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Poca Armonía en los Esfuerzos para el Diseño Institucional de la Fiscalía General de la República

por Marco V. Herrera
1, septiembre, 2018
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10 minutos de lectura

Entrevista con la Dra. Cristal González de Obregón

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Dra Diana Cristal González Obregón

Doctora en Materia Penal y experta litigante, asesora-docente en el Sistema Penal Acusatorio Adversarial, colaboradora en los procesos de implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

¿Cómo califica el proceso de nominación para el nombramiento del Fiscal General?

Los esfuerzos que se han llevado a cabo han sido poco armoniosos entre sí y muchas veces únicamente de forma, sólo para cambiar a las personas, pero no han utilizado el procedimiento como lo establece la ley. Porque la Constitución es muy clara, hay un decreto del 10 de febrero de 2014, en donde se tenían previstas varias reformas, entre las cuales se encuentra la del artículo 102, apartado A, que establece ciertas reglas muy claras y poco comprendidas, que implican y dan la pauta para una trasformación institucional y no solamente en lo concerniente a la infraestructura y en las estructuras físicas de una institución, sino en la forma de su actuación.

¿Básicamente qué dice el artículo 102 en general y en sus apartados?

El artículo 102 establece las bases para seleccionar al Fiscal General de la República, hombre o mujer, así como las reglas básicas para la elección de un Fiscal Anticorrupción. Establece un periodo de 9 años y define el perfil de edad y honorabilidad de la persona que ocupará una posición tan relevante para el país. Establece también el aspecto de la autonomía, tanto patrimonial como la personalidad jurídica propia, y la capacidad de toma de decisiones, así como las funciones de una Fiscalía General. Este artículo define de manera general cuál va a ser la estructura y establece la existencia de dos Fiscalías especializadas: la primera en materia electoral, la segunda en materia de anticorrupción, es decir, la Fiscalía especializada en el Sistema Nacional Anticorrupción.

¿Quiere decir que la Fiscalía General sólo tiene a su cargo dos fiscalías?

 Así es, como base tiene dos y puede haber otra división. De hecho, eso es lo que establece la Constitución, como lo es la ley sustantiva que debe ser general. De ahí la necesidad obligada de revisar la Ley Orgánica con la que se cuenta, porque es obligación de una ley adjetiva, como es la Ley General para establecer otras ramificaciones que se necesitan crear.

¿Cuáles son las atribuciones generales de esta nueva Fiscalía y cuál es la diferencia con una Procuraduría?

La Fiscalía tiene atribuciones bastantes amplias acorde al Nuevo Sistema de Justicia Penal. Pero es necesario entender que esta nueva Fiscalía ve la transparencia, el Sistema Penal y la anticorrupción de una manera horizontal. Por ejemplo, la nueva Fiscalía tiene una atribución poco conocida y de gran importancia: el Fiscal General de la República podrá reservar los datos que necesite, durante toda la investigación definirá cuáles son las limitantes y qué información reservar para que no afecte a la misma. Sin embargo, en materia de justicia penal, el código establece, por los artículos 218, 219, 220, entre otros, las limitantes. Dice que a pesar de que seas el Fiscal General y a pesar de la Ley de Transparencia, sólo hay partes que podrás reservar a partir de la vinculación de proceso, en la segunda etapa, donde se entra a juicio, ya no se podrá reservar nada. Esto es, una vez presentada una acusación por el Fiscal General, a través de su equipo, ya no puedes reservarte nada.

 “La nueva Fiscalía tiene una atribución poco conocida y de gran importancia: el Fiscal General de la República podrá reservar los datos que necesite, durante toda la investigación definirá cuáles son las limitantes y qué información reservar para que no afecte a la misma. Sin embargo, una vez presentada una acusación por el Fiscal General, ya no puede reservase nada.”

¿Que me preocupa? Que si el Fiscal General no tiene ni idea y no conoce el Sistema Penal Acusatorio, adiós prueba anticipada, reserva de datos, adiós a lo que contiene el artículo 6 constitucional, donde se establece el derecho humano del acceso a la información en equilibrio con la protección de datos.

Mencionas que la nueva Fiscalía se divide a su vez en dos fiscalías, una anticorrupción y otra electoral. ¿Cómo logra hacer su trabajo de investigación sobre su función principal?

 De ahí la necesidad de aterrizar la Fiscalía con la Ley Orgánica de la Procuraduría, ya no como un parche, similar a la que se tiene ahorita presentada como la iniciativa oficial, sino como una abrogación a la Ley actual de Procuración de Justicia y de la Ley Orgánica. Con esto se pretende crear una nueva Ley Orgánica y reglamentos, porque efectivamente ya no es una estructura vertical sino una coordinación horizontal.

Porque, aunque sea una Fiscalía especializada en materia electoral, forzosamente tendría que coordinarse, ya que ciertas investigaciones pueden generar datos muy interesantes, vinculadas, por supuesto, con la corrupción. La coordinación se debe de establecer en un ámbito horizontal, de ahí parten las áreas verticales de un funcionamiento acorde y moderno para una procuraduría de manera horizontal, tanto intrainstitucional como interinstitucional. Ante esto, es muy importante que la nueva administración piense primero en la estructura, y de ahí abrir la convocatoria y determinar que la sociedad participe y legitime.

