Con apenas un año de iniciar labores, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) ha trascendido en el escenario político y social en México e incluso más allá de las fronteras. Proveniente de lo que antes era Pro Víctima, esta Comisión tiene ante sí el enorme reto de lograr que las víctimas sean vistas, respetadas y tomadas en consideración por parte de las autoridades, asegura Julio Antonio Hernández Barros, en una entrevista que concedió a Foro Jurídico, explicando el trabajo que desarrolla la Comisión para dar respuesta a una sociedad ávida de justicia y que exige respeto pleno en sus Derechos Humanos (DH) y atención de las autoridades cuando éstos son vulnerados.
El Dr. Hernández Barros, quien forma parte de la CEAV, revela el gran trabajo que realizan para hacer cumplir la Ley General de Víctimas, que obliga a cada entidad federativa a tener un organismo especializado en el tema. Lo preocupante es que varios gobiernos estatales demuestran un preocupante desinterés y hasta el momento, tan sólo 2 estados -Coahuila y Nuevo León-, funcionan al 100% con sus unidades de atención a víctimas. Hay otros 16 en proceso de implementación de la Ley General de Víctimas y 12 estados que no están haciendo nada y no muestran interés alguno de hacerlo en el corto plazo; ésta es una muestra de las deficientes políticas públicas que tenemos en el país en el rubro de atención a víctimas.
Otro punto de gran interés que pretende instrumentar la CEAV, es la puesta en marcha de un programa federal de búsqueda de personas desaparecidas, ya que hasta el momento, la única dependencia encargada de esta tarea es la PGR en coordinación con la SEGOB. Sin embargo, asegura que existe un gran retraso, ya que únicamente la procuraduría enfoca sus esfuerzos en la localización de 600 ciudadanos, cuando existe un reporte de más de 25 mil. Para avanzar en esta cuestión, es imprescindible contar lo antes posible con la Ley de Personas Desaparecidas, un tema pendiente en la agenda nacional, aseverando que están trabajando arduamente –junto con la CNDH-, en la elaboración de un proyecto de ley que pronto terminarán. A continuación compartimos con nuestros lectores la parte sustancial de esta entrevista.
«La mayor parte de los estados no han
asumido su obligación de atender
a las víctimas, y es imposible que la
federación pueda hacerlo sola»
¿Qué es la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas?
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado a ninguna secretaría, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía técnica y de gestión. Se encarga de garantizar la representación y participación directa de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, propiciando su intervención en la construcción de políticas públicas, además del ejercicio de labores de vigilancia, supervisión y evaluación de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, con el propósito de garantizar un ejercicio transparente de sus atribuciones. La Comisión es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV), que a su vez, es el órgano de estado más completo que tiene nuestro país, ya que está integrado por representantes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y organismos públicos. Lo encabeza el Presidente de la República y el Secretario de Gobernación y por parte de los Estados, el Presidente de la CONAGO. Del Poder Legislativo, forman parte los presidentes de la Comisión de Justicia del Senado y de la Cámara de Diputados; el presidente de la Comisión de Justicia de la Confederación de Cámaras de Diputados Locales (COPECOL). El Presidente de la CNDH y el de la Confederación de Organismos de Derechos Humanos de la República, que son los comisionados de Derechos Humanos de los Estados, el presidente de la SCJN y los comisionados del CEAV. Esta última se integra por 7 comisionados, sin embargo en este momento sólo hay 4, que son Sergio Jaime Rochin del Rincón, que es el Presidente que nosotros mismos elegimos, Susana T. Pedroza de la Llave, Adrián Franco Zevada y su servidor. Sin embargo, existe en el Congreso una iniciativa para que se integre únicamente por 5, así que, de aprobarse, habría sólo un comisionado faltante.
¿Cuál es la principal atribución de la CEAV?
La Comisión tiene varios brazos de acción, uno de ellos es la Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto, que le brinda a la víctima, independientemente de si el fuero es local o federal, atención psicológica, médica, atención de trabajo social, de vinculación y orientación jurídica. Después, si es una víctima de un delito federal, tendrá acceso a otros servicios que brinda la Comisión como la asesoría jurídica federal, que es lo mismo que la defensoría pública para los imputados, pero para las víctimas. Es decir, tenemos un abogado para cada víctima de delitos federales en el país que los acompaña, no sólo en sus juicios, sino también en todas las cuestiones colaterales. Por ejemplo, sucede que una persona desaparecida es en muchos casos, el principal sustento de un hogar, nuestro trabajo es brindar apoyo a los familiares para levantar la denuncia y atenderlos cuando se presenten, según las circunstancias, algunos acreedores.
