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Cadalso

¿Y la Reforma Electoral?

por Foro Juridico
2, marzo, 2021
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2 minutos de lectura

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), presidido por José Luis Vargas Valdez, anuló el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que emitió los lineamientos para las conferencias matutinas del presidente. Mientras que el Ejecutivo Federal celebró la decisión del Tribunal, tenemos un pequeño recuento que es la razón por la que el INE realizó los lineamientos. Basados en el artículo 134, reformado en 2007, se agrega el principio de imparcialidad, después de las elecciones en las que Felipe Calderón fue electo presidente, en las que el entonces presidente Vicente Fox con sus declaraciones buscaba incidir en el voto ciudadano. Así, la Constitución de México básicamente establece que ningún servidor público, o un tercero, pueda hacer propaganda a favor o en contra de un partido o persona y la información debe ser estrictamente informativa o de orientación social. Ahora, desde Palacio Nacional se ha repetido incansablemente que las conferencias son para informar los avances del gobierno, sin embargo, también han sido utilizadas para posicionar posturas políticas, como ejemplo los últimos días en que el tema ha sido un candidato a gobernador que tiene un proceso penal pendiente. En fin, la cuestión es que la reforma se impulsó porque sí hubo un claro ejemplo de injerencia en una contienda electoral, misma que fue impugnada por la persona que hoy ocupa la silla presidencial y que fuera uno de los principales impulsores de la reforma. Esperamos que reine la mesura y se gobierne, ciertamente, con el ejemplo.

Temas:
  • Derecho electoral
  • Imparcialidad
  • Reforma electoral

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