El Senado de la República planteó reformas a los artículos 242 y 252 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a efecto de atender la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el mecanismo de aseguramiento de bienes relacionados con operaciones financieras.
El senador Rubén Rocha Moya informó que la Corte determinó que diversos artículos del citado Código son inconstitucionales, debido a que no consideran la intervención de la autoridad judicial en el aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras.
Los ministros indicaron que, para su validez constitucional, la norma que regule esa técnica de investigación tiene que ser autorizada por un Juez de Control, bajo un estándar similar al previsto para la orden de cateo.
Con el fin de impedir la afectación de los derechos no relacionados con los delitos investigados.
En este sentido, su propuesta establece que para el aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras, el Juez de Control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar la suspensión o el aseguramiento de cuentas, títulos de crédito, y en general, cualquier bien relativo a movimientos de ese tipo.
En la solicitud deberá señalarse específicamente la cuenta, título de crédito, bien o derecho a suspender o asegurar, el monto sujeto a la medida, indicar los motivos que sustentan la petición, así como la duración de la medida.
Por las deficiencias en la parte procesal del código Nacional de Procedimientos Penales es necesario corregirlo para perfeccionarlo, dijo el senador de Morena.
La iniciativa fue remitida a las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos Segunda.


