El partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados planteó reformas a la Ley del Seguro Social y Ley del Infonavit para que trabajadores que pierdan su trabajo formal durante emergencias, como la actual, dispongan de sus ahorros para el retiro ya sea en cuatro mensualidades por 3,326.94 pesos o 13,307.76 pesos en una sola exhibición.
En la exposición de motivos, argumentan que el monto al que podrán acceder los trabajadores corresponde a la canasta básica alimentaria y no alimentaria expresada en veces el salario mínimo, que para el caso son 27 días de salario mínimo general nacional (SMG).
Añaden que, “el mecanismo busca asegurar al trabajador el monto de recursos suficientes para adquirir los satisfactores esenciales durante el tiempo de la emergencia”.
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Al presentar la iniciativa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Mario Delgado Carrillo, coordinador de la bancada de Morena, explicó que se debe dar liquidez a los trabajadores, a la vez que sea suficiente para tener la canasta básica.
Delgado Carrillo reconoció que otorgar montos mayores podría generar presión en el sistema de pensiones, pérdida en la tasa de reemplazo y la capacidad del Infonavit para otorgar préstamos, sin embargo, es dinero de los trabajadores y deben aprovecharlo, dijo el diputado.
“Desafortunadamente, los requisitos no toman en cuenta un escenario de emergencia de la escala que vivimos, donde las opciones tradicionales (préstamos personales, empleos de medio tiempo, etc.) son sumamente limitadas. Incluso, la restricción que se impone a los trabajadores para acceder a sus propios recursos los expone a ser víctimas de préstamos con condiciones abusivas” señaló.
Además, Delgado Carrillo propuso modificar la Ley Federal del Trabajo para que, en caso de suspensión laboral por emergencia, los trabajadores tengan una indemnización, prevista en el artículo 427, fracción VII, de un día de salario íntegro por cada día de suspensión hasta por 30 días.
Y que si se rebasan los 30 días, la indemnización corresponda a un salario mínimo vigente por cada día adicional, hasta por otros 30 días.


