Estamos inmersos en una sociedad de consumo, a diario, ya sea por necesidad o por simple gusto realizamos compras de productos o servicios y somos bombardeados por una gran cantidad de información y publicidad que nos promete cosas, por lo que a continuación vamos a señalar los derechos básicos que toda persona tiene y debe conocer como consumidor para hacerlos valer ya que estos están tutelados por una ley que es la Ley Federal de Protección al Consumidor, además, es importante señalar que la Procuraduría Federal del Consumidor es la dependencia que está encargada de velar por estos:
Derecho a la Información
Todo consumidor tiene derecho a estar informado sobre el producto o servicio que pretende adquirir, a partir de esto, podemos determinar la conveniencia o no de adquirirlos es decir, hacer un consumo inteligente, por ejemplo, debemos saber si el producto cuenta con una garantía para el caso de que presente defectos, las cantidades o medidas de lo que vamos a adquirir, ya que suele suceder mucho que no se señala este dato con precisión y cuando nos hacen la entrega no era lo que esperábamos, las fechas o plazos en que se entregará el bien o prestará el servicio etc.
Toma vital importancia el derecho a conocer el precio o tarifa del producto o servicio., dado que es nuestro dinero los proveedores están obligados a informarnos el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que nos ofrezcan, se resalta que debe ser el monto TOTAL, ya que por ejemplo, muchas de las veces indican un precio y a la hora de pagar este es mayor porque no nos avisaron que además había que pagar el I.V.A., por lo que el monto que indiquen debe ya incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo o cargo adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito. Dicho monto debe exhibirse de manera notoria y visible y expresarse en moneda nacional.
De igual forma, si nos ofrecen servicios o productos adicionales, nos deben señalar con toda claridad si estos generan un costo aparte, por ejemplo, las cadenas de comidas rápidas nos indican que si deseamos agregar un ingrediente extra sin indicarnos muchas veces que esto genera un costo adicional, en tal caso están violando nuestros derechos de consumidores. Los proveedores no podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente.
Debemos conocer también las leyendas que restrinjan o limiten el uso del bien o el servicio, estas deben hacerse patentes en forma clara, veraz y sin ambigüedades, es decir, que deben estar visibles y no en unas letras tan pequeñas que sea imposible leerlas y su redacción debe ser entendible.
Desde ahorita, cabe señalar que todo esto (precio, tarifa, garantías medidas, plazos de entrega, etc) constituyen los términos en los que se está obligando el proveedor para con nosotros consumidores.
Derecho a Recibir un Comprobante de Nuestra Compra
El proveedor, tiene obligación de entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada, es muy importante conservarlo para hacer cualquier aclaración posterior, ya que ante cualquier controversia con el proveedor será nuestro documento base con el cual podremos reclamar nuestros derechos ante la instancia correspondiente.
Es importante que siempre cuando recibas tu comprobante verifiques el concepto de cobro y monto, este debe corresponder únicamente a lo que tu autorizaste y ni un centavo más, actualmente existen empresas que te cobran algo adicional a lo que tu autorizaste, por ejemplo, el famoso “redondeo” que es la contribución de los centavos que faltan para llegar a la siguiente cifra exacta, esta contribución debe ser voluntaria, por lo cual deben pedirte tu consentimiento y no pueden alegar que “en automático el sistema lo redondea”, pues hay tiendas que así lo hacen pero es una violación a la Ley Federal de Protección al Consumidor y puedes denunciarlos ante PROFECO
Derecho al Cumplimiento de lo Ofrecido
Todos los términos en los que se obligó el proveedor, de los que hablamos al principio, que estén implícitos en la información o en la publicidad desplegada, deben ser cumplidos, el precio, las cantidades o medidas, calidades, fechas de entrega, plazos, garantías, promociones y ofertas.
Garantías
Las garantías merecen una mención especial, cuando un producto que adquiriste presenta un defecto de fabricación, los proveedores únicamente pueden utilizar las palabras “garantía” o “garantizado” cuando expliquen en qué consisten estas y de qué forma las podemos hacer válidas, esto, a través de un documento denominado “póliza de garantía” que deberá constar por escrito, en donde deberá expresar duración, condiciones, mecanismos para hacerlas efectivas, domicilio para reclamaciones y establecimientos o talleres de servicio. La póliza debe ser entregada al consumidor al momento de recibir éste el bien o servicio de que se trate y no podrá ser inferior a sesenta días contados a partir de la entrega del bien o la prestación total del servicio.
En caso de que hayas hecho valer la garantía y no obstante, persistan los defectos o fallas del producto, el proveedor de nueva cuenta está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para corregirlas de inmediato.
Promociones y Ofertas
En los anuncios de las promociones y ofertas cual sea el nombre que se les dé (barata, remate, descuento etc), deben indicarse las condiciones para acceder a ellas, si existe alguna restricción así como el plazo de duración o el volumen de los bienes o servicios ofrecidos y si cumplimos con estos requisitos no se nos pueden negar, de nueva cuenta se señala que dichas condiciones y restricciones deben estar en forma clara y visible y deben ser respetadas durante el tiempo que estén vigentes, por lo que no podrán señalar leyendas como “aplican restricciones” sin indicar claramente en qué consisten o en donde puedes consultar en qué consisten, o “precios sujetos a cambio sin previo aviso” ya que el precio que te ofrecen debe ser respetado durante la vigencia de la promoción.
El incumplimiento del proveedor de los términos en los que se obligó, dan como lugar que podamos presentar una Queja en PROFECO, la cual tiene por objetivo que se cite a una audiencia al proveedor para tratar de llegar a un acuerdo y cumpla con lo ofrecido.
Derecho a no ser Discriminado
Al comprar un producto o contratar un servicio, no te lo pueden negar, tampoco discriminar o tratar mal por tu sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, ni por tener alguna discapacidad, ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta o suministro de bienes o servicios que se tengan en existencia.
Los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como:
- Selección de clientela;
- condicionamiento del consumo;
- reserva del derecho de admisión y;
- exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares.
Derecho a no Recibir Llamadas Publicitarias
Para alguna persona puede resultar sumamente molesto, estar en la tranquilidad de tu casa y recibir llamadas que te ofrecen la compraventa de productos y servicios que francamente no te interesan, esto se puede evitar a través de la inscripción de tu número telefónico en el Registro Público de Consumidores que está a cargo de la PROFECO y en el cual la inscripción es gratuita, se puede hacer ya sea vía telefónica al 55 68 87 22.
La Propina es Voluntaria
Disfrutar de una comida y un servicio no te obliga a dar una gratificación, desafortunadamente muchos establecimientos han hecho de la propina una exigencia que añaden a tu cuenta sin tu autorización un porcentaje de tu consumo, esta debe ser voluntaria, pero si este sucede en primer lugar pregunta al mesero por qué hay una diferencia en el total de tu cuenta, si te dice que es la propina, niégate a pagar tal imposición y pide hablar con el responsable del lugar, explícale que la propina es voluntaria y no pueden obligarte a pagarla, si te dicen que “es política de la empresa”, dile que conoces muy bien que es voluntaria, y tú como consumidor determinas si el servicio amerita o no una gratificación, si aun así el responsable te quiere obligar a pagar propina y no te deja salir del lugar, dile que conoces tus derechos y que no te puede retener. El artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad de los consumidores.
Presenta tu denuncia. Llama al Teléfono del Consumidor: 5568 8722 en el Distrito Federal y área metropolitana, o al 01 800 468 8722


