La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la sentencia en la que sostenía que era inconstitucional, por violar el derecho humano de privacidad, solicitar información bancaria durante una investigación penal sin tener orden de un juez.
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Con siete votos en contra y cuatro a favor, la Corte aceptó el día de ayer los desistimientos presentados por la Fiscalía General de la República y de la Secretaría de Hacienda que presentaron el viernes pasado y pronunciar la constitucionalidad del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
El 21 de junio pasado, la SCJN determinó que no se podría acceder a datos de cuentas bancarias sin tener una orden judicial, afectando investigaciones en curso y futuras de la Fiscalía General de la República y Ministerios Públicos.


