En una determinación trascendente, el día de ayer la ministra Yasmín Esquivel Mossa negó la suspensión a la CNDH y a los senadores de oposición de la LXIV Legislatura, en una nueva acción de incontitucionalidad (54/2019) promovida en contra de las reformas a diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Con este acuerdo, la ministra Yasmín Esquivel restablece la confianza en el máximo tribunal del país, como tribunal garante de la ley suprema, misma que se había visto cuestionada con la suspensión otorgada por el ministro Pérez Dayán el pasado mes de diciembre de 2018, en una diversa acción de inconstitucionalidad en contra de la misma Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
El argumento central de este nuevo fallo consiste en que expresamente el artículo 64 de la ley reglamentaria de la materia, establece con toda claridad y sin lugar a interpretaciones, que “al admitir una acción de incontitucionalidad no dará lugar a la suspensión de la norma general cuestionada”.
En efecto, con la resolución emitida por la ministra Yasmín Esquivel se respeta el texto expreso de la constitución y de la ley, y se retoma la obligación primigénia de los jueces constitucionales de velar por que las normas y principios establecidos en la carta magna no sean vulnerados
Sin duda, que este fallo emitido en el contexto de una nueva integración de la corte, y con la designación de un nuevo presidente (Arturo Zaldívar), a partir de enero del presente año, acarreará algunos ajustes al interior del máximo tribunal del país, pues el criterio de otorgar la suspensión contra la misma ley, en diciembre de 2018 por parte del ministro Pérez Dayán, se dio en un entorno muy diferente al que prevalece actualmente, al haberse integrado al pleno los magistrados Juan González Alcántara y Yasmín Esquivel, juzgadores con más de 20 años de experiencia jurisdiccional y ex presidentes de sus respectivos tribunales, es decir, funcionarios con una amplia trayectoria en el poder judicial.
Habrá que estar atentos al resultado del recurso de reclamación que seguramente interpondrán los actores y que deberá ser resuelto por el pleno de la segunda sala de la corte.