Tenemos después el Registro Nacional de Víctimas, que contiene la información de las víctimas de todo el país, desde los estados, hasta las federales. Recordemos que cada entidad debe transmitir sus datos a la Comisión de Víctimas obligatoriamente para contar con un cruzamiento de información, sin embargo, todavía no está integrada totalmente.
Está también el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, el cual empezó a dotarse de recursos el 31 diciembre de 2014 y actualmente cuenta con un fondo de mil millones de pesos, destinados para las reparaciones tanto a víctimas de violación de Derechos Humanos (DH) cometidas por autoridades federales, cómo a víctimas del delito en forma subsidiaria de delitos federales. El pleno de la Comisión, como órgano máximo, es quien determina, con apoyo del Comité Interdisciplinario Evaluador, la cuantía del monto que se entrega. Ya tenemos una víctima que se benefició del fondo con 800 mil pesos; se trata de una persona que estuvo en prisión 2 años y el juez, al decretar la libertad en la sentencia, determinó que su aprehensión fue ilegal y que se trató de un montaje.
¿Cuándo se creó la CEAV?
Los comisionados fuimos electos el 10 de octubre de 2013, sin embargo no surge la Comisión en ese momento. Es hasta el 9 de enero de 2014 cuando se crea por decreto la transformación de la anterior Pro Víctima, en la CEAV; entonces llevamos un año 3 meses. La norma jurídica que establece su existencia es la Ley General de Víctimas. Como he señalado, tenemos plena autonomía de gestión presupuestaria y de organización y somos un órgano descentralizado del Gobierno Federal, no sectorizado. La forma de elegir a los comisionados también es singular, de modo que no permite la remoción directa como en la mayoría de los casos. De los 7 comisionados, 4 tienen que ser propuestos por universidades públicas al Presidente de la República y 3 por organizaciones de la sociedad civil. A su vez, el Ejecutivo Federal hace 7 ternas y las presenta al Senado y por mayoría calificada de cada terna, eligen a una persona para formar parte de la Comisión. Con esto se garantiza la absoluta participación ciudadana y académica.
La CEAV tiene el alto reto
de fijar la política pública
nacional en materia de
atención a víctimas.
¿Cómo se contactan las víctimas con la CEAV?
Los familiares y las víctimas tienen varias formas de hacerlo, directamente acudiendo a la Comisión; contamos con las oficinas centrales en el Distrito Federal (DF), 15 delegaciones regionales y oficinas en las 2 terminales del Aeropuerto de la Ciudad de México. También pueden escribirnos al correo electrónico contacto@ceav.gob.mx, en nuestra página de internet www.ceav.gob.mx, por teléfono al 01800-842-8462, e incluso por nuestra cuenta de Twitter @CEAVmex que todos los comisionados atendemos para resolver cualquier duda.
¿Hasta dónde acompañan a las víctimas?
Contamos con un acompañamiento integral ya que tenemos una importante vinculación con otras autoridades, como de vivienda, salud y desarrollo social. Se trata de un gran esfuerzo porque somos los responsables de generar la política pública en el ámbito nacional de atención a víctimas. Incluso estamos haciendo un borrador de Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas; incluye a la desaparición forzada que es aquella en donde interviene la autoridad ya sea de manera activa o permisiva, como en el caso Ayotzinapa y la desaparición simple en la que interviene la delincuencia común o sin la intervención de la autoridad. Lo interesante de esta norma es que propone un sistema de búsqueda de personas, es decir, una unidad central encargada de este tema. Porque actualmente nadie lo hace; los gobiernos locales se pasan el problema mutuamente. Por ejemplo, si una persona que va en tránsito del DF a Monterrey desaparece o pierde contacto con sus familiares, como atraviesa por varias entidades, ninguna inicia una averiguación previa, mucho menos su búsqueda. Sabemos que la unidad de búsqueda de la PGR únicamente está enfocada en 600 personas de las 25 mil reportadas como desaparecidas hasta febrero de este año. Esto de acuerdo con el sistema que tiene la Secretaría de Gobernación, que es el registro nacional de personas desaparecidas que maneja junto con la PGR.
¿Cómo participan ustedes en el caso de Ayotzinapa y Tlatlaya?
