias e incertidumbre jurídica para a quienes le correspondería el beneficio de un conocimiento comunitario, que harán inaplicable el marco normativo propuesto.

“En México diversos pueblos indígenas poseen conocimientos ancentrales y conservan tradiciones milenarias, que combinados con un ecosistema multidiverso, brindan a nuestro país características únicas que deben de ser protegidos por leyes que permitan preservar y cuidar el legado que nos distingue como nación, pero sin inhibir una mayor multiculturalidad ni la maximización de su valor económico y social en beneficio de nuestro país”, agregó Chagoya.

Antes de legislar es indispensable reconocer la complejidad y falta de consenso internacional sobre las soluciones a los problemas de las comunidades indígenas, así como tomar medidas que no requieran un marco normativo nuevo. Para impulsar una política pública para reconocer y documentar el conocimiento y las tradiciones de los pueblos indígenas, es necesario que estén organizados para que puedan recibir regalías de su acervo cultural. Para ello es necesario que reciban una adecuada asesoría sobre cómo utilizar las leyes existentes, mismas que podrán mejorarse en conjunto con las recomendaciones y conclusiones de organizaciones internacionales que aún siguen trabajando en el tema.

Temas:
  • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas
  • Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
  • Propiedad Intelectual

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