2026, 05, 2
  • Noticias
  • La Revista
  • Columnistas
Foro Jurídico

  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
    • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021

      por Foro Juridico
      4 junio, 2021
    • El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      El Juicio de Amparo Penal frente a la Pandemia

      por Foro Juridico
      28 mayo, 2021
    • Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      Análisis de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos

      por Foro Juridico
      21 mayo, 2021
    • El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      El rediseño del espacio aéreo y el ruido a los…

      por Foro Juridico
      14 mayo, 2021
  • Premio Foro Jurídico
Foro Jurídico
Foro Jurídico
FOTO: MOISÉS PABLO /CUARTOSCURO.COM
Asociaciones

Legalidad, transparencia y ética, deben ser los pilares de las empresas de tercerización en México

por Foro Juridico
14, agosto, 2019
661
0
4 minutos de lectura

La tercerización de personal es un proceso mediante el cual una persona, física o moral, sin importar su giro ni su tamaño, delega los procesos de administración de personal a un tercero experto en la materia. Esto incluye desde el reclutamiento, selección, contratación, cálculo y pago de sueldos y entero de cuotas obligatorias a las diferentes instancias gubernamentales, hasta la conclusión de la relación laboral.

“La tercerización promueve el empleo productivo, elegido libremente en condiciones de trabajo decente, sin embargo, debemos de reconocer que el outsourcing y la tercerización es un sector que tiene un problema de estigmatización, el cual debe combatirse con buenas prácticas y buenos ejemplos”, mencionó Pablo Lezama, Director de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH).”

La tercerización es una vía para la creación de empleos formales y promueve el progreso social y económico. Por ello, todas las empresas de tercerización deben garantizar al empleado todos sus derechos laborales, constitucionales y legales a través de:

  • El respeto y cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales.
  • El respeto del salario real del trabajador para darlo de alta en el IMSS y pagando íntegramente sus contribuciones durante toda la relación laboral.
  • El cumplimiento de los pagos de seguridad social al IMSS y al INFONAVIT.
  • Que los trabajadores reciban las prestaciones que marca la ley (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, PTU).
  • Brindar oportunidades para recién egresados, adultos mayores y personas con discapacidad.

Una de las asociaciones que promueven el cumplimiento de todas las obligaciones anteriores y que representa a las empresas de tercerización formales orientadas a fomentar el empleo formal es la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), la cual, garantiza el cumplimiento de todos los derechos de los trabajadores estipulados en la Ley, como es el ingreso al trabajo digno con pleno acceso a la seguridad social y salario competitivo, capacitación continua, centros de trabajo en condiciones óptimas de seguridad e higiene y respeto sindicales y de sindicalización.

Para asegurar que una empresa de tercerización, está cumpliendo cabalmente con todas sus obligaciones ante la ley y por tanto, los derechos del empleado, la AMECH se asegura de seguir un proceso de ingreso cauteloso y riguroso de sus asociados.

“El proceso para que una empresa pueda incorporarse a la AMECH consta de diferentes fases, en principio la empresa interesada debe ser exclusivamente de tercerización, que tenga por lo menos 3 años prestando servicios y que no tenga otra empresa de tercerización con otro nombre fiscal; posteriormente, se verifica que la empresa cuente con todos los requisitos de dictámenes fiscales y que estén al corriente en el pago de impuestos, entre otros”, señaló Pablo Lezama.

En caso de aceptación, la asociación presenta a la empresa con los ejecutivos del despacho Price Water House & Coopers, una de las firmas más prestigiadas del mundo, quienes realizan la Evaluación de Estándares de Operación y de Calidad que determina que las empresas estén cumpliendo con lo siguiente:

  • Verificación de que las empresas otorgan a los empleados las prestaciones mínimas de ley.
  • Cumplimiento laboral, cargas fiscales y sociales de las empresas.
  • Cumplimiento de obligaciones del IMSS, INFONACOT e INFONAVIT.
  • Pago de impuestos y contribuciones.

Por último, el despacho entrega a la empresa y a la AMECH el informe de resultados finales de la evaluación. Si el resultado de la evaluación cumple entre el 85% y 100% de lo requisitado, entonces la empresa puede ser candidata para incorporarse a la AMECH, si el resultado es menor al 85% la empresa no es candidata a integración. Además, PWC revisa nuevamente a las empresas asociadas cada 18 meses de este modo puedan mantenerse dentro de la Asociación.

“Es necesario que las empresas de tercerización garanticen el cumplimiento de todos los derechos de los trabajadores estipulados en la Ley para que se apoye el crecimiento de las empresas a través de la generación de más y mejores empleos. Por ello consideramos oportuno reformar la Ley Federal de Trabajo con la finalidad de mejorar las prácticas de subcontratación y evitar la irregularidad. En la AMECH estamos en contra de las prácticas de simulación, evasión y elusión fiscal, por lo que pugnamos por el ejercicio irrestricto en la aplicación de sanciones a las empresas que incumplen con lo estipulado en la Ley y provocan la precarización del trabajo; así como la disminución de los derechos de los trabajadores,” concluyó Pablo Lezama.

Temas:
  • AMECH
  • Ley Federal de Trabajo
  • PAblo Lezama
  • Tercerización

Artículos recientes

  • ¿Términos y condiciones? (Cuarta parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Tercera parte)
  • ¿Términos y condiciones? (Segunda parte)
  • Los retos de la jornada electoral en las elecciones 2021
  • Prisión preventiva, presunción de inocencia y voto

La Revista en línea

Suscríbase al Newsletter

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad

Input your search keywords and press Enter.
Foro Jurídico
  • Noticias
    • Nacional
    • Política
    • Estados
    • Internacional
    • Instituciones Jurídicas
    • Economía y Finanzas
    • Negocios
    • Despachos Jurídicos
    • Educación
    • Asociaciones
    • Tecnología
    • Cultura / Sociedad / Deportes / Espectáculos
  • La Revista
    • En Portada
    • Editorial
    • Reportaje especial
    • En la opinión
    • Cadalso
    • Entrevistas / Noticias
    • Estados
    • Secciones
      • Abogadas Influyentes
      • Abogado Digital
      • Democracia participativa
      • El Marco del Poder
      • Foro de Propiedad Intelectual
      • Máquina del tiempo
      • Mirador Fiscal
    • Revistas anteriores
  • Radio
  • Columnistas
  • Videos
  • Premio Foro Jurídico

© Revista Foro Jurídico 2019 Aviso de Privacidad