El caso de Ayotzinapa lo dividiría en 3 grandes ramas: los estudiantes de Ayotzinapa, otro grupo, el equipo de futbol que son los Avispones de Chilpancingo, y finalmente las víctimas colaterales del caso. Hemos acompañado jurídicamente a los estudiantes sin ser sus representantes, ya que ellos tienen a los suyos a través de las diferentes organizaciones sociales como Tlachinoya. La CEAV ha intervenido para estudiar el caso y reclasificarlo, ya que la PGR consignó el expediente por desaparición forzada, pero el juez lo reclasifica como delito de secuestro agravado. Independientemente de esto, la Comisión estudia la posibilidad de promover la reclasificación del delito pero a desaparición forzada. Creemos que incluso como memoria histórica, como un hecho de satisfacción y de justicia, las personas detenidas deben juzgarse por este delito. Hemos atendido a algunas de las víctimas de los estudiantes, sobre todo a las que han tenido lesiones les hemos dado asistencia a través de la Unidad de Atención Inmediata y de Primer Contacto.
En el grupo de los avispones el acompañamiento ha sido holístico; psicológicamente, medicamente y con trabajo social contando con la asesoría jurídica federal a través del sector central de la delegación de la CEAV de Guerrero y de Morelos. No estamos con las víctimas de Ayotzinapa porque ellos en este momento están enfocados en la búsqueda de sus familiares y respetamos su periodo de duelo. También hay que reconocer su desconfianza en cualquier institución del Estado, en donde está incluida la Comisión. La confianza tenemos que ganárnosla con hechos, no hay otra forma de hacerlo. Es importante señalar que hay otro grupo denominado “Los otros Desaparecidos”. Se trata de gente que no había denunciado sus casos, han pasado 3 o 4 años de la desaparición de su familiar y ahora a raíz de los hechos ocurridos en Ayotzinapa, tomaron valor para hacerlo. Son cerca de 300 personas desaparecidas y desde luego los apoyamos con diferentes tipos de ayuda, principalmente psicológica, que no habían recibido. También les hemos brindado asistencia de carácter médico y a través de la asesoría jurídica llevándoles sus asuntos y acompañándoles en las denuncias que han hecho ante la PGR. En el caso Tlatlaya, también hemos intervenido apoyando a las víctimas tanto civiles como militares. Consideramos que estos últimos también son víctimas por lo que son atendidos por la Comisión.
¿Cómo percibe en este momento la atención a víctimas por parte del Estado mexicano?
Falta mucho por hacer. La mayor parte de los estados no han asumido su obligación de atender a las víctimas y es imposible que la Federación se dé abasto para hacerlo, más si tomamos en cuenta que la mayor parte de los delitos son del fuero común. Como señalé, hoy sólo Coahuila y Nuevo León funcionan con sus unidades de atención a víctimas, 16 estados están en proceso de implementación de la Ley General de Víctimas y 12 no están haciendo nada y no muestran interés alguno de hacerlo en el corto plazo. De no asumir su compromiso, no cumplirían con la Ley General de Víctimas, ni con las obligaciones que les devienen de esta norma de aplicación en todo el territorio nacional. En este sentido, el panorama se ve poco halagador para las víctimas, y es una muestra de las deficientes políticas públicas que tenemos en el país en el rubro de atención a víctimas.
¿Cuáles son los retos en el corto y mediano plazo de la CEAV?
La CEAV tiene el alto reto de fijar la política pública nacional en materia de atención a víctimas. Debemos consolidar la asesoría jurídica federal de manera que se pueda garantizar que en la República, todas las víctimas tengan un abogado, sobre todo ahora que el sistema penal ya se está aplicando en su totalidad en estados como Durango, Puebla y a partir del próximo año en todo el ámbito federal. Tenemos además la misión de garantizar que las entidades federales tengan una Comisión, porque nosotros somos los garantes de los derechos las víctimas en el territorio nacional, de manera que debemos garantizar que los estados cumplan con estas obligaciones. Los hemos visitado prácticamente a todos para impulsar que su legislación estatal esté armonizada con la Ley General de Víctimas. La idea es que la CEAV sea un órgano rector de víctimas en el país y que cada entidad tenga su propio órgano.
¿Cuál es su relación con la Comisión Interamericana de DH?
