El Congreso del Estado de Chihuahua, expidió en Sesión Ordinaria virtual la Ley que Regula el Uso Obligatorio de Cubrebocas. La medida tendrá vigencia mientras se mantenga la emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19.
El dictamen de Decreto propuesto por el poder Ejecutivo estatal, resalta que esta disposición busca prevenir que personas infectadas transmitan el virus a otras y brindar protección a quienes no están infectados.
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El documento que consta de 23 artículos divididos en tres capítulos, fue aprobado por mayoría con 22 votos a favor, 3 en contra y una abstención y su vigencia concluirá una vez que se decrete el cese de la emergencia sanitaria en la entidad, mediante declaratoria expresa de la autoridad sanitaria estatal.
Resalta además la obligatoriedad de su uso para las personas con alguna infección respiratoria, sus cuidadores y los profesionales de la salud cuando estén en funciones y para la población en general en entornos y situaciones públicas.
Incluye a las personas que ingresen a oficinas públicas, privadas o cualquier centro de trabajo, de lo contrario no se les deberá prestar el servicio por los servidores públicos o empleados en funciones, que también deberán portarlo.
Cuando alguna persona se rehúse a portar cubrebocas o incurra en actos de violencia por este motivo, la autoridad competente podrá aplicar las sanciones previstas, que van desde la amonestación con apercibimiento, entrega de material médico, trabajo comunitario, multa, clausura temporal, parcial o total y arresto hasta por 12 horas.
Lo recaudado por concepto de multas, se integrará a un Fondo para la adquisición y entrega de cubrebocas, que será administrado de acuerdo con el reglamento correspondiente


