En cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución, las leyes General del Servicio Profesional Docente y del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, los lineamientos del INEE y el derecho de los docentes a participar en ellos, todos los procesos de evaluación previstos para el resto de 2018 serán realizados conforme al calendario establecido.
En ese sentido, la SEP manifiesta lo siguiente:
- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 3º. de la Constitución, así como por las leyes generales de Educación y del Servicio Profesional Docente y por la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), los procesos relacionados con el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia de los docentes al Sistema Educativo Nacional están claramente establecidos y regulados por el orden jurídico vigente.
- De conformidad con el artículo 3º., fracción IX, Constitucional, corresponde al INEE coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y emitir los lineamientos a los que se sujetarán todas las autoridades educativas para realizar las evaluaciones que les correspondan en el marco de sus atribuciones, incluyendo la evaluación del desempeño de docentes, técnicos docentes y personal con funciones de dirección y supervisión.
- En cumplimiento de dichas atribuciones, el INEE aprobó y publicó el pasado 7 de mayo, en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño del cuarto grupo de docentes y técnicos docentes, así como del personal con funciones de dirección y supervisión, y del personal que presenta su segunda y tercera oportunidad en Educación Básica y Media Superior para el ciclo escolar 2018-2019 (LINEE-07-2018 y LINEE-08-2018), que entre otras cosas disponen lo siguiente:
- “Artículo 7. La evaluación del desempeño de Docentes y Técnicos Docentes se llevará a cabo de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos en los presentes lineamientos, mismos que son de observancia obligatoria para las autoridades educativas locales, y serán sujetos a la verificación normativa que determine el Instituto para vigilar y dar seguimiento a su cumplimento.”
- [Te puede interesar: López Obrador asegura que cancelará la Reforma Educativa]
- “Artículo 95. Las Autoridades Educativas y las Autoridades Educativas Locales deberán realizar los procesos de evaluación con apego a los presentes lineamientos; en materia de evaluación educativa, todos los lineamientos que emita el Instituto, con sus distintas denominaciones y de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con la Ley General del Servicio Profesional Docente y con la Ley General de Educación, son obligatorios para las mismas”.
- La participación en los diversos procesos de evaluación es también un derecho de los docentes y nadie puede impedirles su ejercicio pleno de conformidad con el marco legal vigente.
- Finalmente, es importante reiterar que, de acuerdo con los lineamientos del INEE, el modelo de la evaluación del desempeño deberá tener como referente a la escuela o plantel y estar vinculado a su contexto; estar referido a las características del entorno y del grupo de alumnos, y ser pertinente, buscando que sirva a la mejora de la práctica docente, con el propósito de asegurar que sea una evaluación transparente, justa y válida.