La CEAV ha participado en varios eventos internacionales. Como parte de la delegación mexicana acudimos al Comité de Personas Desaparecidas de la ONU en Ginebra, Suiza, en donde inmediatamente manifestamos nuestra voluntad de cumplir con las recomendaciones hechas por el comité de expertos en desaparición forzada de la ONU. Nos reunimos con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) para la revisión del caso Ayotzinapa y nos remitieron algunas recomendaciones conjuntas con la CNDH. Entre ellas, la elaboración del proyecto de Ley de Personas Desaparecidas que estamos trabajando. En lo personal, soy el enlace entre la CEAV y la CoIDH en lo que toca al caso de Ayotzinapa, hay una relación estrecha con ellos, comunicación conjunta y permanente y saben lo que hacemos. En el informe que emitieron, quizá una de las autoridades que recibió mejores comentarios fue la CEAV. Estamos realmente dispuestos, independientemente de las conclusiones a las que lleguen, a acatarlas.
¿Cuál es su relación con la CNDH?
Es una relación muy distinta a la que se tenía con la administración anterior de la CNDH. Cuando la cndh hace una recomendación a una autoridad federal, muchas veces nosotros la tomamos para darle cumplimiento en nombre del Estado Mexicano. El proyecto de Ley de Personas Desaparecidas, lo estamos elaborando junto con la CNDH, trabajamos con el primer visitador Ismael Eslava Pérez y con el propio Presidente Luis Raúl González Pérez. Estamos seguros de que el Senado tendrá conocimiento de esta norma, la cual, de acuerdo con los procesos legales, pronto será una iniciativa que entregaremos al Ejecutivo Federal para que la Secretaría de Gobernación la presente ante la Cámara Alta porque ni nosotros ni la CNDH tenemos esa facultad.
¿Podría abundar sobre este proyecto de Ley de Personas Desaparecidas?
Claro. Se trata de una legislación indispensable y urgente y para responder a esta pregunta retomo el documento sobre el que estamos trabajando en su elaboración. Una desaparición forzada representa una violación múltiple a los Derechos Humanos (DH), siendo contraria a la dignidad de toda persona, afectando la libertad, la integridad física y en algunos casos, la vida, resultando indispensable contar con una legislación que aborde el tema integralmente, desde acciones para su prevención, investigación, sanción y reparación, ya que este delito por su naturaleza permanente y continua, genera una multiplicidad de daños para la víctima, sus familiares y para la sociedad. La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, reconoce el derecho de toda persona, a “no ser sometida a una desaparición forzada”, con independencia del derecho a la justicia, a la reparación y a la verdad. El título propuesto es el de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas y se estructura a partir de 5 Títulos:
- Título Primero. Disposiciones Generales. En este se específica que la aplicación de la Ley es de orden público e interés social, considerando su observancia a nivel nacional lo que favorecerá para evitar la impunidad de los delitos previstos. La elaboración de la ley, parte de un enfoque integral, siendo su objeto el prevenir; no permitir ni tolerar bajo ninguna circunstancia la desaparición de personas; la tipificación de los delitos y su reparación integral; dando pleno reconocimiento y efectividad a los derechos de sus familiares.
- Título Segundo. De la Desaparición de Personas: Establece la tipificación del delito de desaparición forzada de personas, considerando que comete este delito el servidor público o el particular que actúe con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de servidores públicos, que prive de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuese su forma, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de la libertad o de informar sobre el paradero de la persona, sustrayéndola a la protección de la ley, considerando una pena de 20 a 60 años de prisión. Se considera la creación de un Registro Nacional Genético, estando obligadas las representaciones locales a remitir de manera periódica la información de los registros que integren, así como de Unidades Especializadas de Investigación de Delitos en materia de Desaparición de Personas.
- Título Tercero. De los Derechos de las Víctimas: Con la finalidad de orientar a las personas afectadas por tan graves delitos, el proyecto considera un apartado específico de los derechos de las víctimas en lo general y en el proceso penal, así como los derechos de acceso a la justicia y a la verdad.
- Título Cuarto. De la Reparación Integral: Establece que las víctimas de los delitos previstos por la Ley, tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño sufrido como consecuencia de los delitos de desaparición de personas, comprendiendo la reparación integral medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición.
- Título Quinto. Del Procedimiento Especial de Declaración de Ausencia por Desaparición de Persona. En este apartado, elaborado en atención a lo previsto por el artículo 21 de la Ley General de Víctimas, incorpora el procedimiento de declaración especial de ausencia por desaparición de personas, el cual tiene por objeto reconocer y garantizar los derechos a la personalidad jurídica y a la identidad de las víctimas que se encuentran desaparecidas, así como permitir su representación jurídica, considerando que el trámite sea de forma gratuita, y con plazos razonables.





