La Mesa Directiva del Senado estableció el procedimiento para la elección de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El acuerdo de la Mesa Directiva establece que, a partir del turno dictado en la Sesión Plenaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 1 de febrero, la Comisión de Justicia verificará que las personas propuestas en la terna cumplan con los requisitos establecidos en la Constitución.
Para tal efecto, la Comisión convocará a las personas propuestas para que comparezcan a responder preguntas de sus integrantes, conforme al formato y las fechas que acuerde, así como para que entreguen todos y cada uno de los documentos que acrediten dichos requisitos.
Posteriormente, la Comisión de Justicia presentará a consideración del Pleno del Senado el dictamen relativo a los requisitos de elegibilidad de las personas que integren la terna. El dictamen aprobado por la Comisión se publicará en la Gaceta del Senado por lo menos veinticuatro horas antes de la sesión en la que se someta a la consideración del Pleno.
Con base en el dictamen remitido por la Comisión de Justicia, el Presidente de la Mesa Directiva convocará a las personas integrantes de la terna para que realicen una exposición sobre la idoneidad de su candidatura ante el Pleno del Senado.
Una vez desahogadas todas las exposiciones, se realizará la votación para elegir a quien ocupará el cargo de Ministra. La elección se realizará a través de votación por cédula. La persona que resulte electa rendirá inmediatamente la protesta al cargo.
Realizada la designación de Ministra, el Presidente de la Mesa Directiva lo notificará al Presidente de la República y al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En el supuesto de que en la primera votación ninguna de las personas propuestas reúna la mayoría constitucional requerida, se realizará una segunda votación por cédula de manera inmediata. Entre ambas votaciones no habrá lugar a intervenciones o debates.
Si en la segunda votación no se reúne la mayoría constitucional, la terna se tendrá por rechazada y el resultado se comunicará al titular del Ejecutivo Federal.


