- La Prohibición Absoluta del Autoconsumo de la Marihuana es Inconstitucional: SCJN
- Llama el Presidente Enrique Peña Nieto a un Debate Nacional sobre el Tema.
- Discusión responsable e incluyente sobre el consumo de drogas: CNDH.
El pasado mes de noviembre el mundo jurídico y el foro nacional se cimbraron con la aprobación, por una mayoría de 4 votos contra 1, del polémico proyecto del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, que proponía legalizar el consumo de la marihuana para fines lúdicos. El amparo fue otorgado a 4 ciudadanos para que puedan consumir personalmente marihuana. El proyecto fue aprobado en el recurso de Revisión número 237/2014 y aunque la resolución únicamente beneficia a los 4 actores, Josefina Ricaño de Nava, José Francisco Torres Landa, Armando Santacruz González y José Pablo Girault, este hecho no impidió que prácticamente se haya iniciado un debate en la materia en todos los sectores en nuestro país.
En términos jurídicos, la resolución de la Primera Sala del máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de los artículos 233, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, que prohíben realizar actos relacionados con el consumo personal de marihuana, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportarla. Así, a los quejosos, y sólo a ellos se les otorgó la autorización que solicitaron para la realización de las actividades relacionadas con el autoconsumo, sin incluir la comercialización, en el entendido de que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros.
Como se recordará, este asunto tiene su origen en la solicitud que estas 4 personas hicieron a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), para que les otorgara un permiso a efecto de consumir con usos recreativos y con fines lúdicos, de forma regular y personal, la sustancia que contiene los ingredientes de la marihuana, así como para realizar las actividades correlativas al autoconsumo, como la siembra, cultivo y cosecha, para su preparación. De esta manera, el permiso comprende la posesión únicamente para el consumo lúdico y personal en el entendido, que su petición excluye expresamente los actos de comercio como la distribución, enajenación y transferencia de la misma.
Dicha solicitud les fue negada por la COFEPRIS, y por lo tanto, promovieron un juicio de amparo indirecto, en el cual señalaron que el libre desarrollo de la personalidad da cobertura al individuo para tomar la libre decisión de consumir marihuana para fines lúdicos. Este amparo les fue negado en primera instancia por un juez de distrito, los quejosos entonces recurrieron ante el tribunal constitucional, siendo turnado el expediente a la Primera Sala y designado como ponente el Ministro Arturo Zaldívar, quién elaboró el proyecto. Consideró que efectivamente, el derecho fundamental en cuestión permite que las personas mayores de edad, decidan sin interferencia alguna, qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar, al tiempo que también consiente llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder materializar esa elección.
Se argumenta en el proyecto que el sistema de prohibiciones tal y como está configurado en la ley, no es una medida necesaria para proteger la salud y el orden público, pues hay otras alternativas para alcanzar dichos objetivos que afectan en un menor grado el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Existen temas de previsiones administrativas al consumo de marihuana era desproporcionado porque afecta directamente el derecho al libre desarrollo de la personalidad, resolviendo que la prohibición absoluta resulta inconstitucional. Por eso, en la resolución se enfatiza que no se minimiza los daños que pueda ocasionar la marihuana en el consumidor mayor de edad, sin embargo, se entiende que la decisión sobre su uso sólo le corresponde tomarla a cada individuo. Esta determinación pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad que tutela la Constitución.
Así, con los votos a favor de Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cosío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del propio Arturo Zaldívar (y el voto contrario del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo), la Primera Sala aprobó en todos sus términos la propuesta del ponente, que decidió otorgar la autorización a los 4 quejosos para que consuman en lo personal marihuana, sin que ello constituya autorización para su comercialización ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
Durante la sesión correspondiente el Ministro Zaldívar enfatizó el sentido de su proyecto, afirmando que era un día histórico para la justicia constitucional en México, por ser la primera vez que la Suprema Corte resuelve que la prohibición absoluta del auto consumo de la marihuana es inconstitucional por violentar el libre desarrollo de la personalidad. Plantea que la marihuana es una sustancia inocua, señalando, “por supuesto produce daños, pero no al grado de justificar una prohibición absoluta de parte de la autoridad para su autoconsumo”.
Creo que la sentencia no debe alarmar a nadie, dijo, y me parece que puede ayudar a que tengamos una sociedad más civilizada. De cualquier manera antes o después de la sentencia quien quiere fumar marihuana lo hace pero tendrá un efecto que quizás no se ha planteado. Destacó diciendo que hay miles de jóvenes mexicanos que se encuentran en la cárcel, en ocasiones en prisiones de alta seguridad, simplemente por haber traído con ellos más de 5 gramos de hierba. Eso me parece profundamente injusto. Enfatiza el ponente que el autoconsumo no incluye la comercialización.
Al razonar su voto a favor del proyecto, la Ministra Olga Sánchez Cordero, dijo que en este caso no se trata de un asunto penal, sino de la libertad de la persona, de la posibilidad que tiene de elección del destino y del modelo de vida que desea dentro del marco del derecho.
Gutiérrez Ortiz Mena estuvo de acuerdo en la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del autoconsumo y destacó que este asunto sin duda generará un gran debate sano en una democracia madura en la que cada poder debe ejercer su autonomía. Me parece que el tono de la sentencia es adecuada, dijo. En una democracia forzosamente existe discusión y discrepancia entre los poderes pero me parece que el alcance de los efectos de la sentencia es absolutamente adecuado ya que precisamente le dará una referencia al poder ejecutivo y el poder legislativo que constitucionalmente tiene el mandato para emitir las normas para regulan temas de salud.
