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foro jurídico El acuerdo que militariza la seguridad pública es inconstitucional
Asociaciones

La inconstitucionalidad del acuerdo que militariza la seguridad ciudadana

por Foro Juridico
18, mayo, 2020
579
0
2 minutos de lectura

Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad presentó un análisis jurídico en relación con el decreto presidencial del 11 de mayo de 2020.

La asociación conlcuye que el despliegue militar ordenado por el presidente López Obrador es violatorio de nuestra Constitución.

Al ser inconstitucional, el acuerdo es susceptible de ser impugnado e invalidado por el Poder Judicial de la Federación.

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo, otorga a las Fuerzas Armadas (FFAA) una participación en la seguridad pública que no está regulada ni acotada y contradice lo aprobado por el Constituyente Permanente en marzo de 2019, cuando se creó la nueva Guardia Nacional (GN).

El contenido de la Constitución sobre el despliegue militar

Por mandato constitucional, las Fuerzas Armadas (integradas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea) sólo deberían estar encargadas de la seguridad nacional. La “seguridad nacional” se refiere a la defensa del Estado mexicano frente amenazas externas que pongan en riesgo su existencia como, por ejemplo, una guerra con otro país. La Constitución reserva las funciones de “seguridad pública” a instituciones de carácter civil, esto es, policía federal y policías locales.

El 23 de marzo de 2019, el presidente López Obrador y el Constituyente Permanente lograron avanzar la militarización de la seguridad pública en nuestro ordenamiento jurídico a través de la reforma constitucional que creó la nueva Guardia Nacional.

Al hacer esta reforma en la Constitución (y no sólo en una ley ordinaria), la SCJN no se encuentra facultada para revisar las normas aprobadas para proteger la intervención militar, pues su competencia se limita a normas de jerarquía inferior a la Carta Magna.

Sin embargo, la militarización aprobada en la reforma constitucional no es permanente, ordinaria y generalizada en todo el territorio mexicano. Por ello, existe una enorme diferencia entre el despliegue de la GN, una institución de carácter civil/militar, con sus propias leyes reglamentarias que permiten cierto control y rendición de cuentas, y el despliegue de las FFAA, sin reglas ni controles, como el que ordenó el lunes López Obrador.

Temas:
  • AMLO
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  • Guardia Nacional
  • Seguirdad Pública

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