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Nacional

SAT no comparte el «Terrorismo Fiscal»

por Miguel Palacios Gómez
12, septiembre, 2019
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3 minutos de lectura

Recientemente el Senado aprobó una iniciativa para tipificar como crimen organizado el uso de facturas falsas y la creación de empresas fantasma. Ante este hecho, la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Margarita Ríos-Farjat, invitó a que no sea catalogado como “terrorismo fiscal”.

La funcionaria aseguró que “[dichas leyes] son consecuencia de las acciones, porque hubo una relajada procuración de justicia fiscal en años anteriores”.

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Por su parte, el presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Carlos Salazar Lomelín dijo que insistirá en seguir reformando dicha ley, con el fin de evitar hacer daño a todos los empresarios que actuaron “sin dolo” al haber obtenido facturas ilícitas.

“Ya hay cambios que sugerimos, el más destacable es un párrafo donde establece que debe haber dolo para el manejo de estas operaciones, lo cual elimina a los que trabajan de buena fe”, expuso el Coordinador.

Además, el SAT y la iniciativa privada firmaron un convenio para el combate del comercio informal, basado en reforzar acciones como son la asesoría y la denuncia.

La Presidencia de la República actúa

Respecto al tema, el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador solicitó a la Cámara de Diputados, la implementación del “tercero colaborador fiscal”, un sistema detector de información sobre operaciones inexistentes, así como de empresas fantasma y factureras.

La propuesta está reflejada en la iniciativa de decreto para reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y, del Código Fiscal de la Federación (CFF), que formó parte del paquete fiscal 2020.

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“Con la finalidad de que la autoridad fiscal se allegue de información adicional que le dé indicios para identificar a presuntos emisores de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes, se propone adicionar un artículo 69-B Ter al CFF, a efecto de incentivar la colaboración de la sociedad en el combate a la citada práctica fiscal indebida”, señala la exposición de motivos.

Diversos medios de comunicación aseguran que “la información obtenida con el informante fiscal será validada y analizada -en su caso empleada-, para sustanciar la inexistencia de operaciones, como la emisión de comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material. Puede llevarse a cabo de manera directa o indirecta, para prestar los servicios y producir, comercializar o entregar los bienes que amparan los comprobantes.

Temas:
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