El Ministro Cossío Díaz formuló un voto concurrente, en el que expuso varias consideraciones proponiendo incorporar a la sentencia medidas para que fueran tomadas en cuenta por las autoridades administrativas, agregando que la trascendencia del fallo está en el hecho que abre un amplio proceso en México en cuanto a la legalización del consumo de la marihuana. Destacó que no coincidía con los alcances de los efectos propuestos, pues no podemos otorgar una autorización abierta a los quejosos, sin acompañarla con lineamientos para el establecimiento de una política pública integral en materia de drogas. Finalmente propuso que debían ser previsores y responsables para generar una sentencia de la misma magnitud, dada su jerarquía de jueces supremos de la nación.
En el voto en contra del Ministro Pardo Rebolledo, subrayó que con esta resolución se deja fuera un aspecto fundamental para el consumo de marihuana, como es la compra de la droga, proceso inicial para este tipo de consumo, cuestionando cómo podría garantizarse el ejercicio de este derecho al consumo recreativo de la marihuana, sin incluir el primer paso de este proceso de autoconsumo que es la adquisición de la semilla para sembrar la planta.
Posición del Gobierno Federal
No obstante que la resolución de la Corte únicamente tiene efectos sobre las 4 personas que promovieron el juicio de amparo, se abrió un debate nacional sobre si debe o no generalizarse esta medida de permitir el consumo y las otras modalidades de la marihuana -con excepción de su comercialización-. Inclusive, públicamente el Presidente Enrique Peña Nieto, afirmó que en lo personal no la comparte, reconoció la necesidad de llevar el tema a un debate nacional. Advirtió, como lo hizo en su momento el Ministro Zaldívar, que el consumo sí genera efectos dañinos a la salud e hizo hincapié que desde la perspectiva de los Derechos Humanos (DH), no se le puede privar a alguien, particularmente a las 4 personas que interpusieron este amparo, de hacer uso de su libertad, y eventualmente, si es su deseo, consumirla. Sin embargo, señaló Peña Nieto, la Corte sienta un precedente para abrir una discusión que permita definir cuáles son las políticas que como gobierno y como sociedad deben asumirse respecto a este tema.
El consumo de drogas
no debe ser criminalizado,
pues la cárcel o la
estigmatización social no son
las respuestas que resolverán
este problema: LRGP.
Como primer paso, el titular del Ejecutivo Federal giró instrucciones a la Secretaría de Gobernación para que se inicie este debate, el cual, dijo, convocará a sociólogos, médicos, académicos y en general a la sociedad conocedora sobre estos temas, para realmente definir cuáles pudieran ser las políticas y acciones que como Estado se deben asumir. Es necesario aseguró, “ir mucho más allá de lo que ha sido la resolución de orden judicial, ver los alcances médicos, sociológicos, que tiene un eventual apertura en el consumo, de la marihuana”. Este ejercicio, destacó el mandatario, permitirá contar con una posición e información que servirá para participar en la convocatoria internacional hecha por Naciones Unidas para el próximo año acerca de una despenalización. Por el momento, destacó el Presidente, es necesario cumplir con la tarea que dejó la SCJN al Poder Legislativo y Ejecutivo, en el ámbito de sus competencias, definir o determinar lo que en el futuro se deba proceder sobre este tema. Sin embargo, manifestó su desaprobación de una eventual legalización en el consumo de la marihuana, aclarando lo siguiente, “esta posición tampoco riñe con la aceptación y convicción personal que tengo para abrir un debate, que científicamente, con argumentos sólidos, nos permita, eventualmente, arribar a otra posición”.
Debemos Retomar la Discusión sobre el Tema: CNDH
El Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, reconoció que es el momento de retomar la discusión sobre las drogas, pero de una manera responsable, honesta, objetiva, informada, plural e incluyente. Con un sustento de evidencia científica, elaborada bajo los más altos niveles de exigencia posible. Consideró que su consumo no debe ser criminalizado, pues la cárcel o la estigmatización social no son las respuestas que resolverán este problema. Éste, preciso, debe atenderse mediante políticas públicas que tengan un carácter integral y multidisciplinario. “A través de intervenciones de programas de salud, educación, cultura, desarrollo social, economía, trabajo, transparencia, entre otros. Es importante que las dependencias gubernamentales, de los 3 órdenes de gobierno, tengan una política transversal para atender integralmente las adicciones y los problemas derivados del crimen organizado”.
En el ámbito personal, el titular de la CNDH puntualizó que el consumidor libre e informado, que por su propia voluntad decide el consumo de sustancias, tendrá el riesgo contingente de volverse adicto a la misma. Lo cual en el futuro inmediato se tornará en un padecimiento o enfermedad que deberá ser visto como una cuestión de salud pública con la consecuente demanda de tratamientos diferenciados que el Estado deberá proporcionar. “El control de adicciones deber verse como un problema de salud pública y seguridad social que reconoce diferencias entre las drogas y los riesgos al consumirlas. Su foco de atención debe ser la persona”. Por lo que finalmente González Pérez se pronunció por que la atención de las adicciones esté centrada en la prevención, diagnóstico temprano, opciones de tratamiento oportuno y la reincorporación social.


