La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que las personas que fueron sentenciadas por la comisión de un delito bajo el anterior sistema procesal penal, pueden solicitar los beneficios preliberacionales contemplados en la Ley Nacional de Ejecución Penal que se fundamenta en el actual proceso penal acusatorio.
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El argumento de la SCJN se basa en que cualquier persona que haya sido condenada por el mismo delito en el mismo supuesto en el anterior sistema de justicia, puede beneficiarse, en caso de que proceda, de las disposiciones legales de preliberación del actual sistema.
Por los principios constitucionales de igualdad y la aplicación retroactiva de la ley.


