La Cámara de diputados aprobó en lo paticular y general, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de cinco leyes, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
Dicho por Mario Delgado, la reforma laboral sería discutida antes de semana santa, y con la presión del Congreso Estadounidense a cuestas.
El pleno lo aprobó en lo general con 417 votos a favor, uno en contra y 29 abstenciones; y posteriormente en lo particular con 258 votos en pro, 67 en contra y 18 abstenciones.
Las leyes que se reforman son: Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y del Seguro Social (IMSS).
En el comunicado de la Cámara baja dice que se alinea a lo establecido en la reforma constitucional en materia de justicia laboral del 24 de febrero de 2017, así como a los tratados y convenios internacionales a los que México pertenece y que amplían y protegen los derechos humanos de los trabajadores.
Entre dichos pactos están los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo sobre derecho de sindicación y negociación colectiva, el capítulo 19 del Tratado Integral y Progresista de Asignación Transpacífico y el anexo 23 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que aún debe ser ratificado.
Pese a lo informado por la secretaria del Trbajo, Luisa María Alcalde, el outsourcing no fue tocado.
Entre otras cosas:
- Establece la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje, que hoy dependen de los Poderes Ejecutivos federal y estatales, para crear los tribunales laborales que formarán parte de los Poderes Judiciales federal y estatales, en concordancia con la reforma constitucional de febrero de 2017.
- Crea el Fondo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para atender lo relativo a los contratos colectivos y asociaciones sindicales. Su ley orgánica deberá ser expedida por el Congreso en un plazo máximo de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto.
- Fortalece la democracia sindical bajo los ejes de rendición de cuentas y transparencia, y se establece el proceso de selección de líderes sindicales sujetos al voto personal, libre, directo y secreto.
- Incluye garantías al trabajador desde lo individual para hacer valer sus derechos laborales, para que no pueda ser sujeto a represalias ni ser obligado a formar o no, parte de un sindicato, federación o confederación.
- Atiende el régimen de los trabajadores del hogar, al estipular la obligación de los patrones de éstos a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y pagar las cuotas correspondientes.
Bajo reserva
Se destaca la de Arriaga Rojas, que reforma el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo para estipular que el patrón no podrá descontar del salario de los trabajadores las cuotas sindicales, salvo que éstos manifiesten su consentimiento por escrito.


