La discusión de la reforma laboral será discutida hoy en el Pleno del Senado de la República, tras ser aprobada en lo general en comisiones unidas.
En reunión extraordinaria, las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron el dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva.
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Las modificaciones tienen como finalidad armonizar la legislación secundaria con la reforma constitucional del 24 de febrero de 2017, en materia de justicia laboral y libertad sindical. Asimismo, tiene como antecedentes la ratificación del convenio 98 de la OIT sobre libertad sindical y los compromisos de México en materia laboral en el T-MEC.
Garantizan los derechos de libertad de agrupación, que se refleja en la formación de sindicatos y confederaciones.
Se hace efectiva la libertad de los trabajadores para tomar decisiones respecto de su representación y la defensa a sus intereses.
Incorpora medidas tendientes a regular con mayor eficacia la libertad sindical contenida en el artículo 123 de la Constitución, que prevé el derecho de asociación, que en materia laboral contiene una tutela específica que garantiza a las personas trabajadoras su derecho a sindicalizarse libremente.
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Crea Tribunales Laborales para sustituir las Juntas de Conciliación y Arbitraje; también crea una instancia de conciliación prejudicial con autónoma a la que trabajadores y patrones podrán llevar sus conflictos.
Contempla garantizar que la elección de directivas sindicales y sus miembros sea de manera personal, libre, directa y secreta y la plena libertad de negociación colectiva, y terminar con las sanciones o represalias a los trabajadores por pertenecer o no a un determinado sindicato.
Establece las disposiciones que eliminan la discriminación laboral y aspectos sociales como igualdad de remuneración para hombres y mujeres. Plantea los trabajos especiales como actividades económicas específicas, que incluyen a los trabajadores del campo y del hogar.
Quedó pendiente el análisis del outsourcing.