¿Cómo impacta a la nueva Fiscalía la propuesta de AMLO de considerar delitos graves una serie de actividades delictivas que actualmente no lo son?

 Soy una abogada y no milito en ningún partido pero eso lo considero un verdadero error. El reto inmediato para ellos es crear, armonizar, exponer y homologar el Código Penal único. Con esto se tendrían que analizar los delitos y las penas que se tendrán, lo que sí y no se va a incluir. Porque en un sistema acusatorio, aun cuando quieras combatir la corrupción, no puedes pensar que castigar la corrupción puede ser solamente clasificándola como delito grave y que entonces todo mundo vaya a la cárcel.

Es importante decir que las leyes, el paquete que ya está aprobado en materia de anticorrupción, tiene actualmente disposiciones bastantes rígidas, además, es necesario tomar en cuenta que en la actualidad hay mucha gente que como funcionarios públicos, al seguir órdenes, ni siquiera saben que están cometiendo un delito. Me queda claro que entendemos que el desconocimiento de la ley, no nos exime de responsabilidad, pero creo que falta muchísimo para armonizar, capacitar y difundir con la gente, no solamente con los funcionarios públicos, sino también con la gente. Creo que la primera ruta adecuada sería: vamos abrir a todos el Código Penal único, vamos a ver qué delitos quedan como graves y cuáles no, vamos a ver, en materia de corrupción, cuáles se establecen y cómo se van a sancionar. A partir de esta labor, analizar todo lo que corresponde al Sistema Nacional Anticorrupción y su estructura, es urgente realizar estas acciones antes de elegir al funcionario encargado de dirigirla.

El artículo 102 habla de las dos Fiscalías especializadas, pero el reto es cómo hacer que trabajen, se coordinen y armonicen; y, más importante, cómo se va a llevar a cabo la trasformación de la pgr a Fiscalía de manera interna, será de gran relevancia establecer el sistema de comunicación para otorgar funcionalidad a la estructura.

Hay una clave muy importante en investigación y es el reto más grande que se enfrenta, dada la amplitud y autonomía que tendrá el Fiscal por las facultades tan amplias, en las investigaciones, es uno de los retos más grandes de las procuradurías: la coordinación en gestión y el sistema de comunicación. Porque cuando la gente llega a denunciar un delito, a querellarse, resulta que para consultar los antecedentes de una persona, saber si tiene una salida alternativa o no, el Ministerio Público dice: ya lo registre pero me dan la carpeta en tres semanas, no me pasan el desglose. Entonces, ¿qué hace el delincuente o la persona investigada?, pues se va y no se aplican medidas cautelares, esta es la verdadera puerta giratoria de la justicia.

En mi opinión, después de revisar el Código Penal, primero se debe definir la estructura, después revisar el modelo de gestión, que sea más horizontal, luego abrogar la ley aprobada, incluso la presentada como oficial como la propuesta de Ley Orgánica y la que tenemos vigente, ya que las actuales aun con reformas, no son funcionales para una Fiscalía, porque las exigencias a los actuales funcionarios no son acordes a las leyes en materia de anticorrupción, ni de transparencia, ni de justicia penal.

¿En su opinión, cuál debería ser el proceso para elegir al Fiscal General?

 Creo que se debe de crear un comité ciudadano para validar el conocimiento, la competencia, la probidad y experiencia de los candidatos de esa lista que será enviada al Presidente. Debe de realizarse similar a la que se hizo para la selección de consejeros honoríficos del I]NAI o con los consejeros del Banco de México, etcétera. Deberían ser audiencias públicas e incluir la participación del Consejo Ciudadano Anticorrupción.

 “En el proceso de la elección del Fiscal General se debe de crear un comité ciudadano para validar el conocimiento, la competencia, la probidad y experiencia de los candidatos de la lista que será enviada al Presidente. Deberían ser audiencias públicas e incluir la participación del Consejo Ciudadano Anticorrupción.”

En mi opinión, si no se hace con la participación ciudadana, además de que quedaría como un incumplimiento al espíritu y a lo establecido en la Constitución, se deja a un lado y se incumple con la reforma que permite la participación ciudadana. Te puedo asegurar que tristemente los avances en transparencia se vendrían abajo, esa situación, como ciudadana mexicana, me daría mucha tristeza.

¿Qué recomendarías a manera de conclusión?

Propongo tres cosas como conclusión. La primera: no corras, México, no necesitas escoger ahorita al Fiscal con tanta falta de lo que necesitas para que funcione. Dos: crear un cuerpo interinstitucional que permita la reforma al 102 para trabajar la abrogación de la ley actual y la creación de una nueva ley de la Fiscalía y reglamentos. Tres: trabajar urgentemente el cuerpo institucional, en homologar el código penal único en su contenido con el Código Nacional de Procedimientos Penales y las leyes anticorrupción y transparencia, esa es una tarea impresionante. Pero es necesario que ese cuerpo interino lo lidere alguien que se lo gane. O que sean varias. Que participen.

Sigue leyendo ¿Fiscal o Carnal? La ruta de la nominación

Sigue Leyendo necesitamos-una-discusion-ciudadana-para-definir-al-fiscal-general-de-la-nacion/

 

Temas:
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