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foro jurídico Plantean reconocer garantías a trabajadores de plataformas digitales
Imagen tomada de internet
Tecnología

Plantean reconocer garantías a trabajadores de plataformas digitales

por Foro Juridico
22, marzo, 2021
319
2
2 minutos de lectura

El diputado Isaías González Cuevas (PRI) planteó adicionar un capítulo a la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de reconocer a los trabajadores de plataformas digitales y que éstos cuenten con un piso básico de garantías de seguridad social, además de nuevos derechos conforme a su materia de encargo.

A través de una iniciativa, remitida para su análisis a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, busca incluir, entre otros, la garantía de seguridad social, protección frente al despido, el derecho a organizarse, la protección de datos personales y la prohibición de discriminación. 

La iniciativa prevé considerar el trabajo en plataformas digitales como aquel que se realiza mediante sistemas de infraestructura virtual a través de medios electrónicos y/o aplicaciones móviles para servicios de traslado, reparto de pedidos y otros afines, mediante una gestión algorítmica con acceso a usuarios a través de Internet.

Precisa que son trabajadores de plataformas digitales los choferes, transportistas, repartidores, mensajeros, y cualquier otro que, con ayuda de herramientas electrónicas a través de plataformas digitales, realicen actividades para uno o varios empleadores. Además, los trabajadores gozarán de todos los derechos generales consagrados en el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política.

Las propinas, menciona, serán ingresos adicionales al salario de las personas trabajadoras digitales y se determinarán a través del porcentaje o cantidad líquida que otorgue el usuario por medio de las plataformas digitales. Las propinas serán entregadas al trabajador de la forma y tiempo en que éste lo convenga con la plataforma digital.

Además, las personas trabajadoras de las plataformas digitales podrán organizarse en sindicatos para la mejor defensa de sus derechos laborales, y podrán celebrar un Contrato Colectivo de Trabajo con las plataformas digitales.

Refiere que dentro de las modalidades de “trabajo atípico”, se encuentran los trabajadores de plataformas digitales, quienes con un clic en una aplicación aceptan trabajos a pedido, por hora o por tarea, en diversos sectores de actividad económica. De hecho, en el mundo ya se habla de la “plataformización” de las relaciones laborales, un fenómeno que, aunque es reciente, tiene el potencial de aumentar exponencialmente en un futuro próximo.

[Te puede interesar: Nueva normalidad y el derecho a la desconexión digital por home office]

Temas:
  • derecho laboral
  • Plataformas digitales

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